Mientras Tomás Zambrano defendió los cambios como ajustes de redacción, constitucionalistas señalan que las reconsideraciones fueron utilizadas para alterar el contenido de una ley ya aprobada y extender sus beneficios a nuevas industrias.
Tegucigalpa, Honduras. – En una moción de reconsideración del acta No. 25 del 8 de junio, el Congreso Nacional, presidido por Tomás Zambrano, amplió irregularmente las industrias beneficiadas por la Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial, cambió su nombre, agregó y modificó artículos, alteró el fondo de la normativa para incluir al sector energético y turístico.
Abogados constitucionalistas advierten que el fondo de una normativa aprobada no puede ser cambiado mediante una moción de reconsideración, citando el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en la que se establece que, una vez leída el acta de la sesión anterior, las y los diputados podrán presentar reconsideraciones para realizar correcciones “en cuanto a la verdad de los hechos”.

“Con el acta NO se puede cambiar el fondo de lo que ya se votó. Sí en la sesión anterior se aprobó una ley determinada, al día siguiente NO se puede “corregir” el acta mediante ‘reconsideraciones’ para modificar el fondo de la ley. Con el acta se cambia la FORMA, no el fondo”, planteó Mejía desde sus redes sociales.
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Ramón Barrios, exdiputado y abogado constitucionalista, planteó que esta no es la primera vez en este periodo legislativo que se recurre a las reconsideraciones para alterar el contenido de decretos ya aprobados.
Recordó que el Congreso Nacional aprobó una exención temporal para 85 candidatos electos –72 alcaldes y 13 diputados– que incumplieron con la rendición de cuentas de campaña y acumulaban multas superiores a los 145 millones de lempiras. Sin embargo, ante la presión ciudadana y los cuestionamientos públicos, dieron marcha atrás y revirtieron la medida mediante una reconsideración.

La Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial sometida a votación en tercer y último debate el 4 de julio, no contemplaba los sectores turísticos ni energéticos. “Si querían hacer eso, debieron haber aprobado otro proyecto de ley, pero no mediante reconsideraciones, porque ese no es el procedimiento adecuado”, apuntó el ex diputado por Cortés del Partido Libertad y Refundación (Libre).
Para Barrios no hay excusas que justifiquen la implementación de malos procedimientos, especialmente cuando Zambrano, quien preside el Poder Legislativo, fue secretario del Congreso Nacional. “A mi me llena mucho de sospechas porque están haciendo ese procedimiento […] las reconsideraciones al acta no se pueden tocar una ley que ya ha sido aprobada”, remarcó.
AMPLIACIÓN DEL ALCANCE DE LA NORMATIVA
Previo a la aprobación mediante una cuestionada votación de las reconsideraciones, Zambrano añadió a los proyectos ganaderos, pequeños productores y agricultura en la ampliación de sectores beneficiados con la Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial,
“[Q]ue quede claro que estas disposiciones serán también aplicables en todos los términos señalados en esta ley, a los proyectos turísticos del país y proyectos energéticos, que también se agregó, proyectos de ganadería, de pequeños productores, agricultura, que van relacionados a estos temas. Sería ese agregado así con esa redacción y se mejora en la comisión de estilo”, dijo Zambrano.
Ante los cuestionamientos de inconstitucionalidad planteados por diputados de la bancada de Libre, quienes señalaron que se estaba legislando mediante reconsideraciones y al margen del procedimiento parlamentario, Zambrano defendió los cambios argumentando que no se estaban incorporando artículos nuevos y que únicamente se realizaban ajustes de redacción.
El diputado nacionalista por Santa Barbara, Marcos Paz Sabillón, no solo propuso modificaciones a los artículos 1, 2, 3 y 6, y contrario a lo afirmado por Zambrano, durante las reconsideraciones sí se incorporó un nuevo artículo.
“[Q]uiero también, presidente, agregar un artículo nuevo, que deberá leerse. Las disposiciones de la presente ley serán igualmente aplicables en todo su sentido y alcance a los proyectos de energía, incluyendo los bienes inmuebles y la infraestructura necesaria para su construcción, operación, mantenimiento y funcionamiento tales como instalaciones, costumbres, derechos de vía, líneas de transmisión, subestaciones y centrales de generación. Lo anterior, dado su importancia para el desarrollo económico y social del país, la continuidad de los servicios públicos esenciales y la seguridad energética nacional”, leyó el diputado Paz Sabillón.

Mientras constitucionalistas cuestionan el uso de las reconsideraciones para modificar el contenido de una ley ya aprobada, organizaciones campesinas, indígenas y de derechos humanos han centrado sus críticas en los efectos de la normativa.
Este martes presentaron una acción de hábeas corpus preventivo en favor de 217 territorios, al considerar que la ley fortalece la protección de intereses privados vinculados a la agroindustria, el turismo y los proyectos energéticos, y que su aplicación podría derivar en desalojos y otras acciones lesivas para los derechos fundamentales de comunidades en disputa por la tierra.





