Rashid Mejía

Juicio político contra Xiomara Castro: una propuesta sin sustento legal

Aunque el diputado liberal Rashid Mejía plantea someter a juicio político a la expresidenta Xiomara Castro, por decisiones tomadas durante su mandato, la Constitución y la Ley Especial de Juicio Político muestran que esta figura no puede usarse retroactivamente para evaluar una investidura ya concluida.

Tegucigalpa, Honduras. – En Honduras, los juicios políticos están de moda y se han vuelto casi tema obligado en la agenda pública, al punto de aparecer un día sí y otro también en el debate nacional. De acuerdo con analistas consultados, lejos de consolidarse como un verdadero mecanismo de control democrático, estos procesos se han utilizado principalmente como herramientas partidarias, marcadas por cálculos de coyuntura y disputas entre fuerzas políticas más que por una evaluación seria del desempeño de los funcionarios.

¿QUÉ VERIFICAMOS?

El diputado del Partido Liberal (PLH), Rashid Mejía, se sumó a esta ola de procesos al proponer que se inicie un juicio político contra la expresidenta Xiomara Castro. En sus palabras, “en términos de juicios políticos, yo diría que, si vamos a ser objetivos, empezar a proponerle hacer un juicio político a Xiomara Castro, en el sentido que ella está ocupando un puesto dentro del Parlacen y es funcionaria pública, continúa siendo una funcionaria pública”, argumentando que su condición actual en el Parlamento Centroamericano la mantiene bajo la categoría de servidora del Estado.

Mejía justifica su llamado a un juicio político contra la expresidenta Castro argumentando que ella habría incurrido en “diversas violaciones” mientras ejercía la Presidencia de la República, especialmente en el manejo del proceso postelectoral y el control del Congreso Nacional. Según su planteamiento, el juicio político debería revisarse a partir de la supuesta intención de entorpecer la declaratoria de las elecciones, así como por su rol en “la imposición de Luis Redondo” como presidente del Congreso Nacional y el respaldo que, afirma, recibió desde el propio Legislativo para avalar esa designación. 

A juicio de Mejía, si se habla de juicios políticos, estas actuaciones durante el inicio del gobierno de Castro encajarían en las causales que ameritan revisar su responsabilidad política.

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¿PROCEDE UN JUICIO POLÍTICO CONTRA XIOMARA CASTRO?

El artículo 234 de la Constitución establece que el juicio político procede contra el presidente de la República, los designados presidenciales y otros altos funcionarios entre ellos los diputados al Parlacen cuando exista una denuncia grave ligada al ejercicio de su cargo, ya sea por actuaciones contrarias a la Constitución o al interés nacional, o por manifiesta negligencia, incapacidad o incompetencia. Enfatiza que, en todos los casos, la única consecuencia del juicio político es la destitución del cargo, sin perjuicio de responsabilidades administrativas, civiles o penales que se puedan tramitar por otras vías. 

En el caso específico del presidente, el artículo dispone un umbral más alto: la tramitación del proceso y su destitución deben ser aprobadas por las tres cuartas partes de la totalidad de los diputados, y además precisa que el presidente solo puede ser separado de su cargo por el Congreso Nacional mediante juicio político. Finalmente, aclara que la implementación del juicio político y sus efectos no están sometidos a control jurisdiccional y que el decreto que lo contiene no requiere sanción del Poder Ejecutivo.

De igual manera, las causales establecidas en la Ley Especial de Juicio Político, establecen tres grandes motivos para proceder a un juicio político: denuncia grave en el desempeño del cargo, actuaciones contrarias a la Constitución o al interés nacional, y manifiesta negligencia, incapacidad o incompetencia para ejercer el cargo.

Con base en el artículo 234 de la Constitución y en la Ley Especial de Juicio Político, la propuesta de Rashid Mejía no se sostiene jurídicamente en los términos en que él la plantea. El juicio político está pensado para responder a “denuncias graves en el desempeño de su cargo” y su única consecuencia es la destitución del puesto que la persona ocupa en ese momento, lo que implica que las causales deben vincularse al cargo vigente y no a un cargo anterior ya concluido. 

En el caso de la expresidenta Xiomara Castro, las justificaciones que expone Mejía —entorpecer la declaratoria electoral, su rol en la instalación de la directiva del Congreso con Luis Redondo, entre otros señalamientos— se refieren específicamente a su gestión como presidenta de la República, un cargo que dejó de ejercer desde el pasado 27 de enero, por lo que ya no puede ser objeto de destitución a través de juicio político por esa investidura.

Criterio.hn intentó entrevistar al diputado Rashid Mejía para ahondar en su planteamiento y nos brindara una explicación jurídica de su alcance y sustento. Se le contactó mediante llamadas telefónicas y un mensaje de texto, a través de WhatsApp, pero hasta la publicación de este artículo no se había obtenido respuesta.

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PROPUESTA DE JUICIO POLÍTICO ES UN “CIRCO”

El abogado constitucionalista, Alex Navas cuestionó la propuesta del diputado liberal, al afirmar que la ley hondureña no permite usar esta figura para hechos de un cargo ya concluido y que, aun si ella fuera diputada del Parlacen, solo podría ser juzgada por sus actos en esa función y no por su gestión como mandataria.

Navas calificó la idea de Mejía como un “circo político” que no encaja en el marco jurídico hondureño. En entrevista con El Mirón [la sección de verificación de Criterio.hn], el profesional del derecho recordó que, a diferencia de otros países, en Honduras el juicio político está diseñado para separar del cargo a funcionarios que aún ostentan una investidura, no para perseguir responsabilidades políticas de exmandatarios.

Además, recordó que el tratado constitutivo del Parlacen establece que sus diputados gozan de las mismas prerrogativas y obligaciones que los congresistas de sus países de origen, por lo que, en teoría, en el caso de la expresidenta Xiomara Castro, podría discutirse la procedencia de un juicio político, pero solo para evaluar su desempeño como diputada al organismo regional y no como expresidenta.

El abogado Alex Navas aconseja a los diputados a leer las leyes, especialmente la Constitución, para que cuando hagan propuestas o planteamientos tengan una base jurídica y no asuman posturas circenses.

En ese sentido, utilizar su eventual condición de diputada regional como “puente” para reabrir políticamente su mandato presidencial desnaturaliza el diseño del juicio político hondureño, que es un mecanismo de control sobre el ejercicio actual de un cargo, no un instrumento retroactivo para revisar responsabilidades políticas de un cargo pasado. Por ello, la propuesta de Mejía se ubica más en el terreno de la disputa partidaria que en una aplicación estricta y coherente del artículo 234.

Consultado sobre el alcance de la inmunidad parlamentaria, Navas precisó que esta protege las actuaciones de los diputados, vinculadas a su función legislativa —como la presentación de proyectos, la emisión de dictámenes o la votación—, pero no blinda frente a un eventual juicio político. Aún así, reiteró que en el caso de Xiomara Castro “no se está valorando su accionar como congresista centroamericana, sino un cargo anterior que ya dejó el 26 de enero”, de modo que “no hay cabida” para un juicio político como el que plantea el diputado liberal.

“LOS DIPUTADOS PECAN DE IGNORANCIA”, ADVIERTE EL ABOGADO

“Los diputados pecan de ignorancia”, advierte Alex Navas al criticar la propuesta de juicio político contra la expresidenta Xiomara Castro. Con esa frase, el abogado apunta a que muchos legisladores lanzan iniciativas sin conocer a profundidad la Constitución ni muchos menos las leyes secundarias como en este caso, la Ley Especial de Juicio Político, y terminan usando figuras serias del ordenamiento jurídico como herramientas de desgaste mediático o de cálculo partidario. 

Para Navas, antes de hablar de destituciones y juicios políticos, los diputados deberían estudiar el marco legal vigente y concentrarse en presentar proyectos de ley que respondan a las necesidades del país, en lugar de promover acciones que, según él, sólo buscan réditos políticos y alimentan la polarización.El Mirón, luego de un análisis de la Constitución, de la Ley Especial de Juicio Político y del propio objetivo de esta figura, concluye que la propuesta del diputado Rashid Mejía de someter a juicio político a la expresidenta Xiomara Castro por actos de su gestión como mandataria, se convierte en un hecho RIDÍCULO, porque no se sostiene jurídicamente y responde más a un uso político del término que a una aplicación rigurosa de la norma.

El juicio político en Honduras está diseñado para evaluar el desempeño del cargo que la persona ostenta en el momento del proceso y su única consecuencia es la destitución de esa investidura, por lo que no puede utilizarse como un mecanismo retroactivo para revisar responsabilidades políticas de un puesto que ya fue dejado. 

  • Amante de la lectura y la naturaleza, una mujer con la convicción firme que todos podemos hacer cambios significativos en la sociedad, por eso mi objetivo es exponer las injusticias que adolece la ciudadanía.
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