Piden inscribir dos partidos políticos en Honduras

Por: Redacción CRITERIO

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Tegucigalpa. Los precursores de dos nuevas instituciones políticas en Honduras,  han entablado conversaciones con las autoridades del Tribunal Suprema Electoral (TSE), a fin de  reunir los requisitos legales y participar en las próximas elecciones. Una de las nuevas fuerzas políticas se ha identificado con el nombre de Líder y está siendo organizado por el ciudadano, Lempira Vindel, antes militante del Partido Liberal, y la otra petición es la formulada por Miguel Nolasco, también exliberal y quien ya en el pasado había emprendido una candidatura independiente por la alcaldía del Distrito Central, pero no llegó a participar porque no  llenó los requisitos de ley.

El presidente del TSE, David Matamoros Batson, detalló a CRITERIO que Lempira Vindel, ya presentó su borrador de estatutos, carta de constitución, programa de acción y su emblema. Es así que el trámite de Líder ya se inició, pero aún le falta lo más complejo, que es reunir más de 62 mil  firmas y conformar sus estructuras a nivel departamental y municipal, dijo Matamoros Batson.

Apuntó que el TSE tiene apertura para que nuevas fuerzas políticas o ciudadanos, a título individual,  busquen su inscripción, ya que es la obligación institucional, siempre y cuando se cumpla con los derechos establecidos en la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas. En tanto el ciudadano, Miguel Nolasco, solamente ha llegado a las oficinas del máximo órgano electoral a solicitar los requisitos para la inscripción de su partido político.

En el 2011, de 11 solicitudes, el TSE inscribió cuatro nuevos partidos políticos, dos ellos  con vigencia, (Libertad y Refundación y el Partido Anticorrupción, PAC), mientras que el Partido Alianza Patriótica Hondureña  y el Frente Amplio Político Electoral en Resistencia  (FAPER), fueron anulados, con base a lo establecido en la ley, ya que en las elecciones generales de 2013 obtuvieron un pobre respaldo en las urnas, ya que no pudieron sobrepasar los 5,000 votos.

Lo que ordena la normativa electoral para crear partidos: Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas

Requisitos para la inscripción de un partido político

Artículo 7.- SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN. La solicitud de inscripción de un Partido Político podrá ser presentada y aprobada en cualquier tiempo, excepto en el año electoral. Será presentada ante el Tribunal Supremo Electoral por medio de Apoderado Legal debidamente acreditado; acompañando los documentos que señala la Ley.

Artículo 8.- DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN A LA SOLICITUD. La solicitud de inscripción de un Partido Político, debe acompañar los siguientes documentos como requisitos indispensables: 1. Acta Notarial Protocolizada o no, contentiva de la manifestación de los ciudadanos(as) interesados(as) en constituir un Partido Político.

2. Declaración de Principios.

3. Descripción y dibujo del emblema del Partido Político e indicación del nombre bajo el cual funcionará.

4. Programa de Acción Política.

5. Estatutos.

6. Acreditar, mediante el acta de elecciones o listado correspondiente, que el Partido Político cuenta con la organización de sus autoridades departamentales y municipales completas en por lo menos en diez (10) departamentos y 150 municipios.

7. Nómina de ciudadanos(as) que respaldan la solicitud, equivalente al dos por ciento (2%) del total de votos válidos emitidos en la última elección general en el nivel electivo presidencial. Se presentará por municipio en 2 originales con los nombres y apellidos de los ciudadanos(as), número de tarjeta de identidad, huella dactilar, domicilio actual y firma, esta última cuando pudiese hacerla.

 

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