El reto de Bukele

La crisis en el congreso

Por: Rodil Rivera Rodil

 

He puesto mucha atención a las distintas opiniones de profesionales del derecho y, las más tal vez, de legos en la materia acerca de la validez de las dos juntas directivas que han surgido de la crisis del nuevo congreso nacional. Aunque esta es eminentemente política y tal debe ser su solución, en este punto de esta confluye también, aunque con menor peso, un elemento jurídico de carácter procesal. Esto es, si existen vicios de nulidad en una o en ambas directivas.

A mi parecer, la Junta Directiva en propiedad que fuera electa en la sesión del Congreso Nacional que tuvo lugar el pasado domingo 23 de enero y que preside el diputado Luis Redondo es legítima y legalmente válida, por las razones que a continuación expongo:

1.- Porque si bien la Junta Directiva provisional que convocó a dicha reunión adolecía de nulidad por haber sido electa en franca transgresión del procedimiento parlamentario, una vez que en la sesión del domingo 23 de enero esta fue sustituida por la Junta Directiva en propiedad, aquella junta desapareció. La causa de su nulidad, por tanto, desapareció con ella. No procede pedir o declarar la nulidad de algo jurídicamente inexistente.

2.- Aparte de lo anterior, un conocido principio jurídico, llamado “de proporcionalidad” consagra, con toda lógica, que no procede anular un acto cuando el mal que se puede ocasionar es mayor que el causado por el acto mismo que se quiere anular. La Junta Directiva provisional electa indebidamente el 23 de enero tenía una efímera duración de apenas 48 horas y con mínimas funciones, por lo que el perjuicio que traería consigo su nulidad es igualmente mínimo.

En tanto que, si se pretendiera anular la elección de la Junta Directiva en propiedad, solo por el vicio de nulidad de la Junta Provisional que convocó a la sesión, se estaría ocasionando un perjuicio desproporcionado y enorme a la instalación de un poder del Estado, de incalculables consecuencias para la democracia hondureña.

3.- Porque aún en el supuesto, inaceptable desde luego, de que persistiera la vida jurídica de la Junta Directiva provisional, el vicio de nulidad que la aquejaba habría quedado jurídicamente subsanado de pleno derecho al instante de ser electa la Junta Directiva en propiedad que la reemplazó, atendiendo al principio de subsanación que dispone que lo que en derecho puede ser subsanado, debe serlo.

4.- El alegato de los diputados disidentes de que no fue válida la elección de esta última porque no pudieron participar en la sesión del domingo 23 convocada por ellos mismos debido a que sus instalaciones estaban tomadas por militantes de Libre, con lo que quieren insinuar que no se les hubiera permitir entrar al hemiciclo del congreso, no tiene ningún asidero por las consideraciones que siguen:

4.1.- Porque los disidentes hicieron pública su convocatoria el sábado 22 de enero por la tarde, es decir, después que la presidenta Xiomara Castro hubiera, a su vez, convocado al pueblo en horas de la mañana, no a que ocupara o tomará las instalaciones del congreso, sino a que la acompañara en la vigilia que iniciaría desde las 6 de la tarde en los bajos de este. Es falso, pues, que los diputados disidentes, como lo han manifestado, se hubieran dado cuenta hasta el domingo 23 de la presencia de gente en el Congreso Nacional.

4.2.- Porque la mera presunción de los diputados disidentes de que les sería impedido su ingreso al edificio del congreso es totalmente antojadiza. La única evidencia cierta que puede invocarse de tal hecho solo puede ser que estos hubieran hecho acto de presencia en el congreso y, efectivamente, las personas asistentes a la vigilia hubieren intentado obstaculizar o rechazar su entrada. Y eso nunca ocurrió.

4.3 Porque al no haberse presentado a la sesión, convocada, reitero, por ellos mismos, sus vacantes fueron cubiertas por los suplentes, cuya función constitucional es, precisamente, sustituir a los propietarios que no concurren a las sesiones, por lo que no hay en ello ninguna irregularidad. El criterio que expresó un conocido político de que los suplentes no podían hacer tal cosa porque los propietarios estaban en otro lugar -muy distante, por cierto, de la sede del congreso, y lo que no se supo sino hasta pasada más de una hora- con el respeto que le tengo, es simplemente ilógica, sino algo más, y cae por su propio peso. 

4.4.- Porque la convocatoria que los disidentes dieron a conocer el domingo 23 más de una hora después de la fijada a otra sesión y en otro sitio, fue totalmente extemporánea y sin ningún valor ni efecto. Las sesiones del congreso no pueden convocarse cambiando a capricho su hora y lugar, salvo por alguna circunstancia plenamente justificada, que no se ha visto en el presente caso, según lo acabo de demostrar. La forma en que se efectuó esta última convocatoria, por consiguiente, solo puede interpretarse como una negación del derecho de los diputados suplentes de participar en tales sesiones cuando faltan los propietarios.

5.- La acusación de injerencia en los asuntos internos del Poder Legislativo contra Xiomara Castro formulada por los diputados disidentes también está fuera de lugar porque su reclamo nada tenía que ver con los asuntos normales que los diputados deben tratar una vez que asumen sus cargos, sino que se contraía, única y exclusivamente, al pacto político entre Libre y el PSH suscrito más de un mes antes de las elecciones del 28 de noviembre cuando ellos solamente eran candidatos, ocasión en la que se comprometieron a cumplir el acuerdo y hasta lo festejaron efusivamente. Y sin el cual, seguramente, varios de los mismos disidentes no hubieran salido electos.

La forma, finalmente, tan torpe y burda en que que estos diputados atropellaron las normas parlamentarias para elegir una junta directiva paralela del Congreso Nacional solo puede obedecer al sentimiento de culpa, y quizás de vergüenza, que les embargaba por haber desconocido los acuerdos y principios del partido que les brindó el alto honor de poder convertirse en representantes del pueblo hondureño.

Los conceptos que dejo expresados deben entenderse sin perjuicio de que soy decidido partidario de la concertación de un arreglo entre las partes que permita la restauración de la normalidad al menor costo político posible para todos.

Tegucigalpa, 26 de enero de 2022. 

  • Jorge Burgos
    Tengo algunos años de experiencia y me encanta practicar el periodismo incómodo que toque los tinglados del poder, buscando cambios en la forma de gobernar y procurar el combate a la corrupción, develando lo que el poder siempre quiere ocultar. jorgeburgos@criterio.hn

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