Aunque la Ley de Secretos fue derogada por el Congreso Nacional, en marzo de 2022, lo cierto es que su espíritu persiste bajo nuevas formas. En la práctica, la figura de la “reserva de información” ha asumido el mismo rol de escudo institucional ante el escrutinio público
Datos obtenidos por Criterio.hn exponen que desde 2019 hasta marzo de 2025 se han recibido 45 solicitudes para clasificar documentos como reservados. De estas, una porción considerable ha sido aprobada, lo que evidencia que, a pesar del discurso oficial, la cultura de opacidad no ha sido erradicada
Tegucigalpa, Honduras. -Aunque la derogación de la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional –conocida como Ley de Secretos Oficiales– fue celebrada como un paso hacia la transparencia, la realidad muestra que el secretismo persiste en la administración pública hondureña.
Ahora las instituciones, tanto centralizadas como descentralizadas, han optado por la clasificación de reserva de información con la venia del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).
Desde 2022 hasta 2025, al menos 25 instituciones del Estado, tanto centralizadas como descentralizadas, han solicitado al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) declarar como reservada cierta información que, en muchos casos, debería ser de dominio público.
De acuerdo a la respuesta de una solicitud de información realizada por Criterio.hn al IAIP, desde 2019 hasta marzo de 2025 se han recibido 45 solicitudes para clasificar documentos como reservados. De estas, una porción considerable ha sido aprobada, lo que evidencia que, a pesar del discurso oficial, la cultura de opacidad no ha sido erradicada.
Según el oficio remitido por el IAIP, de las 45 solicitudes de reserva, 11 fueron declaradas Con Lugar; cuatro (4) fueron declaradas Sin Lugar; ocho (8) se les declaró Con Lugar Parcialmente; 17 están en Trámite, tres (3) fueron desestimadas y una caducó.
Criterio.hn, encontró que el 10 de marzo de 2025, los comisionados del IAIP resolvieron declarar Con Lugar de Manera Parcial la solicitud de clasificación de reserva de información pública presentada desde 2021 por la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), durante la gestión del exalcalde Nasry Asfura Zablah (2014 hasta 2022).
La resolución fue publicada oficialmente en La Gaceta del 1 de marzo de 2025, bajo el número 36,779.
Otro ejemplo, es la solicitud de la Secretaría de Desarrollo Económico (SED), la cual pidió declarar como “reservada única y exclusivamente la información relacionada, durante el tiempo que dure las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre la República de Honduras y la República Popular China”.
La resolución del acuerdo número 16-2025, de la Secretaría de Desarrollo Económico (SED), fue publicado en el diario oficial La Gaceta el 17 de marzo de 2025, bajo el número 36,792.
Vea: Blindada la negociación del TLC entre Honduras y la República Popular China
RESERVA DE INFORMACIÓN, EL EQUIVALENTE A LEY DE SECRETOS
Analistas consultados por Criterio.hn advierten que no toda información puede ser declarada como reservada, porque algunas de estas solicitudes no cumplen con los criterios establecidos en el artículo 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Juan Carlos Aguilar, director de Democracia y Transparencia de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), recordó que la derogación de la Ley de Secretos, en marzo de 2022, fue una de las primeras acciones simbólicas del actual gobierno, pero eliminar un decreto mientras se siguen ocultando datos, “es contradictorio”.
Aguilar explicó que la ciudadanía esperaba que, con la eliminación de esa ley, se desclasificara información mantenida en secreto durante gobiernos anteriores. “Eso no ha pasado. La opacidad continúa bajo nuevas formas”, aseguró.
“Parte del problema es la falta de voluntad política. No ha existido antes y menos va a existir en un año electoral. Muchas decisiones públicas se toman pensando en mantener el poder, no en rendir cuentas”, dijo el integrante de sociedad civil a este medio digital.
Para el abogado penalista y analista político, Henry Salinas, la información por regla general debe ser pública, y de ser declarada como reservada es cuando la información que se divulga podría provocar un daño más grande que el beneficio que podría crear.
En una entrevista brindada a Criterio.hn el especialista en temas de transparencia precisó que la derogación de la Ley de Secretos no se puede celebrar como un logro, si se está otorgando reserva de información a varias instituciones.
Agregó que “hay que estar vigilantes de las resoluciones que emite el IAIP, en torno a estas solicitudes de reserva de información (…) hay algunas que han sido declaradas sin lugar y otras que están en proceso. Pero lo que debemos entender es que toda la información tiene que ser pública”.
LEY CONDICIONA QUE INFORMACIÓN SE DEBE DECLARAR COMO RESERVADA
El artículo 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública sí contempla mecanismos para declarar información como reservada, pero exige que se cumplan ciertos criterios.
La referida normativa señala que se puede declarar como información reservada la que “sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley sobre la secretividad de datos y procesos y confidencialidad de datos personales y de información entregada por particulares al Estado bajo reserva; la clasificación de la información pública como reservada procede cuando el daño que puede producirse, es mayor que el interés público”.
Además, contempla que para declarar como reservada la información cuando la divulgación de la misma ponga en riesgo o perjudique: la seguridad del Estado; la vida, la seguridad y la salud de cualquier persona, la ayuda humanitaria, los intereses jurídicamente tutelados a favor de la niñez y de otras personas o por la garantía de Hábeas Data.
Según este artículo, la reserva de información puede proceder “cuando el daño que puede producirse [por su divulgación] es mayor que el interés público”. Además, debe considerarse si su publicación pone en riesgo o perjudica la seguridad del Estado, la vida y salud de las personas, la ayuda humanitaria, o derechos fundamentales como los de la niñez o el hábeas data.
No obstante, la ambigüedad de estos criterios ha permitido que se abuse de esta figura para negar el acceso a información de interés público, como contratos, informes técnicos o consultorías financiadas con dinero del Estado.
“Los informes de consultorías pagadas con fondos públicos no deberían ser reservados. La Ley de Contratación del Estado exige su publicación. Pero muchas instituciones los ocultan bajo el argumento de que pueden poner en riesgo intereses institucionales”, señaló Aguilar.
La promesa de un “gobierno abierto” choca con una administración pública que se atrinchera en figuras legales para seguir negando información que debería ser accesible por principio.
La transparencia no puede ser selectiva ni condicionada, sin acceso pleno a la información, es imposible una verdadera participación ciudadana ni control democrático del poder.
El combate a la corrupción requiere transparencia real, no simulada. Si el Estado no abre sus expedientes, no habrá confianza, justicia ni democracia. Aunque la Ley de Secretos Oficiales ya no existe, su sombra todavía ronda los pasillos de muchas instituciones públicas, ahora bajo el nombre de “reserva de información”.
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Amante de la naturaleza, la lectura y la vida, soy una periodista que busca orientar a las personas y contarle de manera sencilla la realidad política y económica del país. El periodismo es la puerta que tiene la sociedad para conocer a los diferentes actores y tomadores de decisiones, es por ello que desde mis escritos le relato a las y los hondureños cuáles son los acontecimientos que marcan la ruta del país. Ver todas las entradas