Por: Redacción CRITERIO
Tegucigalpa.- De acuerdo a varios analistas jurídicos para solucionar la petición que han planteado los estudiantes del Movimiento Estudiantil Universitario (MEU) sobre el retiro de la criminalización de sus 75 compañeros que enfrentan procesos penales, hay tres posibles soluciones.
Criterio.hn las presenta a continuación
1.- Invocar el artículo 26 del Código Procesal Penal
ARTICULO 26.-Acciones Públicas Dependientes de Instancia Particular. Los siguientes delitos sólo podrán ser perseguidos por el Ministerio Público a instancia de la víctima:
1) Las lesiones leves, las menos graves y las culposas;
2) Las amenazas;
3) El estupro, el incesto, el rapto, los abusos deshonestos, cuando la víctima sea mayor de catorce años. Antes de esta edad el delito será perseguible de oficio por el Ministerio Público;
4) El hurto de bienes cuyo valor no exceda de diez veces el salario mínimo más bajo vigente en la región del país en que se haya cometido el delito;
5) La estafa y otros fraudes, excepto cuando el sujeto pasivo sea el Estado, en cuyo caso la acción puede ser ejercida igualmente por la Procuraduría General de la República;
6) La usurpación;
7) Los daños; y
8) Los relativos a la propiedad intelectual o industrial y a los derechos de autor. De los casos determinados en los numerales 1) y 2) se exceptúan los de violencia intra familiar, definidos en el Código Penal, que podrán ser perseguidos por el Ministerio Público sin que preceda instancia de la víctima. Con todo, el Ministerio Público ejercitará la acción penal sin necesidad de requerimiento de parte interesada, cuando el delito haya sido cometido contra un menor o incapaz. Formalizada la acusación, el desistimiento de la víctima no impedirá que continúe el proceso.
Y en este caso las autoridades de la UNAH pueden invocar los incisos 6 y 7 relativos a los delitos de usurpación y daños y luego solicitar al Ministerio Público que retiren la denuncia interpuesta el 23 de junio, luego los abogados defensores de los estudiantes o la fiscalía que lleva el caso podrán solicitar al juez el adelanto de la fecha de la audiencia inicial.
Si las autoridades de la UNAH desautorizan al Ministerio Público mediante la solicitud presentada por escrito, este ente ya no tendrá argumentos para acusar a los 75 estudiantes en la audiencia inicial pactada para el próximo 1 de agosto, lo que daría potestad al juez para dictarles sobreseimiento definitivo.
Según los abogados penalistas esta sería la mejor salida para solucionar el conflicto y retornar a clases.
2.- La segunda opción se centra en que en la audiencia inicial ambas partes puedan llegar a una conciliación, pero según algunos juristas, esta no sería la mejor manera porque aquí los estudiantes deberían aceptar la culpabilidad por los daños ocasionados o las autoridades universitarias se comprometen a no volverlos a acusar por toma de edificios, ambas son difíciles de conseguir según los penalistas.
3.- Y la tercera y última opción es que se presenten a juicio oral y público, el cual es un proceso largo que podría durar meses o años. Esta opción tampoco conviene porque será un desgaste innecesario.
Este día a las 10 am se vuelven a sentar las partes y será cuando sabremos cuál de las tres adoptaran o si presentaran otra salida legal acuerpada por sus cuerpos de abogados.
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