mujeres en el Poder Judicial sigue siendo minoritaria

¿Es o no de facto la Corte Suprema de Justicia del período 2016-2023?

Tegucigalpa, Honduras.- La polémica en torno a la vigencia de la Corte Suprema de Justicia continúa. Algunos juristas aseguran que, tras haber concluido los siete años constitucionales, sus resoluciones y acciones son nulas. Otros mencionan que, mientras el Congreso Nacional no elija a los nuevos altos jueces supremos, los del período 2016-2023 deberán continuar en sus cargos.

El 10 de febrero de 2023, tras el segundo intento fallido por seleccionar a los magistrados del período 2023-2030, el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, declaró que al terminar el período de la Corte de 2016-2023, todos sus actos quedarían en el vacío a partir del 12 de febrero de febrero.

“Toda actuación más allá de esa fecha será de facto, nula e implicaría responsabilidad civil, administrativa y responsabilidad criminal. Ninguno de los tres poderes del Estado tiene la facultad o la potestad para modificar los artículos pétreos como se quiere hacer creer por un grupo al margen de la Constitución”, declaró el presidente del Legislativo, Luis Redondo.

La Corte Suprema de Justicia fue juramentada por el Congreso Nacional el 11 de febrero de 2016. La Corte que la precedió, que fungió entre 2009 y 2016, terminó sus funciones el 27 de enero de 2016 a las 11:59 y, solo unas horas después, del 28 de enero de 2016, el Congreso eligió a los primeros ocho relevos mediante una votación directa y secreta.

VEA: Entrampada la elección de la nueva Corte en Honduras por desacuerdos políticos

Un escenario similar se está viviendo actualmente, debido a que la Corte Suprema de Justicia de 2016-2023, que fue electa por siete años, concluyó su período constitucional el 11 de febrero de 2023 a las 11:59. Sin embargo, hasta el momento, han pasado dos días desde ello.

Horas antes de que llegaran las 11:59, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Rolando Argueta, emitió el oficio PCSJ-73-2023, que decía que se mantendría en funciones “hasta el día en que tomen posesión los magistrados que elija el Congreso Nacional en sustitución de la actual Corte Suprema de Justicia”

Al mismo tiempo, rotó a los magistrados de las cuatro salas que conforman el alto Tribunal: Constitucional, Penal, Civil y Laboral.

A pesar de lo anterior, uno de los magistrados, el liberal Edgardo Cáceres Castellanos, anunció que horas después que interpondría su renuncia ante la secretaría del Congreso Nacional, argumentando que el período por el cual fue electo había concluido. La renuncia la admitió este lunes el secretario del Legislativo, Carlos Zelaya Rosales.

¿LEGALIDAD O NO?

Sobre el debate de la legalidad o ilegalidad de la vigencia extemporánea de la Corte Suprema de Justicia, las opiniones son variadas. El investigador del Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC-SJ), Joaquín Mejía Rivera, asegura que, aunque la Corte vacó, no existe un rompimiento del orden constitucional, como aseguró el partido Libertad y Refundación (Libre).

“El Poder Judicial no es la Corte Suprema de Justicia. Está formada por cortes de apelaciones y otros juzgados. Además, aunque la Constitución indica en su articulo 314 que ha cesado sus siete años, no significa que haya un rompimiento del orden constitucional”, señaló Mejía Rivera.

Joaquín Mejía, analista nacional experto en derechos humanos

Textualmente, el artículo constitucional citado indica: “El período de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia será de siete (7) años a partir de la fecha en que presten la promesa de Ley, pudiendo ser reelectos.”

Por su lado, la abogada constitucionalista, Ruth Lafosse, es del criterio que la Corte Suprema de Justicia del período 2016-2023 debe continuar ejerciendo sus funciones hasta que sean electas las nuevas autoridades, amparados en los artículos 242 y 311 de la Constitución de la República.

“La Corte no está de facto, porque la cesación se realiza por causas externas como sentencia firme, juicio político, enfermedad y renuncia”, manifestó.

El artículo 242 de la Constitución señala que “Mientras las nuevas autoridades supremas elegidas toman posesión de sus respectivos cargos, deberán continuar interinamente en el desempeño de sus funciones, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y las Corporaciones Municipales del período que concluye”.

Sin embargo, existe la salvedad de que el Congreso Nacional todavía no ha elegido a las nuevas autoridades supremas, debido a que los tres primeros intentos, efectuados el 25 de enero, y el 10 y 11 de febrero de 2023, fracasaron. Ningún magistrado de la Corte Suprema de Justicia 2023-2030 ha sido electo.

A pesar de ello, los jefes de bancada y la Junta Directiva del Congreso Nacional anunciaron este lunes 13 de febrero de 2013 que finalmente lograron un consenso y que el miércoles 15 de febrero de 2023, a través de una nómina, elegirán a los 15 altos jueces del Supremo hondureño. La votación requiere de 86 votos, es decir, la mayoría calificada dentro del Legislativo.

  • Luis Escalante
    Me gusta esculcar en los portales de transparencia y, con base en información pública, realizar periodismo de datos. Siempre releo mis textos y me pregunto qué opinan los lectores acerca de mi trabajo. Si me preguntasen cómo definir nuestra labor, respondería que los periodistas tenemos la obligación de visibilizar lo que otros pretenden ocultar, y que para eso estoy acá. luisescalante@criterio.hn

Compartir 👍

Podría interesarte