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Corte de Honduras otorga autonomía judicial a las ZEDE

Tegucigalpa. – La Corte Suprema de Justicia de Honduras determinó el establecimiento de una jurisdicción especial mediante la creación de tribunales con competencia exclusiva y autónoma en aquellos territorios donde se instauren las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).

El Poder Judicial informó a través de un comunicado que la resolución se adoptó por el pleno de magistrados de la Corte en el marco de una extensa sesión realizada este lunes.

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La determinación del Poder Judicial obedece a la aplicación de la Ley Orgánica de las ZEDE, aprobada mediante una ilegítima reforma a los artículos 239 y 303 de la Constitución y reafirma la advertencia que desde hace siete años vienen haciendo expertos en derecho constitucional en cuanto a que los territorios que conformen este régimen serán un estado dentro de otro estado.

De manera tendenciosa el Poder Judicial se abroga la facultad de crear tribunales autónomos dentro de las ZEDE al señalar que actúa en el marco de su competencia haciendo alusión a los artículos 313 numerales 11) y 12) de la Constitución de la República, y 6 numerales 1), 6) y 12) del reglamento interior que la rige, al citar que  “le corresponde a este Alto Tribunal, entre otras atribuciones, fijar la división del territorio para efectos jurisdiccionales, así como crear, suprimir, fusionar o trasladar los juzgados, las cortes de apelaciones y demás dependencias del Poder Judicial”.

Es así como, en su parte dispositiva, “el Máximo Tribunal en su decisión mayoritaria como único punto Acuerda “establecer de conformidad con los artículos 303 y 329 de la Constitución de la República, la Jurisdicción Especial de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), creada por mandato constitucional; la cual estará conformada por órganos jurisdiccionales que formarán parte integral del Poder Judicial de Honduras, con competencia exclusiva sobre dichas zonas”, dice el comunicado de manera confusa, ya que las jurisdicciones especiales no implican autonomía territorial.

La disposición judicial se da en momentos en que en Honduras se debate sobre el avance acelerado de la instalación de las ZEDE y sobre una reforma que beneficia a los inversionistas de estos regímenes especiales.

El comunicado dice que la “Suprema Corte en su parte considerativa establece que esta Jurisdicción fue creada por mandato Constitucional y atendiendo lo señalado en el artículo 329 de la Carta Fundamental, es responsabilidad del Poder Judicial para la solución de conflictos dentro de las ZEDE, establecer tribunales con competencia exclusiva y autónoma sobre éstos”.

Señala además que “la resolución detalla que la Constitución establece en su artículo 308 que la Corte Suprema de Justicia, como máximo órgano jurisdiccional, teniendo entre sus atribuciones al tenor del artículo 313 en sus numerales 11 y 12 de la misma Constitución, dirige al Poder Judicial en la potestad de impartir justicia y es la encargada de crear, suprimir, fusionar o trasladar los juzgados, Corte de Apelaciones y demás dependencias previo dictamen del Consejo de la Judicatura, dictamen que no es necesario en este caso por haberse creado esta jurisdicción por mandato constitucional; por lo que este órgano de dirección judicial es el encargado de proceder al establecimiento de la Jurisdicción de los Tribunales con competencia exclusiva en zonas del país sujetas a regímenes especiales”.

En un análisis jurídico al que hace mención el comunicado dice que “la función jurisdiccional debe adaptarse a los nuevos requerimientos que la sociedad hondureña demanda, respetando, promoviendo y tutelando los derechos humanos de todos los habitantes y garantizando el imperio de la Constitución y las leyes, la existencia de seguridad jurídica y el efectivo ejercicio de las libertades ciudadanas”.

Asimismo, subrayan que la Constitución de la República establece los alcances que debe tener la jurisdicción especial de estas zonas, correspondiendo ahora al Poder Judicial llevar a cabo el acto de formalización de su establecimiento.

“Esta jurisdicción especial conocerá de los asuntos en las materias penal, niñez y adolescencia de conformidad con la Constitución, tratados internacionales vigentes en la República de Honduras y las leyes aplicables”, precisa el comunicado.

La misiva añade que los tribunales especiales conocerán también todos los asuntos de carácter contractual o patrimonial sujetos a arbitraje obligatorio, cuando exista convenio en que se manifieste la renuncia al arbitraje y la decisión de someterse al conocimiento de los órganos jurisdiccionales competentes, de acuerdo con la materia y ámbito territorial donde se encuentre la ZEDE.

  • Jorge Burgos
    Tengo algunos años de experiencia y me encanta practicar el periodismo incómodo que toque los tinglados del poder, buscando cambios en la forma de gobernar y procurar el combate a la corrupción, develando lo que el poder siempre quiere ocultar. jorgeburgos@criterio.hn

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