Ley ZEDE Honduras

Congreso aprobará ley para que el Ejecutivo contrate fideicomisos de forma directa

Por: Redacción CRITERIO.HN

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Tegucigalpa. –El Congreso Nacional aprobaría la próxima semana la Ley para la Gestión Eficiente de la Rehabilitación y Reconstrucción Sostenible en Honduras, la cual permite habilitar varias disposiciones, entre ellas, la contratación directa de fideicomisos para manejar las obras de reconstrucción.

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La propuesta de Ley fue enviada desde el Poder Ejecutivo, y luego de su respectivo trámite fue ingresada a la Secretaría del Congreso, y se espera que antes del 31 de diciembre sea sometida a discusión ante el pleno.

A través de la Ley, el Poder Ejecutivo creará un comité estratégico de priorización, instancia que seleccionaría las iniciativas de inversión a desarrollarse, tomando en cuenta la evaluación de daños y pérdidas ocasionadas por los ciclones Eta y Iota.

Descargue aquí el dictamen de la ley.

El artículo 2 de la Ley cita: “se autoriza al Poder Ejecutivo en el marco de la emergencia nacional a la utilización y contratación de fideicomisos de manera directa de acuerdo a la Ley de Contratación del Estado, como instrumentos innovadores para la estructuración y ejecución de los mismos, pudiendo crear nuevos fideicomisos, a fin de generar resultados eficaces que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población hondureña; debiendo informar al Congreso Nacional sobre contratación y/o creación de los fideicomisos, así como de las modificaciones a los mismos”. 

Esta facultad le da luz verde al Poder Ejecutivo para que firme los fideicomisos y definan los plazos de su duración y también renovación.

Además, el artículo 4 se refiere a los desembolsos que la Secretaría de Finanzas debe realizar amparados en lo destinado en el Presupuesto de la República para el 2021: “Se faculta al Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (Sefin), pueda realizar todas las operaciones presupuestarias y financieras necesarias para la priorización y reorientación de recursos del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República que se identifiquen entre las distintas Instituciones, inclusive las transferencias a favor de las Instituciones del Sector Público y Sector Privado que figuran aprobadas en el Presupuesto General de la República”.

Asimismo, la normativa permitirá a las dependencias del Estado a contratar préstamos o financiamientos necesarios para la ejecución de obras de reconstrucción, previo a la aprobación por el Congreso Nacional.

Con respecto a la ejecución de represas, el artículo 8 enfatiza: “las represas y los demás proyectos que se construyan para evitar inundaciones o mitigar el cambio climático, generen o no energía, gozarán de los beneficios contemplados en la Ley Especial Reguladora de Proyectos Públicos de Energía Renovable contenida en el Decreto Legislativo No. 279-2010 de fecha 19 de enero del 2011 y publicada en el diario Oficial “La Gaceta” de fecha 05 de febrero de 2011 en la edición No. 32,435. Para la construcción de estas represas podrá emplearse el fidecomiso aprobado en el Decreto Legislativo No. 373-2013 de fecha 20 de enero del 2014 y publicado en el diario Oficial “La Gaceta” de fecha 10 de marzo de 2014 en la edición No. 33,375 ampliando el alcance del mismo a la construcción de represas multipropósitos que puedan o no generar energía”.

El proyecto sería sometido a discusión con dispensa de dos debates, procedimiento que se ha convertido en una constante en todos los dictámenes enviados por el Poder Ejecutivo.

La aprobación del proyecto es casi un hecho porque solo requiere del respaldo de la minoría simple de los diputados, es decir, 65 votos, cuota bajo el control del Partido Nacional en el Congreso Nacional.

  • Emy Padilla
    Me encanta desafiar el poder y escudriñar lo oculto para encender las luces en la oscuridad y mostrar la realidad. Desde ese escenario realizo el periodismo junto a un extraordinario equipo que conforma el medio de comunicación referente de Honduras para el mundo emypadilla@criterio.hn

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