Tegucigalpa.- El Tribunal de Sentencia de la Corte Suprema de Justicia rechazó el cambio de medidas de prisión preventiva contra la exprimera dama Rosa Elena Bonilla de Lobo, declarada culpable en el caso de corrupción “Caja Chica de la Dama”, de los delitos de fraude y apropiación indebida por desviar L 12 millones que debían ser destinados a proyectos sociales en beneficio de la niñez.
De nuevo, el Tribunal de Sentencia, por mayoría de votos desestimó el cambio de medidas contra Bonilla, esposa del expresidente Porfirio Lobo Sosa, quien se encuentra recluida en el Centro Femenino de Adaptación Social (Cefas) por su condena en delitos de corrupción.
Los apoderados legales de Bonilla, Juan Carlos Berganza y Daysi Banegas, presentaron la solicitud de cambio de medidas debido que, el pasado viernes 19 de agosto, su representada tuvo una crisis de ansiedad y ataque de pánico producto de una supuesta reyerta dentro del centro de reclusión, además del trastorno de depresión que sufre por el asesinato de uno de sus hijos.
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Asimismo, argumentan que dentro de la prisión no hay atención psiquiátrica y el entorno no le va a favorecer tras la muerte de su hijo Said Lobo Bonilla, el pasado 14 de julio, junto a otros tres jóvenes, cuando salían en horas de la madrugada de una discoteca en el bulevar Morazán de Tegucigalpa.
“Si la señora Rosa Elena no recibe el tratamiento, puede empeorar, su salud va a mermar y ese pensamiento suicida que, espero yo no se vaya a dar, como dijo el doctor es un referente en este momento. Difícilmente en un entorno donde está al lado de los que mataron a su hijo va a ser difícil que salga de esta situación”, arguyó Berganza.
Por su parte, las fiscales del Ministerio Público, Abigail Ramos, Carla Contreras y Tania Pavón, pidieron se declarara sin lugar el cambio de medidas al argumentar que la pena mínima que enfrenta Bonilla es considerada una pena grave que supera los 5 años de prisión y no cumple con la normativa procesal penal que otorga un cambio de medida si no se ha cumplido la mitad de la pena impuesta.
“El Ministerio Público no se opone a que la señora Rosa Elena Bonilla reciba la atención médica adecuada, perfectamente se puede establecer que reciba una atención médica adecuada dentro de la misma penitenciaría”, defendió la fiscalía.
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MÉDICO FORENSE, TESTIMONIO CLAVE
José Fernando Medina, fue el médico forense que evaluó a Bonilla tras ser internada en un centro asistencial, testificando que la condición médica de la encausada “podía ser tratada de manera ambulatoria”, es decir, con visitas constantes a terapia y tratamiento.
Si bien reconoció que Bonilla enfrenta ansiedad, pánico, depresión, entre otros trastornos se puede brindar una atención al igual que reciben otros reclusos que son trasladados desde la prisión hasta hospitales públicos.
Medida indicó que más del 36% de la población penitenciaria en Honduras tiene intentos suicidas que son atendidos en hospitales públicos y remitidos de nuevo al centro penal, factor que fue determinante para el fallo en contra de Bonilla.
Indicó que el tratamiento podría durar 18 meses como máximo siendo un tratamiento ambulatorio adecuado con permisos para asistir a una institución pública para recibir su atención médica.
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RECHAZO DE CASA POR CÁRCEL
Por mayoría de votos del tribunal, se rechazó el cambio de medidas consecuencia del fallo condenatorio contra la sindicada que espera una sentencia que no ha sido impuesta debido a un recurso de amparo que presentó la defensa.
“Este Tribunal, por mayoría de votos de sus miembros, entiende que efectivamente se ha comprobado que existe un padecimiento de trastorno depresivo crónico que amerita un tratamiento, no obstante, puede ser de manera in situ en un establecimiento médico o de manera ambulatoria que consiste en acudir a diferentes citas o momentos con su médico tratante. Ya hemos tenido varias audiencias en este sentido, nosotros respondemos a la legalidad”, declaró la juez.
El tribunal tomó los parámetros de pena mínima y máxima que enfrenta Bonilla que podría superar los 12 años en prisión, por lo tanto, se consideró que aún no ha transcurrido la mitad de los años de prisión que debe enfrentar tomando en cuenta la pena mínima que recae, además dejando claro que temas personales no son sustentos legales.
“Los temas personales, que sí lamentamos toda la sociedad hondureña, no son presupuestos legales para tomar una decisión de esta índole, si fuese así tendríamos que hacerlo de carácter general… No desconocemos la realidad de los centros penales, pero el Estado debe garantizar la seguridad física de todos los privados de libertad esa es responsabilidad del Poder Legislativo”, añadió al fallo.
Asimismo, el tribunal señaló que Bonilla enfrenta penas graves situación que pone en riesgo de fuga en caso de cambiarle la medida.
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La exprimera dama deberá terminar su tratamiento y retornar al centro de reclusión, se le otorgarán permisos para recibir medicación y citas médicas por el tiempo que lo necesite, también se ordenó sea alojada en un espacio físico lejos de los posibles implicados en la muerte de su hijo.
Es importante señalar que, el 17 marzo, se dictó fallo condenatorio contra Bonilla y sus abogados han pretendido de diversas maneras lograr que se cambien las medidas a casa por cárcel sin tener resultado alguno.
En un primer juicio, Bonilla fue sentenciada a 58 años de prisión mientras que su exsecretario privado Saúl Escobar a 48 años por ocho delitos de fraude y tres de apropiación indebida, sin embargo, tras un recurso de amparo, en marzo de 2020, la Sala Penal ordenó la repetición del juicio quedando en libertad.
Tras repetirse el juicio, el Tribunal de Sentencia, por unanimidad de votos, la declaró culpable siendo enviada de nuevo a prisión y a la espera de ser sentenciada pudiendo enfrentar una pena de 2 a 4 años por delito de fraude aumentándose un tercio por ser un delito continuado y de 5 a 7 años de prisión por apropiación indebida también con el condicionante de delito continuado agravando la condena que podría ser de 12 a 16 años.
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