Chile: El velo de la ignorancia

¿Qué es el Acuerdo de Escazú?

Por: Pedro Morazán

El Acuerdo de Escazú es la abreviación de algo que lleva un título tan extenso, que nos recuerda los nombres de pergaminos medievales: “El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”. Al parecer no había expertos de prensa y mercadotecnia que hubiesen propuesto un nombre más digerible al final de la reunión. Me imagino que los millenials le hubiesen llamado por ejemplo “Acuerdo sobre transparencia y justicia ambiental”. Ya este solo hecho, vuelve relevante el título del presente comentario.

¿Cómo surge este Acuerdo? Escazú es de hecho un lugar turístico en las cercanías de San José, Costa Rica. Su clima es primaveral, casi todo el año y quizás por eso han surgido allí pueblos pintorescos con restaurantes y bares atractivos para los turistas europeos y norteamericanos. En marzo del 2018 tuvo lugar en Escazú, un encuentro de diferentes actores preocupados por la dinámica del Medio Ambiente en América Latina.

La inspiración de los organizadores se basaba en la necesidad de darle más participación a los ciudadanos y a la sociedad civil, en la solución de problemas ambientales. Como bien se sabe, América Latina no tiene muy buena trayectoria en lo referente al trato de los llamados “ambientalistas”. América Latina es la región más peligrosa del mundo para defensores y defensoras ambientales, ya que es donde se han registrado 264 asesinatos, además de agresiones e intimidaciones. El nombre Berta Cáceres se convirtió en el símbolo que nos recuerda a diario el peligro que corren los ciudadanos que asumen la opción por la protección de la tierra, de sus bosques o sus ríos, contra la acción depredadora de ciertos actores económicos.

Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el DesarrolloPRINCIPIO 10Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.

La Comisión Económica para América Latina (CEPAL) asumió desde el principio, un papel muy activo en el proceso iniciado en Escazú. Después de múltiples esfuerzos, se logró que representantes de 24 países de la región refrendaran el Acuerdo de Escazú, inspirado en el Principio 10 de la Declaración de Rio de 1992, que insta a la transparencia ambiental (ver cuadro).

Parece un tanto sui generis que durante las fases de preparación y negociación los responsables del proceso optaron por sustituir la palabra “población” por la palabra “público”. Como público se entiende en el documento a cualquier organización comunitaria o persona física o jurídica. Si bien es cierto que la intensión era adoptar “una definición amplia e inclusiva para garantizar la mayor participación posible de las diferentes partes interesadas”, nos parece que el concepto de “Sociedad civil” en su variante Gramsciana resultaba más inspirador. Bien, no pretendemos aquí remitirnos al “Tractatus Lógico-Philosophicus” de Wittgestein para encontrar el punto de unión entre lenguaje y realidad. Además, esto no limitó al final el carácter participativo del proceso de consulta.

El Acuerdo firmado en Escazú es parte de un largo proceso de consulta, en la que se ofrecen espacios de participación muy valiosos para la sociedad civil. Una muestra de ello es la activa participación del FOSDEH, como institución de la sociedad civil hondureña y de Latindad su pendant a nivel latinoamericano.

Otro aspecto que es necesario recalcar es que El Acuerdo de Escazú es el único tratado en el mundo que contiene disposiciones específicas destinadas a proteger a los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales. Si un gobierno firma este acuerdo, se compromete a “garantizar la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso a la información ambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en asuntos ambientales…”. Estamos hablando aquí de obligaciones jurídicamente vinculantes y no de discursos de balcón presidencial.

La COP2 en Argentina

Desde la perspectiva de la sociedad civil es importante conocer algunos vocablos del léxico de las conferencias internacionales que muchas veces se dan por sentados. Uno de ellos es el de “COP” que no es más que una abreviación de dos palabras: conferencia y partes. Es decir, cuando hablamos de una “COP” nos estamos refiriendo a una “Conferencia de las Partes”, lo que significa de hecho una conferencia de los actores relevantes en el proceso. En el caso del “Acuerdo de Escazú”, la primera COP se realizó en Santiago de Chile en abril de 2022. A dicha COP asistieron doce países de América Latina y el Caribe y en ella se aprobaron las Reglas de Funcionamiento de la Conferencia de las Partes y del Comité de Aplicación y cumplimiento del Acuerdo de Escazú. La COP2 tiene lugar en Argentina.

La COP de Argentina es de hecho una conferencia extraordinaria, ya que, según lo estipulado, dichas conferencias se celebran cada dos años. De hecho, se trata aquí de elegir a un llamado “Comité de Apoyo a la Aplicación el Cumplimiento”. En cuanto a la dinámica política es de esperar un protagonismo fuerte de las organizaciones ambientalistas del Cono Sur (Argentina, Chila Uruguay) y Brasil, que tiene con Marina Silva, una ministra de Medio Ambiente bastante comprometida.

Hay una diferencia esencial entre el proceso de Escazú y los otros procesos climáticos internacionales. Escazú es un tratado de medio ambiente adoptado con un enfoque basado en los derechos humanos. En dicho acuerdo se establece con claridad quiénes son los titulares de dichos derechos y quienes son los titulares de las obligaciones. Precisamente esta dicotomía entre derechos y obligaciones es la que le da un carácter eminentemente político al proceso. Baste aquí poner el ejemplo de los lencas, garífunas o tolupanes en Honduras para entender mejor la dinámica social que implica la aplicación de derechos y obligaciones.

En Honduras se ha conformado la Red Hondureña por Escazú que, junto al sistema de las Naciones Unidas, hace un llamado al Estado para que sea parte activa del pacto regional. Honduras es uno de los países más vulnerables ante el cambio climático y por lo tanto un candidato natural para tener acceso a los fondos de pérdidas y daños, acordados en el llamado Mecanismo internacional de Varsovia. Un compromiso más activo en el Acuerdo de Escazú, es de mucha relevancia para el gobierno de Honduras. Hasta ahora países como Costa Rica, Chile y, de nuevo, Brasil resaltan a nivel internacional por su compromiso activo en la lucha contra el cambio climático. El Acuerdo de Escazú es una oportunidad dorada para reorientar el discurso, alejándolo de banalidades ideológicas y acercándolo hacia la transformación ecológica del país.

  • Pedro Morazán
    Doctor en Economía e investigador del Instituto SUEDWIND de Bonn, Alemania. especializado en desarrollo y deuda externa, y ha realizado estudios para el EDD en África y América Latina

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