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Magistrados de la oposición del TJE avalan inscripción ilegal de Jorge Cálix

Pese a encontrarse inhabilitado por la Ley Electoral y la Constitución, dos magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), pertenecientes a la oposición, ordenaron mediante una irregular resolución la inscripción inmediata de Jorge Cálix como candidato a diputado del Partido Liberal.

Tegucigalpa, Honduras. – Los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Miriam Barahona (Partido Liberal) y Mario Flores Urrutia (Partido Nacional), ordenaron, este martes, mediante una irregular resolución, la inscripción inmediata e ilegal de Jorge Cálix como candidato a diputado por el departamento de Olancho, pese a que se encuentra inhabilitado para participar en los comicios de noviembre.

Cálix participó en los comicios primarios de marzo como precandidato presidencial del Partido Liberal, siendo derrotado por Salvador Nasralla, hecho que, de acuerdo con juristas y analistas, lo imposibilita para optar a otro cargo en las mismas elecciones.

El TJE informó, mediante un comunicado, que se había emitido una resolución sobre dos recursos de apelación interpuestos contra actos administrativos emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que ordenaba, a esta última instancia, inscribir de inmediato a Cálix y a Christian Villalobos, quien bajo las mismas circunstancias de Jorge Cálix exige ser incluido en la nómina de diputados del Partido Nacional por el departamento de Valle.

La resolución fue adoptada en ausencia del magistrado Mario Morazán (Partido Libre), quien se ha negado a asistir a las reuniones del pleno argumentando el artículo 323 de la Constitución de la república que establece que ningún funcionario está obligado a cumplir órdenes ilegales.

En conferencia de prensa, el magistrado Mario Flores Urrutia justificó que la decisión se tomó en sesión por mayoría simple, al argumentar que, ante la imposibilidad de integrar el pleno con la presencia de los tres magistrados titulares, el TJE debía actuar conforme al artículo 110 de la Ley General de la Administración Pública que establece que el quórum para la instalación de un órgano colegiado será el de la simple mayoría de sus componentes.

Sin embargo, la Ley Orgánica y Procesal Electoral establece que las reuniones de pleno del TJE son integradas por sus tres magistrados y en ausencia de uno de los titulares, se debe incorporar un suplente, situación que no ocurrió, por lo que analistas advierten que esta decisión sienta un precedente peligroso para la credibilidad del tribunal.

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MARIO MORAZÁN DENUNCIA ILEGALIDAD EN RESOLUCIÓN DEL TJE

La legalidad de la decisión fue cuestionada minutos después por el magistrado Mario Morazán, quien denunció que la resolución carece de efecto legal al haber sido adoptada únicamente por dos de los tres integrantes que conforman el pleno del TJE.

En comunicación con Criterio.hn, Mario Morazán calificó como inválida la sesión, asegurando que “sesión de dos magistrados, no es sesión de pleno”. “Lo resuelto es inválido”, sostuvo.

El funcionario argumentó que la Ley Orgánica y Procesal Electoral exige la presencia de los tres integrantes propietarios o suplentes para validar cualquier decisión, y enfatizó que ninguna resolución adoptada en estas condiciones tiene sustento legal, por lo que calificó de nulas las inscripciones aprobadas en ausencia del pleno.

“El único que puede ordenarle al Consejo Nacional Electoral es el pleno, el pleno somos tres, entonces ellos dos no pueden, el magistrado, Flores Urrutia y la magistrada Miriam Barahona, en reunión de dúo, no pueden ordenarle nada”, argumentó Mario Morazán. 

El magistrado denunció la noche del lunes haber sido víctima de amenazas y presiones para obligarlo a participar y validar actos ilegales relacionados con las inscripciones de candidatos a diputados por Olancho y Valle.

“Denuncio públicamente que he estado siendo víctima de viles amenazas y coacciones para que participe, valide y/o habilite actuaciones ilegales relacionadas con los casos de inscripciones a diputados de Olancho y Valle al margen de la Ley Orgánica y Procesal Electoral, en el marco de un plan para violentar la ley mediante el uso de la violencia y amenazas de destruir mi imagen”, sostuvo.

Asimismo, hizo pública una plática que supuestamente sostuvo con su compañero Mario Urrutia del Partido Nacional, en la que este lo persuade que lo que está en juego en el órgano de justicia electoral no es jurídico, sino que político.

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ARGUMENTOS DEL TJE

En el comunicado oficial, el TJE argumentó que la decisión está basada en principios de convencionalidad, constitucionalidad y legalidad, tras analizar los expedientes y considerar que los actos administrativos previos del CNE no se ajustaban a estos principios.

El tribunal, revocó resoluciones del CNE que habían denegado la inscripción de Jorge Cálix y Christian Villalobos y enfatizó que la medida garantiza el pleno ejercicio de sus derechos políticos. Según la resolución, el recurso de Cálix prosperó luego de que su apoderado legal presentara una apelación contra la exclusión realizada en septiembre, mientras que en el caso de Cristhian Villalobos se revocó una decisión por la interpretación restrictiva del requisito electoral, permitiendo su inclusión en la casilla número cuatro de la planilla departamental de Valle.

El analista Carlos Sierra expresó en su cuenta de X su preocupación por el precedente que deja la resolución del Tribunal de Justicia Electoral sobre las inscripciones de candidaturas impugnadas.

Sierra advierte que “independientemente del resultado del fallo del TJE, preocupa mucho el precedente que hoy queda fincado en todo el proceso y la resolución”, señalando que el país acumula una larga lista de actos “legalizados” por la fuerza de intereses políticos, que luego se convierten en bolas de nieve difíciles de detener. Su reflexión pone en evidencia el riesgo de que las decisiones institucionales, tomadas bajo presión o intereses partidarios, debiliten la confianza ciudadana y agraven la crisis democrática.

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¿POR QUÉ CALIX NO PUEDE PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES GENERALES?

Jorge Cálix no puede ser habilitado para participar en las elecciones generales como candidato a diputado por Olancho porque la Ley Electoral de Honduras, en su artículo 115, inciso 10, prohíbe expresamente la inscripción de personas que hayan participado previamente en procesos internos de selección de candidatos en el mismo período electoral.

Esta disposición busca evitar la doble postulación y garantizar la transparencia en el proceso, por lo que quienes fueron precandidatos a la presidencia, como es su caso, quedan inhabilitados para competir por otros cargos en la misma elección.

Además, la Constitución exige que el candidato a diputado tenga vínculo de nacimiento o residencia de al menos cinco años previos en el departamento al que aspira, otra condición con la que Cálix tampoco cumple en Olancho.

En enero de 2022, Jorge Cálix pretendió imponerse como presidente del Congreso Nacional, con el apoyo de las bancadas del Partido Nacional, una facción del Partido Liberal y  diputados de Libre. Al final, al no contar con el apoyo del oficialismo, declinó en su aspiración y selló un acuerdo político con el coordinador del oficialista Partido Libertad y Refundación (Libre) y asesor presidencial, Manuel Zelaya Rosales.

En 2014 fue diputado suplente de Libre por el departamento de Francisco Morazán y en las elecciones de 2017 y 2021 se postuló como diputado propietario siempre por el departamento de Francisco Morazán, logrando la elección, hasta que en enero de 2021 se convirtió en disidente de los rojinegros.

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