La Corte Suprema de Justicia (CSJ) entregó al Congreso Nacional el anteproyecto de Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, una iniciativa que busca reorganizar la administración judicial diez años después de que el modelo anterior fuera declarado inconstitucional.
Tegucigalpa, Honduras. – Diez años después que la Sala de lo Constitucional declarara inconstitucional el modelo de elección del Consejo de la Judicatura, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) entregó al Congreso Nacional el anteproyecto de Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, una normativa considerada clave para la reorganización administrativa y disciplinaria de ese poder del Estado.

El miércoles 10 de junio de 2026, el presidente de la CSJ, Wagner Vallecillo, presentó el anteproyecto ante una comisión de diputados del Congreso Nacional, lo anterior ocurre luego de que en febrero de este año se aprobara una reforma al artículo 3 del Decreto Legislativo 282-2010.
Con dicha modificación se trasladó temporalmente al pleno de magistrados de la CSJ las facultades administrativas que anteriormente ejercía la Presidencia del Poder Judicial, que en ese momento recaía sobre la magistrada Rebeca Ráquel Obando.
La misma ordenó al Poder Judicial trabar en un anteproyecto de ley que sería presentado ante el Congreso Nacional, en un plazo de 60 días, una iniciativa para crear el órgano encargado de la administración, supervisión y disciplina de la judicatura.
“Es un día histórico para nosotros, ya que venimos a entregar este anteproyecto que ha sido construido desde el pleno de la Corte Suprema de Justicia y que ha integrado los aportes de todos los sectores que componen el Poder Judicial”, manifestó el magistrado.
Vallecillo indicó que en la elaboración de la propuesta participaron asociaciones de jueces, empleados judiciales y representantes de iniciativas anteriores que habían planteado reformas al sistema de administración judicial.
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INTEGRACIÓN DEL NUEVO CONSEJO
De acuerdo con el anteproyecto, el Consejo de la Judicatura estaría conformado por cinco integrantes: un presidente, un vicepresidente, un secretario y dos vocales.
Estas candidaturas serían propuestas por la Corte Suprema de Justicia, la Asociación de Jueces y Magistrados, y la Asociación Nacional de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial. Sin embargo, la decisión final sobre los nombramientos recaería en el pleno de magistrados de la CSJ.
Aunque el mecanismo busca involucrar a distintos sectores del Poder Judicial, algunos empleados han expresado preocupación por la concentración de la decisión final en el pleno de la CSJ argumentando que podría limitar la representación y autonomía que se pretende garantizar con la creación del órgano.
El presidente de la Asociación de Empleados del Poder Judicial, Kevin Castro, señaló que más allá del método de selección, el éxito del Consejo dependerá de la independencia y compromiso de quienes lo integren.
En una entrevista brindada a un medio de comunicación Castro señaló que “podemos reformular cómo serán electos los integrantes del Consejo de la Judicatura, pero mientras no se elijan personas comprometidas con el país, independientes y sin arreglos políticos, será difícil obtener los resultados esperados y podrían repetirse los vicios del pasado”.
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UN ANTEPROYECTO, PRECEDIDO POR CUESTIONAMIENTOS CONSTITUCIONALES
La reactivación del Consejo de la Judicatura ocurre en medio de cuestionamientos jurídicos sobre el contenido de la reforma aprobada el pasado 16 de febrero de 2026, por el Congreso Nacional con el que se reformó el artículo 3 del Decreto Legislativo 282-2010.
La controversia se centra en que la sentencia RI-0696-2012 de la Sala de lo Constitucional estableció que el Consejo de la Judicatura es un órgano interno derivado del artículo 303 de la Constitución de la República, por lo que sus integrantes deben ser nombrados por la Corte Suprema de Justicia y no por otros poderes del Estado.
No obstante, el artículo 3, inciso B, del Decreto Legislativo 10-2026 mantiene la disposición de que sea el Congreso Nacional quien elija a los miembros del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, un modelo similar al que fue declarado inconstitucional en 2016.

Según su análisis, el Decreto Legislativo 282-2010, mediante el cual se reformaron los artículos 313 y 317 de la Constitución de la República, incorporó al texto constitucional una disposición transitoria que otorgó temporalmente a la presidencia de la Corte Suprema de Justicia las facultades administrativas y de carrera judicial mientras se instalaba el Consejo de la Judicatura.
En su argumento mejía señala que esa disposición forma parte del texto constitucional y, por tanto, únicamente puede ser modificada mediante el procedimiento de reforma constitucional establecido en el artículo 373 de la Constitución de la República, y no a través de una reforma legislativa ordinaria.
“El artículo 3 transitorio se convirtió en un puente constitucional destinado a evitar un vacío de poder mientras se creaba el Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial. Su modificación requería seguir el procedimiento de reforma constitucional”, apuntó el análisis.
UNA DEUDA PENDIENTE
La discusión sobre la creación del Consejo de la Judicatura también ha sido respaldada por organismos internacionales y organizaciones vinculadas al fortalecimiento de la justicia.
En mayo de 2024, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recordó que Honduras mantiene pendiente la aprobación de una Ley del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial.
En su informe, el organismo destacó que esta normativa es esencial para separar las funciones administrativas de las jurisdiccionales dentro de la Corte Suprema de Justicia, una condición considerada necesaria para garantizar una administración de justicia independiente, eficiente y acorde con los estándares democráticos y de derechos humanos.
La CIDH también subrayó la importancia de que la legislación incorpore estándares internacionales relacionados con los procesos de nombramiento, ascenso, traslados, régimen disciplinario y separación de jueces y magistrados.
Mientras el Congreso Nacional inicia la discusión del anteproyecto presentado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el debate se perfila no sólo como una oportunidad para restablecer un órgano clave para la gobernanza judicial, sino también como una prueba sobre el respeto a los principios constitucionales y la independencia del sistema de justicia hondureño.
De igual manera, se espera que no se comentan los vicios y abusos del pasado cuando se conformó el Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, que posteriormente fue desmantelado luego de un requerimiento fiscal contra sus integrantes por el supuesto desvío de millones de lempiras mediante viáticos irregulares.





