Por: Emy Padilla
Ilustraciones: Guillermo Burgos
En el presente artículo de periodismo de datos damos a conocer cuál es el comportamiento de los funcionarios del Poder Ejecutivo y de los diputados del Congreso Nacional frente al cumplimiento de la Ley del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
Tegucigalpa. –Seis de 24 secretarios de Estado, es decir, el 25% no presentó las declaraciones juradas ante el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) para el periodo 2022. En el caso de los diputados propietarios el 12% no cumplió con dicha obligación y el 10% de los suplentes tuvo el mismo comportamiento.
Lo anterior es una conclusión con base a peticiones de información formuladas por Criterio.hn ante el TSC sobre la presentación de las declaraciones juradas de bienes, activos y pasivos durante el presente año por parte de los funcionarios y diputados electos para el periodo 2022-2026.
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Este ejercicio abarca a los funcionarios del Poder Ejecutivo que asumieron los cargos a partir del 27 de enero y del 25 de enero para los diputados propietarios y suplentes.
En el caso de los funcionarios del Poder Ejecutivo, solo hacemos la conclusión de los secretarios de Estado, no así del resto de los altos funcionario y que se relacionan a directores, subsecretarios, gerentes, subgerentes, presidentes, vicepresidentes, comisionados, gobernadores departamentales, alcaldes y otros, porque resulta un tanto imposible determinar el número de cargos.
Sin embargo, en la lista de altos funcionarios del Poder Ejecutivo, además de los 18 secretarios de Estado, presentaron sus declaraciones juradas 109 personas más, entre funcionarios de Casa Presidencial, subsecretarios, directores, gerentes, gobernadores departamentales.
Entre los altos funcionarios que han cumplido con la ley se encuentra la presidenta Xiomara Castro y los tres designados presidenciales, Salvador Nasralla, Doris Gutiérrez y Renato Florentino y del Congreso Nacional, figura su presidente, Luis Redondo.
Con respecto a los secretarios de Estado y que suman 24, según el PCM 05-2022, seis no cumplieron con lo que dice la ley al no presentar la declaración jurada en el tiempo establecido.
¿Quiénes son los secretarios de Estado y diputados que han incumplido con la ley?
Criterio.hn contactó al azar a algunos de los funcionarios y diputados que no aparecen en la lista de las personas obligadas que presentaron la declaración en el periodo 2022. Uno de ellos es el diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre), Ramón Barrios, quien argumentó que si no aparece en la lista de los diputados es porque en años anteriores lo ha hecho a titulo de docente de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH).
El congresista dijo que a partir de ahora hará doble declaración pero que, de momento, está a la espera que la UNAH le entregue la certificación de la declaración que hizo como docente para unirla con la que hará como diputado.
La mayoría de los contactados prefirió no responder.
La ley manda a que las declaraciones sean presentadas 30 días hábiles siguientes a ingresar al cargo o servicio público o cesar en este, pero en virtud de la renuncia que ha existido históricamente, el TSC siempre confiere prórrogas y este año la extendió hasta el 2 de mayo.
La prórroga también abarcó a los empleados y funcionarios que cesaron en sus cargos a partir de diciembre de 2021.
El TSC informó a Criterio.hn que hasta el 2 de mayo 46,714 personas obligadas presentaron su declaración. Asimismo, que en el 2021 lo hicieron 50,714; en 2020, 43,222; 2019, 73,079 y 73,241 en 2018.
El ente fiscalizador detalló que durante el 2022 se han aplicado 442 multas a las personas obligadas que no cumplieron con la ley.
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PERSONAS OBLIGADAS
La ley del TSC dispone que están obligados a presentar la declaración jurada de bienes los funcionarios que devenguen un salario igual o mayor a 40,000 lempiras o aquellos que aún sin devengar dicha cantidad manejen, custodien, administren o tengan a su cargo bienes o fondos del Estado.
El artículo 56 de la Ley del TSC dice que estarán obligadas a presentar, bajo juramento, la declaración de ingresos, activos y pasivos, todas las personas investidas de funciones públicas, permanentes o transitorias, remuneradas, que desempeñen o hayan desempeñado cargo de elección popular y elección de segundo grado, por nombramiento o contrato, en cualquiera de los poderes del Estado, o en entidades de cualquier naturaleza que reciban recursos financieros del Estado.
También estarán obligados a presentar la declaración aquellos hondureños cuando la función ad-honorem que desempeñen incluya participación en la toma de decisiones que afecten el patrimonio del Estado, así como todas las personas naturales, que en cualquier forma administren, manejen fondos o bienes del Estado, o que decidan sobre pagos o inversiones de fondos públicos, aunque su salario sea inferior a la base fijada por el Tribunal.
La misma Ley del TSC define en su artículo 2 como servidor público a cualquier funcionario del Estado o de sus entidades, incluidos los que han sido seleccionados, nombrados, contratados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio de éste en todos sus niveles jerárquicos.
PLAZOS PARA PRESENTAR LAS DECLARACIONES JURADAS
El artículo 57 de la Ley del TSC refiere que las personas obligadas deben presentar la declaración dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a: 1) ingresar al cargo o al servicio público; y, 2) cesar en el cargo o servicio público.
Asimismo, que la declaración se debe actualizar anualmente dentro de los primeros cuatro (4) meses del año. En el caso de dilatoria en la emisión del Acuerdo, acto de nombramiento o de elección, el Tribunal debe admitir la declaración de ingreso dentro del término señalado, con constancia de la Unidad de Recursos Humanos que acredite que el acto de posesión del cargo se encuentra en proceso de firma de la autoridad respectiva.
Para la presentación de las declaraciones el TSC dispone en su página web de un formulario para que sea llenado por las personas obligadas. (Descargue aquí el formulario).
Este año para lograr que la mayoría de las personas obligadas cumplieran con la ley, el TSC proporcionó el servicio de declaración jurada móvil en el edificio del Centro Cívico Gubernamental durante la semana comprendida del 18 al 22 de abril.
LISTA DE ALTOS FUNCIONARIOS QUE PRESENTARON DECLARACIÓN JURADA DE INGRESOS, ACTIVOS by Criterio Periodismo Amplio e Incluyente
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SANCIONES POR OMISIÓN
El incumplimiento en la presentación de la declaración conlleva a sanciones por omisión, siendo estas la suspensión en el desempeño del cargo o empleo sin goce de sueldo, hasta que la persona obligada cumpla con la obligación, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o penales que fueren procedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, el Tribunal Superior de Cuentas impondrá al infractor una multa de cinco mil lempiras (L 5,000.00), debiéndose señalar un término dentro del cual deberá hacerse efectiva la misma, y la que ingresará a favor de la Tesorería General de la República. En la misma multa incurrirán los jefes de recursos humanos que no cumplan con lo establecido en esta Ley, o con las comunicaciones que les manda el TSC.
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