Aprueban ley que buscaría reactivar economía

Aprueban ley que buscaría reactivar economía de la micro y pequeña empresa en Honduras

Tegucigalpa.- Por unanimidad de votos, el Congreso Nacional aprobó la Ley para la Recuperación y Reactivación Económica de la Micro y Pequeña Empresa que estaría buscando apoyar a los emprendedores ante crisis económica.

El proyecto de Ley fue enviado al Congreso por iniciativa del Poder Ejecutivo y su aprobación fue realizada en horas de la noche, pese a que este Congreso se comprometió a dejar esta práctica implementada durante las administraciones del Partido Nacional para aprobar leyes nocivas a los intereses nacionales.

Por medio de un tuit nocturno, el titular del Poder Legislativo, Luis Redondo, se congratuló e informó de manera efusiva a la presidenta Castro sobre la aprobación de la legislación, remarcando que esta impactará en la generación de empleo y el significativo aporte al Producto Interno Bruto (PIB).

 

La siguiente mañana, Castro agradeció a Redondo -vía Twitter- la aprobación de dicha ley y expresó “¡Estamos cumpliendo!” 

 

De acuerdo al Poder Legislativo, el decreto contribuirá con la mejora de la economía y la capacidad de emprendimiento e innovación, así como apoyar a miles de hondureños con la generación de empleos.

LEY APLICA ÚNICAMENTE A LAS MYPE

En el borrador presentado, se especifica que la misma aplica únicamente a las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE), que se hayan constituido legalmente y operado dentro de los cinco años anteriores a la entrada en vigencia de la ley o quienes se hayan acogido en los primeros 12 meses contados a partir de su entrada en vigor.

La normativa contaría con el visto bueno de la Comisión de Finanzas del Congreso Nacional, presidida por el diputado de Francisco Morazán por el Partido Libertad y Refundación, Hugo Noé Pino, quien consideró pertinente aprobar el decreto, para impulsar el desarrollo económico, social y sostenible de las MYPE, a través del otorgamiento de beneficios e incentivos fiscales que promuevan la creación, fortalecimiento, formalización y competitividad de estas.

Algunos de los privilegios mencionadas en el borrador de la ley se especifican exenciones porcentuales del Impuesto Sobre la Renta por un período de cinco años, y la exención del Impuesto al Activo Neto y Aportación Solidaria Temporal, Anticipos del uno por ciento y doce puntos cinco por ciento (12.5%) en concepto del Impuesto Sobre la Renta por cinco años, a partir de su constitución e inscripción.

Asimismo, las depreciaciones y amortizaciones de los primeros tres años de operación comenzarán a ser contabilizadas a partir del cuarto año; la exención del Impuesto Sobre Industria, Comercio y Servicios de cualquier Municipalidad por los primeros tres períodos fiscales a partir de su constitución e inscripción.

Otro beneficio es la exención del pago de las tasas no tributarias, sobretasas y derechos, por los permisos de operación, construcción, autorizaciones y licencias ambientales, y cualquier otro que se tramite ante el gobierno central y municipalidades por los primeros tres (3) períodos fiscales a partir de su constitución e inscripción, entre otros.

El borrador también incluye quiénes o qué empresas no podrán acceder a los privilegios de la Ley para la Recuperación y Reactivación Económica de la Micro y Pequeña Empresa.

En total son cinco las excepciones y estas incluyen desde los servicios brindados por profesionales independientes y las actividades económicas terciarias; las personas jurídicas que tengan socios, accionistas o participantes sociales, o las personas naturales que ya formen parte de otra sociedad mercantil; las Micro o Pequeñas Empresas que incluyan dentro de su participación social a personas jurídicas; las MYPE que obtengan un ingreso bruto anual mayor a 12 millones de lempiras en el ejercicio fiscal anterior.  Así como las MYPE que estén gozando de los beneficios del Decreto Legislativo 145-218 de fecha 28 de noviembre de 2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en su edición número 34,806.

Los beneficiarios tendrán obligación de: tramitar sus permisos, licencias nacionales y municipales correspondientes para su operación; cumplir con todas las obligaciones formales en materia tributaria y municipal; y acreditar ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la cantidad de empleos generados durante el tiempo en que gocen de los beneficios de la presente Ley, mediante un informe anual.

En 2020, la micro y pequeña empresa, especialmente la localizada en el Valle de Sula experimentaron duros golpes producto de la pandemia por covid-19 y los huracanes Eta y Iota.

Nota relacionada: Pequeños y microempresarios de Honduras huérfanos del apoyo gubernamental

El dirigente de la Asociación Nacional de la Mediana y Pequeña Industria de Honduras (ANMPIH), Efraín Rodríguez, estimó que entre el siete y el diez por ciento de las microempresas del sector informal desaparecieron producto de los fenómenos naturales que afectaron a Honduras.

“Al menos unas 30 mil microempresas ya han desaparecido debido a las inundaciones. Son microempresas que operaban en las viviendas de los microempresarios, donde se generaban pequeños talleres, pulperías, producción de alimentos que normalmente el microempresario salía a distribuir a diferentes polos de la ciudad”, explicó en ese momento Rodríguez.

La ley para la Recuperación y Reactivación Económica de la Micro y Pequeña Empresa entrará en vigor una vez ésta sea publicada en el diario oficial La Gaceta.

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