Por: Viena Hernández
Tegucigalpa. – El diputado por el Partido Libertad y Refundación (Libre), Darío Morán, presentó en la sesión del Legislativo, la noche del miércoles 4 de mayo, una iniciativa para despenalizar los delitos contra el honor del ámbito penal y que sean abordados por la vía civil.
Su propósito principal –destacó Morán- es que ningún periodista sea privado de libertad por supuestos delitos contra el honor y que puedan ejercer su profesión de una forma responsable sin censura.
Apuntó que la libertad de expresión no es absoluta y debe regularse, pero no es motivo de encarcelamiento, en su lugar, manifestó que podría aplicarse una sanción monetaria y evitar la instancia penal.
La moción indica que, se deben derogar los artículos 229, 230, 231, 232, 233 y 234 sobre calumnia e injuria del Capítulo III del título VII, relativos al delito contra el honor, secciones I y II, del decreto 130-2017 con fecha 18 de enero de 2018, contentivo del Código Penal publicado en el diario oficial La Gaceta con fecha 10 de mayo de 2019.
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CASTIGAR A LAS VOCES CRÍTICAS
Para mencionar uno de esos casos, expuso el encarcelamiento del reconocido periodista David Romero Ellner, quien falleció el sábado 18 de julio de 2020 victima del covid-19 en el Instituto Cardiopulmonar, conocido como Hospital del Tórax.
La salud del comunicador se desmejoró rápidamente durante su encierro en el segundo batallón de infantería, donde terminó por contagiarse del virus.
El exdirector de Radio Globo fue condenado a 10 años con ocho meses de prisión desde marzo de 2019 por el delito de calumnias constitutivas de difamación.
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En 2014, el comunicador fue acusado por la exfiscal Sonia Gálvez de calumnia e injurias, y el 28 de marzo de 2019 fue arrestado durante transmitía su programa “Interpretando la Noticia” en Radio Globo.
Lo anterior, se suscitó pese a que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) había pedido al Estado de Honduras que suspendiera la orden de captura.
Sin embargo, en ese entonces, David Romero manifestó públicamente que el presidente Juan Orlando Hernández, quien ahora enfrenta un juicio por cargos de narcotráfico en Estados Unidos, presionó a la justicia para que lo encarcelaran.
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Romero apuntó que esa fue una represalia por denunciarlo del saqueo de unos 330 millones de dólares del Instituto Hondureño de Seguro Social, lo cual motivó fuertes protestas de la población contra el gobierno. Ante esto, el mismo Hernández reconoció que decenas de miles de dólares se utilizaron en la campaña que lo llevó al poder en el primer periodo de gobierno 2014-2018, pero justificó que desconocía de dónde proveía ese dinero.
El congresista Morán manifestó que se reunió con varios periodistas para conversar sobre este tema, que tiene varios años restringiendo y poniendo un bozal en el ejercicio del periodismo.
El Colegio de Periodistas de Honduras recibió con satisfacción la presentación de esa moción e instó a darle un trámite ágil para que pronto entre en vigencia.
Con mucha satisfacción recibimos la iniciativa del HD Darío Morán, encaminada a despenalizar los delitos contra el honor para que sean ventilados en la instancia civil.
Respetuosamente pedimos al @Congreso_HND dar el trámite a esta reforma en favor de los periodistas hondureños. pic.twitter.com/EBG3eMDwWF— CPH Honduras (@ColegioPeriodi1) May 5, 2022
Los delitos contra el honor siguen contemplados dentro del Código Penal, cuyas reformas entraron en vigencia el pasado 25 de junio de 2020, aunque fue rechazado por la población hondureña por su inclinación a favorecer delitos de alta peligrosidad.
El rechazo provocado fue generalizado, el gobierno anterior había prometido que el denominado “Código Penal de la Impunidad” despenalizaría los delitos contra el honor y los trasladarían al ámbito civil, pero esto no ocurrió.
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La versión del Código Penal que entró en vigor, no contiene el delito de difamación, pero sí incluye los delitos de injuria y calumnia, que se siguen sancionando con multas o con una pena de hasta un año de privación de libertad.
Las organizaciones libertad de expresión han presionado para lograr esa despenalización. Entre ellos, el abogado y defensor de derechos humanos, Edy Tábora, manifestó que por medio de los delitos contra el honor se ha utilizado el derecho penal para criminalizar a las voces críticas que abordan asuntos de interés de la ciudadanía.
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CASO EMBLEMÁTICO
Para Criterio.hn, la periodista y defensora de derechos humanos, Dina Meza, comentó el caso del periodista Carlos Ávila, quien fue querellado y ha sido perseguido desde hace 15 años por denunciar un centro de estudios donde los jóvenes sufrían acoso sexual, cuyos trabajos periodísticos fueron publicados en 2007 en La Tribuna y El Heraldo.
De inmediato, al comunicador el aplicaron Código Penal, aunque no cometió algún delito, sino por sacar la verdad al ojo público, pero fue sentenciado a 14 meses de prisión sin posibilidad de conmuta. Agregó que, esto es similar a lo que ocurre con grupos sociales que son condenados por protestar contra los intereses de los grupos de poder.
Otro caso emblemático es el del periodista Julio Ernesto Alvarado, a quien un funcionario de un Juzgado de Ejecución de Honduras le entregó personalmente al conductor del programa “Mi Nación”, del canal Globo TV, una notificación oficial de suspensión de la profesión, condenado a 16 meses de prisión.
En diciembre de 2013, Alvarado fue juzgado por difamación debido a una denuncia presentada por Belinda Flores Mendoza, decana de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Mendoza reclamaba que difundió en 2006 en su programa “Mi Nación”, información de una denuncia en su contra presentada por catedráticos universitarios sobre la falsificación de títulos universitarios.
Esa fue la primera vez que en Honduras se prohibió de manera oficial a una persona ejercer su profesión. Frente a esta sentencia, en noviembre de 2014 la Comisión Interamericana había solicitado medidas cautelares para Alvarado, así como suspender la ejecución de la sentencia condenatoria mientras estudiaban su caso.
Aunque los reclamos internacionales permitieron parar por un tiempo esa sentencia, el 4 de septiembre de 2015 la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de amparo presentado por Julio Ernesto Alvarado en octubre de 2014, creando un nefasto precedente para la libertad de expresión.
Desde el periodo de gobierno de Porfirio Lobo Sosa (2010-2014) y, luego, durante el mandato del extraditado Juan Orlando Hernández (2014-2021), se ha jugado con la promesa de despenalizar los delitos contra el honor, pero con el “Código Penal de la Impunidad”, en realidad tomó más fuerza.
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Tengo algunos años de experiencia y me encanta practicar el periodismo incómodo que toque los tinglados del poder, buscando cambios en la forma de gobernar y procurar el combate a la corrupción, develando lo que el poder siempre quiere ocultar. Ver todas las entradas