Tegucigalpa. En el caso de los buzos Miskitos (Lemoth Morris y otros) contra Honduras, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) si bien «valoró positivamente el acuerdo amistoso entre las partes», también obligó al Estado de Honduras al pago de indemnizaciones a las víctimas y familiares, así como el fortalecimiento de los sistemas de salud, educación y justicia en la Mosquitia, entre otros.
El caso se refiere a las violaciones de derechos humanos ocurridas en perjuicio de 42 personas pertenecientes a la comunidad indígena Miskitu y de sus familiares, quienes habitan o habitaban el departamento de Gracias a Dios; y quienes laboraban para
empresas dedicadas a la pesca por buceo.
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En el comunicado publicado por la Corte IDH se establece que en la realización de esta actividad, 34 de estos buzos sufrieron accidentes debido a las inmersiones profundas que realizaron, y que les provocaron el síndrome de descompresión u otras enfermedades relacionadas con su actividad y que provocaron la muerte de al menos 12 de ellos.
También se establece que siete buzos misquitos fallecieron a causa del incendio de la embarcación «Lancaster», la cual fue provocada por la explosión de un tanque butano; y que además causó la desaparición del niño Licar Méndez Gutiérrez, quien fue abandonado en un cayuco por el dueño de la embarcación sin que hasta la fecha se conozca su paradero.
En su sentencia, la Corte IDH indicó que los Estados tienen la obligación de regular, supervisar y fiscalizar la práctica de actividades peligrosas realizadas por empresas privadas que impliquen riesgos significativos para los derechos humanos; de adoptar medidas legislativas y de otro carácter para prevenir las violaciones de derechos humanos realizadas por empresas privadas; y de investigar, castigar y reparar tales violaciones.
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La Corte subrayó que las víctimas se encontraban inmersas en patrones de discriminación estructural e interseccional, pues eran personas pertenecientes a un pueblo indígena, se encontraban además en situación de pobreza, una de ellas era un niño, algunas adquirieron discapacidades y no recibieron tratamiento médico, y no contaban con ninguna otra
alternativa económica más que aceptar un trabajo peligroso que ponía en riesgo su salud, su integridad personal y su vida.
¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS DE REPARACIÓN?
A las medidas de reparación acordadas en el acuerdo de solución amistoso entre las partes, la Corte IDH agregó brindar atención médica y psicológica integral y especializada a las víctimas y sus familiares, incluyendo tratamientos de rehabilitación; proporcionar becas educativas a las hijas e hijos y/o nietas y nietos de las víctimas. Así como el pago de indemnizaciones a las víctimas y sus familiares por daño inmaterial y material, así como el pago de gastos.
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El Tribunal también ordenó el fortalecimiento de los sistemas de salud y educación, así como garantizar el acceso a la justicia y a todas las instituciones públicas en La Moskitia. Así como la investigación exhaustiva de los hechos, identificación, juzgamiento y sanción de todos los responsables; y la búsqueda exhaustiva del paradero de las víctimas que permanecen desaparecidas.
Adicionalmente, le obliga a elaborar y difundir un documental televisivo; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, de desagravio y de compromiso de no repetición; publicar y difundir la sentencia, así como realizar medidas tendientes a garantizar una adecuada regulación, fiscalización y supervisión de las empresas pesqueras industriales; adoptar medidas estructurales para garantizar el acceso a la justicia; pagar las cantidades fijadas por daño material e inmaterial.
EL TRATADO INCUMPLIDO
En 1859, Honduras firmó con Gran Bretaña el tratado de Wyke-Cruz, que posteriormente fue ratificado en 1860, en él se reconoció la soberanía de Honduras sobre las Islas de la Bahía y el territorio conocido en aquel momento como Mosquito, ahora Gracias a Dios. Mientras que Honduras se comprometió en el tercer artículo a respetar la propiedad adquirida por los habitantes de la Mosquitia.
Asimismo, Honduras se obligó a garantizar el goce de Misquitos «como naturales de la República de Honduras de todos los derechos y privilegios que generalmente gozan los naturales de la República», incluyendo su educación. 161 años han pasado desde la ratificación de dicho tratado sin que Honduras cumpla los compromisos adquiridos hacia el pueblo Misquito.
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