El combate de la corrupción requiere del concurso del Congreso Nacional, quien debe derogar varios decretos aprobados en los últimos años
Por: Luis Escalante
Tegucigalpa. – La última determinación judicial, bajo la cual se favoreció con sobreseimientos definitivos y provisionales a un diputado del Congreso Nacional y a cuatro exdiputados contra quienes se probó la comisión de actos de fraude y lavado de activos por parte de la la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (Uferco), dejó nuevamente al desnudo la impunidad que impera en Honduras.
El jueves 1 de septiembre, una jueza emitió sobreseimiento definitivo en favor de Alberto Chedrani, diputado del Partido Nacional, a quien inicialmente se le acusó por delitos de fraude y lavado de activos. Mientras que los excongresistas imputados por fraude fueron los también nacionalistas Oswaldo Ramos Soto, Ricardo Díaz y Rodimiro Mejía. A Vicente León, al igual que a Chedrani, se le acusó por fraude y lavado de activos.
Chedrani y León, anunció el Poder Judicial, fueron beneficiados con sobreseimientos definitivos, mientras que Ramos Soto, Díaz y Mejía, todos acusados por fraude, con sobreseimientos provisionales.
Las personas investigadas, de acuerdo con la Uferco, conspiraron en la creación de dos oenegés, Organización de Líderes Comunitarios para el Desarrollo (Olicode) y Organización de Impulso Solidario (Oimso), con el supuesto propósito de desarrollar 46 proyectos de microempresas y generación de empleo en los departamentos de Francisco Morazán, Cortés y Copán. Sin embargo, en un período comprendido entre 2013 y 2017, los proyectos únicamente se ejecutaron en un 5%, desviándose 18 millones 950 mil lempiras (772 mil 523 dólares).
Aun cuando la Uferco argumentó que presentó la suficiente carga probatoria, la determinación judicial ocurrió con rapidez, en plena audiencia inicial. La jueza natural que conoció el caso, amparándose en el controversial decreto 116-2019, desestimó las pruebas que presentó la Uferco y liberó de culpabilidades a Chedrani y a los cuatro exdiputados, al igual que a otras siete personas involucradas en el caso, por la comisión de delitos de receptación y falsificación de documentos.
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El jefe de la Uferco, Luis Javier Santos, dijo a Criterio.hn que no se explica cómo una jueza, a quien se le presentaron pruebas documentales, testimoniales y periciales, pudo emitir sobreseimientos definitivos teniendo en frente la suficiente carga probatoria para dictar un auto de formal procesamiento.
“Lo que ocurrió ayer (1 de septiembre) es lamentable. Los medios de prueba que presentamos eran suficientes para que, al menos, se iniciara un juicio oral y público, pero ello no sucedió”, expresó.
El pasado 27 de julio, la jueza que conoció el caso había dictado medidas distintas a la detención judicial a favor de todos los implicados en el caso, a quienes además les había prohibido salir del país y los había sometido a vigilancia permenante.
Los fiscales de la Uferco, que apelarán la determinación judicial, presentaron cuatro testigos, siete pericias forenses (dos financieras, una de ingeniería y cuatro de documentología) y un legajo con más de 200 documentos. “Un testigo detallaba cómo se retiraba el dinero y se entregaba en sobres en el bufete de uno de los sobreseídos”, dijo Santos.
“Yo creí que esto no nos volvería a ocurrir, pasó con Red de Diputados y Pandora, pero creíamos que ya no sucedería más. No sé porqué se dictó sobreseimiento definitivo, si se habían presentado las pruebas que podrían dar inicio a un juicio oral y público”, subrayó.
El decreto 116-2019, aprobado en el Congreso que presidió Mauricio Oliva y publicado el 18 de octubre de 2019, impide a la Uferco realizar investigaciones sobre el manejo de fondos públicos sin antes contar con un informe de indicios de responsabilidad penal procedente del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
El 16 de agosto, Santos aseguró que se iniciaría una investigación en contra del TSC, por la supuesta utilización de pruebas falsas en la elaboración de informes.
Otros decretos, como el 57-2020 y el 93-2021, también impiden la lucha contra la corrupción en Honduras. El primero, 57-2020, restringe al Ministerio Público el inmediato secuestro de documentos y objetos relacionados en investigaciones o persecuciones del delito, como carga probatoria, y lo obliga a someterse a las decisiones de los jueces, quienes definen qué órganos se encargarán de la custodia de las pruebas, en una evidente obstrucción de los procesos investigativos.
El segundo, el 93-2021, reforma varios artículos del Código Penal en lo concerniente al delito de lavado de activos; específicamente, entre otras reformas, desobliga a los entes financieros a develar información ante investigaciones de lavados de activos y extorsión sin la previa autorización de un juez.
La derogatoria del decreto 116-2019 deberá pasar por la votación de 86 diputados, mientras que la del 57-2020 y del 93-2021, únicamente requiere de la aprobación de 65 legisladores. Contra el 116-2019, el propio Ministerio Público presentó a inicios de año un recurso de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
SE DEBE REFORMAR LEGISLACIÓN PARA GARANTIZAR LA JUSTICIA
Honduras está a las puertas del proceso de nominación y elección de las nuevas autoridades de la Corte Suprema de Justicia que ejercerán entre 2023 y 2030, un período que coincidirá con la eventual instalación de una Comisión Internacional Contra la Impunidad (CICI).
Sin embargo, determinaciones como esta, en la que se sobreseyeron a doce personas contra las cuales la Uferco presentó suficiente carga probatoria, ponen en riesgo los cimientos de la llegada de esta comisión, cuya instalación deberá pasar por la suscripción de un convenio entre el Gobierno hondureño y la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
El pasado 23 de agosto, el Gobierno publicó el memorándum de entendimiento de la ONU, en el que se sugiere la abrogación del decreto 116-2019, al igual que la revisión de otras regulaciones normativas a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros y demás normativas que alientan el secretismo en la situación de lavado de activos y fideicomisos.
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A pesar de lo anterior, desde el punto de vista de Luis Javier Santos, es necesaria además una voluntad de todos los operadores de justicia y de la clase política, en una verdadera lucha contra la corrupción y la impunidad.
“De lo contrario, será difícil que existan resultados, porque podrán venir dos o tres CICIH, pero si vemos que hay jueces a quienes se les presentan las pruebas, y no inician un juicio oral y público, continuaremos viendo justicia selectiva en en Honduras”, indicó el jefe de la Uferco.
Al mismo tiempo, instó al Congreso Nacional a que someta a agenda la derogación de los decretos 116-2019, 57-2020 y 93-2021. “Se habla de que la Uferco tiene superpoderes, pero en la práctica continúan sin las facultades para investigar. Habrá que consultarnos, entonces, si la lucha contra la corrupción no es más que un discurso político”, sentenció.
A pesar de que el 27 de mayo el Congreso aprobó una decreto que otorga a la Uferco la potestad de enjuiciar a corruptos, sin la autorización del fiscal general u otra autoridad del Ministerio Público, esa unidad fiscal continúa con las manos atadas debido a los tres decretos ya mencionados.
El exdiputado del Partido Nacional y analista político, Raúl Pineda Alvarado, comparte el criterio de Santos, al señalar que de poco o nada sirivió fortalecer a la Uferco, si todavía los decretos que le impiden trabajar con independiencia, en materia de investigación, no son derogados.
“En esta materia de lucha contra la corrupcion hay mucho de doble discurso, pero queda la salvedad de evidenciar quiénes realmente actúan con sinceridad en este propósito y quiénes solamente lo hacen con demagogia. Sin embargo, mientras no sometan a debate esta derogatoria, no sabremos quiénes están del lado de la lucha contra la corrupción y quiénes están del lado de los corruptos”, dijo Pineda Alvarado en entrevista con Criterio.hn.
La diputada del Partido Salvador de Honduras, Maribel Espinoza, refirió en las últimas horas “estamos listos para votar a favor de la derogación de estos decretos en cuanto sea agendado, pero hay que recordar que la agenda es potestad del presidente del Congreso, Luis Redondo”.
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