- La normativa que, entrará en vigencia el 25 de junio, luego de un nuevo periodo de Vacatio Legis de 45 días, es un nuevo pacto de impunidad para los corruptos
- La pandemia del Covid-19 ha mostrado la esencia corrupta del sistema que se dotó de un paraguas legal para no rendir cuentas del manejo de más de 80 mil millones de lempiras
Por: Redacción CRITERIO.HN
Tegucigalpa. -El nuevo Código Penal de Honduras lejos de armonía social trae desencanto, repudio y división, pues se limita la denuncia, el debate, la libertad de expresión, el acceso a la información pública y dejaría en libertad a una buena cantidad de personas claramente señaladas en delitos relacionados a la corrupción y narcotráfico.
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El nuevo Código Penal plasma un sello de impunidad a políticos tradicionales, decenas de diputados, exdiputados, funcionarios, exfuncionarios y a particulares señalados en actos de podredumbre, especialmente, en tres gobiernos consecutivos del Partido Nacional.
Pese a que el Congreso Nacional aprobó el sábado una ampliación de 45 días a la Vacatio Legis, la nueva normativa, que entrará en vigencia el 25 de junio próximo, sigue siendo un fantasma para los hondureños que a partir de la emergencia sanitaria por el Covid-19 se enfrentan a un estado de sitio mediante el cual el gobierno ha suspendido los derechos fundamentales.
En el marco de la emergencia decretada a causa del coronavirus el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad aprobó el 16 de marzo, mediante el Decreto PCM 21- 2020, un estado de excepción que restringe algunas garantías constitucionales, entre ellas, la libre locomoción, la libertad de expresión, la inviolabilidad de la morada y la libertad empresarial.
El estado de excepción ha sido utilizado también por el gobierno para suspender la aplicación de la Ley de Acceso a la información Pública, negándose así a rendir cuentas sobre la ejecutoria de los millonarios fondos aprobados en el marco de la emergencia sanitaria.
Descargue aquí el nuevo Código Penal
Las reformas de Hernández
En un afán de calmar las aguas el 8 de mayo anterior en una actitud subliminal, Hernández Alvarado, señalado en cortes federales de Nueva York de liderar una banda ligada al narcotráfico y uso de armas, manejada por su hermano, Juan Antonio “Tony” Hernández, asociados a El Chapo Guzmán, pidió al Legislativo que considere algunas enmiendas al Código Penal con las que posiblemente busca congraciarse con sectores vulnerables de la sociedad.
La petición la hizo a través del Gabinete de Prevención, Seguridad y Defensa, que él mismo encabeza, en torno a la persecución de delitos de delincuencia común y organizada, pero obviando delitos de corrupción y narcotráfico que tanto dañan a la población hondureña.
Hernández pidió reformar los artículos 219, 248, 297, 373, 374, 375, 554 y 579, relacionados con los delitos de femicidio, trata de personas, desplazamiento forzado, tráfico ilícito de personas, extorsión, agravantes y atenuantes específicos (extorsión), asociación para delinquir e introducción de objetos prohibidos a los centros penales, granjas penales y centros de internamiento de menores.
Desde el 7 de marzo de 2014 el régimen cuenta con la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional, o “Ley de Secretos Oficiales”, que niega y difiere hasta por 50 años rendir cuentas del manejo de fondos públicos, un obstáculo que la desaparecida Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras, (MACCIH), denunció inútilmente.
El Relator Especial para Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, Edison Lanza, advirtió la grave preocupación del contexto que rodea al nuevo marco de justicia penal.
El 15 de octubre de 2019 el Consejo Nacional Anticorrupción, (CNA), denunció en un documento varias irregularidades cometidas por el Congreso Nacional en el proceso de discusión y votación de cada artículo del nuevo Código Penal, misma que presentó ante la extinguida Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad de la Corrupción, (Ufecic), del Ministerio Púbico, sin resultado alguno.
Gabriela Castellanos, directora del CNA, precisó que el 17 de mayo de 2016 el presidente del Congreso, Mauricio Oliva, presentó el dictamen contraviniendo la Ley Orgánica del Poder Legislativo que ordena que para aprobar todo debate debe ser con mayoría simple, es decir, la mitad de los 128 diputados más uno.
La primera discusión contó con 42 votos a favor, una abstención, 36 en contra y 49 diputados no votaron, aprobando los artículos 1, 2, 5, 7, 10, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, entre otros, relativos a los principios de legalidad, lesividad, aplicación de la ley penal, causas eximentes de responsabilidad penal, circunstancias atenuantes, inhabilitación del cargo público, pena de días y multas, entre otros.
El 2 agosto de 2017 el Congreso Nacional aprobó con 70 votos a favor las penas de los delitos contra la administración pública, entre estos, malversación de caudales públicos en sus diferentes modalidades, con penas de entre seis a nueve años de prisión.
EL CNA denunció que todo fue un plan dispuesto para delinquir cuando el 8 de agosto de 2017 el exdiputado nacionalista Agapito Rodríguez, presentó una moción de reconsideración al acta del 2 de agosto en la que aprobaron reducir las penas de algunos delitos contra la administración pública.
El proceso únicamente permite hacer correcciones de forma o redacción, pero no para reducir penas, por lo que el CNA advirtió que esos actos se catalogan como abuso de autoridad y falsificación de documentos públicos, consignados en los artículos 349 y 284 vigentes y responsabilizó de ello a los diputados Mauricio Oliva, Mario Pérez, Tomás Zambrano, Román Villeda y al excongrecista, Agapito Rodríguez.
El repudio del CNA tuvo apoyo de organizaciones de sociedad civil como la Iglesia católica y la Plataforma para la Defensa de la Salud y la Educación Pública, que llamó a acciones de protesta.
Oliva, de su lado, dijo que la postura del CNA lo llevó a dos reflexiones: “ignorancia manifiesta de lo que es el método legislativo y que al parecer no pueden sumar, o sea, aritmética básica. Con 65 diputados, se hace quorum, con 33 diputados se puede aprobar por mayoría simple. En esa sesión se obtuvo 58 votos a favor y se necesitaban solo 36 para aprobar una ley”, adujo Oliva.
Por su parte el Consejo Hondureño de la Empresa Privada, (Cohep), denunció que lo discutido y aprobado en varios artículos no fue lo mismo con lo que se publicó. El gremio empresarial había pedido la reforma de 80 artículos del Código Penal.
El 26 de abril el Congreso Nacional reformó el artículo 184 del Código Penal para que los reos no condenados y con enfermedades crónicas gocen de arresto domiciliario.
Pero el artículo 184 no daba Estado de derecho a ningún hondureño, era un puñal que tenía el fiscal para meterle un requerimiento en base a una lista de 20 delitos que inmediatamente enviaban a la cárcel al infractor, declaró el congresista liberal Juan Carlos Ávila.
El 7 de mayo la Corte Suprema de Justicia, emitió una opinión no vinculante con respecto a un proyecto de iniciativa ciudadana para que el nuevo Código Penal no entrara en vigencia. El Poder Judicial se pronunció por desestimar la iniciativa, por lo que el nuevo estamento jurídico entraría en vigencia este domingo 10 de mayo.
Edmundo Orellana Mercado, el primer fiscal de la República, cuestionó que el nuevo estamento libera de imputación legal a personas jurídicas, a pedido del Cohep; además, que tampoco debe incorporar los antecedentes penales pues no causan delito.
Se deben mantener la pedofilia, la trata de personas, la Vacatio Legis debe prolongarse, porque, así como se formuló impide la convivencia social y muestra un pobre liderazgo político, subrayó.
A juicio de Orellana Mercado el Congreso no debe tomar en cuenta la opinión de la Corte Suprema porque ni siquiera se la pidió. Asimismo, el Código Penal contiene reminiscencias del cariísmo y algunas caen en la estupidez, concluyó.
Ana Pineda, ex ministra de Derechos Humanos, señaló que la Corte Suprema denegó el derecho a la participación ciudadana e impuso una decisión al pueblo hondureño. Muestra la debilidad en los indicadores del Estado de Derecho, que no hay división de poderes y que la iniciativa ciudadana no pesa como pesa en el plano internacional.
Sin embargo, presiones sociales, denuncias, observaciones, reclamos y al ojo vigilante de la comunidad internacional hacen retroceder al Legislativo que el sábado resolvió postergar por 45 días más la funcionalidad efectiva del marco jurídico.
El tema genera un tsunami de rechazos de casi todo el arco político, económico y social del país y pone de manifiesto la percepción generalizada de una patente de impunidad ante la gigantesca corrupción instaurada con el golpe de Estado del 28 de junio de 2009 contra el gobierno del presidente liberal, José Manuel Zelaya Rosales.
La entrada en vigencia del nuevo Código Penal no corresponde a la necesidad de justicia, es un acto eminentemente político, aseguró la abogada Reyna Rivera Joya, miembro de la junta directiva del Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos, (Ciprodeh).
Eduardo Facussé, ex presidente del Cohep, asegura que el nuevo Código Penal se trastocó para beneficiar en gran medida a los corruptos. “De todos es conocido lo que ha sucedido con la MACCIH, el caso Pandora y todas las acusaciones que se han formulado a través del tiempo”, aseveró.
Pedro Barquero, presidente de la Cámara de Comercio e Industrias de Cortés, (CCIC) señala que una cosa es lo legal y otra lo correcto. “No podemos ponernos un bozal en la boca y dejar de denunciar, aunque un Código Penal pretenda castigarte por hablar lo correcto”.
El nuevo Código Penal es lesivo a los intereses del país, no es posible que los saqueadores del estado, aquellos que han malversado los fondos queden con penas conmutables, destacó la presidenta del Colegio Médico de Honduras, Suyapa Figueroa.
Figueroa acotó que “los mismos que saquearon el Seguro Social, que se robaron el 49 % del presupuesto de salud, que roban con el recibo de la Empresa Energía Honduras, los que te quitan el empleo, la comida y la educación hicieron un Código Penal que les permitirá vivir como si ningún delito hubiese cometido. No lo permitamos”, enfatizó.
Siendo objetivos, parte del nuevo código son avances, pero ya en la parte especial hay cosas que perfectamente pueden establecerse como un retroceso en materia de combate a la criminalidad”, señaló el coordinador de Tribunales de Sentencia, Mario Díaz.
La Asociación de Jueces por la Democracia (AJD), por medio de su presidenta Fanny Bennett, solicitó al Congreso Nacional extender por un año más la entrada en vigencia del nuevo Código Penal ante la falta de formación en los operadores de justicia.
Pese a esto la Corte Suprema de Justicia, con absolutismo y cinismo de una cuarentena jurídica desestima la iniciativa ciudadana que reclama la no entrada en vigencia de ese cuerpo legal de la Impunidad, reprende la directora del Consejo Nacional Anticorrupción, (CNA), Gabriela Castellanos.
Aun así, hemos hecho cuánto se ha podido para evitar la vigencia de una herramienta de la impunidad, pero se alinearon los astros y poderes de la corrupción para allanar la aplicabilidad del eslabón pendiente, añadió Odir Fernández, jefe de la Unidad Investigaciones del CNA.
En el marco de la sesión virtual de este sábado, las bancadas del Partido Libertad y Refundación (Libre), del Partido Innovación y Unidad-Social Demócrata (PINU-SD) y algunos diputados del Partido Liberal, votaron a favor de una iniciativa ciudadana y en contra de la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, logrando el 43 por ciento de los votos. Sin embargo, el 57 por ciento fue alcanzado por los diputados del Partido Nacional, algunos liberales y de las bancadas minoritarias.
La iniciativa ciudadana fue introducida al pleno del Congreso por varias organizaciones de sociedad civil, quienes lograron validar más de nueve mil firmas para pedir que se elabore un nuevo Código Penal. Finalmente, la iniciativa ciudadana, pese a representar el clamor popular, fue rechazada por el oficialismo que controla el Poder Legislativo.
Para el investigador del CNA, Odir Fernández, cuando el Congreso Nacional ignora deliberadamente una iniciativa ciudadana como la presentada para derogar el Código Penal, queda claro que ese poder del Estado no representa al pueblo, sino a sus propios intereses.
Por su parte la vicepresidenta del Consejo Central Ejecutivo del Partido Liberal, Maribel Espinoza, dijo que muchos de los diputados que votaron para rebajar penas, tienen conflictos de intereses perversos.
Para Doris Gutiérrez, jefe de bancada del Partido Innovación y Unidad, (PINU), la clase política corrupta se ha blindado muy bien. En varias oportunidades denunciamos la reducción de sentencias en delitos de tipo penal, pero no hubo eco en la cámara legislativa, declaró.
Cualquier ley puede ser revisada, se necesita concertar con la sociedad civil y ver aquellas situaciones en las que se siente que se afecta o ayuda, de una u otra manera, a ciertos sectores que han sido cuestionados en temas de corrupción, plantea Mario Segura, presidente de bancada del Partido Liberal.
Salvador Nasralla, presidente del partido en formación Salvemos Honduras, viene señalando que algunos artículos del nuevo Código Penal favorecen a expresidentes y al actual presidente de la República, diputados del Congreso Nacional y magistrados del Poder Judicial, involucrados en actos de corrupción y narcotráfico.
El corrupto ha perdido la conciencia moral, es decir, son personas sin valores morales y su valor es el dinero, en ese caso, en sentencias judiciales es más culpable y recibe una condena mayor alguien con un delito pequeño, pero el corrupto con poder económico y político busca sentencias suaves. La corrupción es un cáncer que está haciendo daño a Honduras, concluyó el presidente de la Conferencia Episcopal de Honduras, Ángel Garachana.
En enero anterior el gobierno de Juan Hernández dispuso no renovar el convenio con la Organización de Estados Americanos (OEA) que prolongaba el trabajo de la MACCIH, que destapó la dilatada corrupción pública y privada en el país.
La Misión de la OEA investigó y acusó a decenas de diputados y exdiputados, funcionarios y exfuncionarios y a personas particulares que han formado parte de redes de corrupción que desviaron millonarios recursos públicos de programas sociales a campañas políticas y cuentas particulares.
Desde su creación, en abril de 2016, la MACCIH presentó 12 investigaciones de actos de corrupción implicando a más de 140 diputados que gozan de total impunidad, con una estratagema que deriva las pesquisas al Tribunal Superior de Cuentas, cuyos magistrados son electos por el Congreso Nacional.
En enero de 2018 el vocero de la desaparecida MACCIH, Juan Jiménez Mayor, señaló que el presidente del Legislativo, Mauricio Oliva, era parte de una red de diputados corruptos dedicados al saqueo de fondos del Estado para uso particular.
De las 12 investigaciones judiciales de la MACCIH varias señalaban directamente a los congresistas y fueron los casos denominados, la Red de Diputados, Pacto de Impunidad, Caso Pandora y Arca Abierta, en los que se desviaron más de 300 millones de lempiras.
La elite político-empresarial gobernante desmontó el sistema de persecución penal contra la corrupción, magro beneficio extendido al presente en el marco de la pandemia del Covid-19, en la que el régimen se recetó más de 80 mil millones de lempiras que fueron puestos a disposición del gobierno de Juan Hernández, para compras y contrataciones de emergencia.
El 29 de agosto de 2019, la entonces vocera interina de la MACCIH, María Calderón Boy, envió al presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, un análisis sobre el nuevo Código Penal, llegando a la conclusión que la normativa afecta las acciones de investigación y enjuiciamiento penal frente a delitos vinculados con la corrupción.
Posteriormente en octubre el Consejo Nacional Anticorrupción, (CNA), interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra el nuevo Código Penal y el decreto 116-2019, que da vida al Fondo Departamental que los diputados manejan con sentido unilateral y promueve la corrupción.
El oficialismo estaba dispuesto a poner en vigencia el nuevo Código Penal a partir del 10 de mayo, pese a que el artículo 188 de la Constitución de la República lo prohíbe cuando se está en un estado de sitio.
EL artículo 188 de la Constitución de la República literalmente establece: El territorio en que fuesen suspendidas las garantías expresadas en el artículo anterior se regirá durante la suspensión, por la Ley de Estado de Sitio, pero ni en dicha ley ni en otra alguna podrá disponerse la suspensión de otras garantías que las ya mencionadas. Tampoco podrá hacerse, durante la suspensión, declaraciones de nuevos delitos ni imponerse otras penas que las ya establecidas en las leyes vigentes al decretarse la suspensión.
Perspectiva comparativa de los delitos de corrupción en el Código vigente y el nuevo Código Penal:
Malversación de caudales públicos
Código de 1983 – pena de 2 a 5 años si no excede L. 1,000
Código de 2019 – pena de 4 a 6 años
Código de 1983 – pena de 6 a 12 años si excede L. 1,000
Código de 2019 – pena de 4 a 6 años
Malversación por uso
Código de 1983 – pena de 6 a 12 años
Código de 2019 – pena de 4 a 6 años
Abuso de autoridad
Código de 1983 – pena de 3 a 6 años
Código de 2019 – pena de 3 a 6 años
Tráfico de influencias
Código de 1983 – pena de 4 a 7 años
Código de 2019 – pena de 2 a 5 años
Fraudes y exacciones ilegales
Código de 1983 – pena de 6 a 9 años + inhabilitación absoluta
Código de 2019 – pena de 5 a 7 años y desaparece inhabilitación
Enriquecimiento ilícito
Código de 1983 – pena de 5 a 15 años + bienes adjudicados al Estado
Código de 2019 – pena de 4 a 6 años + bienes no adjudicados al Estado
Prevaricación
Código de 1983 – pena de 3 a 9 años
Código de 2019 – pena de 3 a 6 años
Denegación de justicia
Código de 1983 – pena de 3 a 6 años
Código de 2019 – pena de 2 a 5 años
Cohecho
Código de 1983 – pena de 5 a 7 años + inhabilitación absoluta
Código de 2019 – pena de 2 a 4 años, pero sin inhabilitación absoluta
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