Kevin Solórzano es liberado

Kevin Solórzano es liberado de responsabilidad penal

Por: Redacción CRITERIO.HN

redaccion@criterio.hn 

Tegucigalpa.-Por mayoría de votos la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió de responsabilidad penal a Kevin Joshua Solórzano Hernández, procesado por los delitos de asesinato y tentativa de asesinato, cargos por los que fue acusado en noviembre del 2014.

Solorzano Hernández fue condenado a 33 años de reclusión  el 28 de septiembre de 2017 luego de haber sido declarado culpable de un delito consumado de asesinato en perjuicio del fiscal del Ministerio Público, Edwin Geovanny Eguigure Abdul y como coautor responsable de un delito de asesinato en su grado de ejecución de tentativa en perjuicio de María Auxiliadora Sierra., esposa de Eguigure Abdul.

Conozca aquí más sobre el caso de Kevín Solorzano

La defensa técnica del imputado, luego de la sentencia condenatoria dictada en febrero de 2017, interpuso seis motivos de casación, tres por quebrantamiento de precepto constitucional y tres por quebrantamiento de forma, los cuales fueron analizados por la Sala de lo Penal.

De acuerdo con lo que establece la sentencia, esta Sala hizo una detallada revisión del proceso valorativo de la debida motivación, razonamiento y carga probatoria como elementos integrantes del derecho fundamental denunciado como infringido.

El Tribunal de Casación, como resultado del análisis, señala “la existencia de argumentaciones judiciales contrarias a los principios y reglas que componen la sana crítica como modelo de un correcto razonamiento humano, señalando concretamente los argumentos judiciales viciados”.

En cuanto a la infracción del precepto constitucional, la Sala de lo Penal, declaró No Ha Lugar el segundo y el tercer motivo de casación referentes a la denuncia de violación del debido proceso por inobservancia de principio de juez natural (art. 90 Constitución de la Rep.) y la violación del derecho de defensa por inadmisión de medios de prueba (art. 82 Constitución de la Rep.), respectivamente.
El primer motivo de casación centrado en la violación del estado material de inocencia contemplado en el artículo 89 Constitucional, fue declarado Ha Lugar, con un voto disidente, es decir, es una decisión tomada por mayoría de votos.
En relación con los tres motivos por quebrantamiento de forma centrados en la inobservancia de las reglas procesales para la celebración del juicio, exclusión de prueba de valor decisivo en la sentencia recurrida y sobre la denuncia de valoración de prueba impropia por inobservancia de las reglas de la sana crítica, fueron declarados Ha Lugar, igualmente con un voto disidente. Bajo este análisis, la Sala de lo Penal establece que “es procedente hacer ejecución del primer motivo del recurso de casación por infracción de precepto constitucional por tener éste un pronunciamiento de fondo”.

En consecuencia, por mayoría de votos de la Sala, dado el voto disidente, se declara ha lugar el recurso de casación por infracción de precepto constitucional en su primer motivo por violación al estado material de inocencia interpuesto por la defensa técnica del procesado. En segundo término, se casa la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2017 dictada por el Tribunal de Sentencia con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal y, tercero, revoca el pronunciamiento condenatorio.

En consecuencia, se procede a dictar una sentencia absolutoria a favor de Kevin Joshua Solórzano Hernández como coautor responsable de un delito consumado de asesinato en perjuicio del señor Edwin Geovanny Eguigure Abdul y como coautor responsable de un delito de asesinato en su grado de ejecución de tentativa en perjuicio de la señora María Auxiliadora Sierra.

Asimismo, se manda que al no existir unanimidad de votos en el fallo de la Sala de lo Penal se remitan los antecedentes del caso junto con el voto de mayoría y de disidencia a la presidencia de la Corte Suprema de Justicia a efecto de que se prosiga con el trámite estipulado en el artículo 316 de la Constitución de la República aplicable igualmente para procesos en materia penal.

Hubo un quebrantamiento de ley en el caso de Kevin Solórzano y por eso, la Sala de lo penal, compuesta por tres magistrados, ha anulado la sentencia anterior y ha dictado una nueva sentencia, ordenando la libertad de la persona. Sin embargo, por no existir unanimidad, deberá pasar al pleno de la CSJ -exceptuando a los magistrados de la Sala de lo Penal- quienes deberán ratificar la decisión para que sea firme.

 

  • Tengo algunos años de experiencia y me encanta practicar el periodismo incómodo que toque los tinglados del poder, buscando cambios en la forma de gobernar y procurar el combate a la corrupción, develando lo que el poder siempre quiere ocultar. Ver todas las entradas
Contenido a tu alcance

Periodismo de calidad en tus manos

Suscríbete y se parte de nuestro newsletter