Tegucigalpa. La Corte Interamericana de Derechos Humanos calificó como «insuficientes» y «lentos» los avances del Estado de Honduras con relación a la implementación de medidas provisionales y el cumplimiento de las sentencias por los casos de las comunidades Garífunas de Punta Piedra y Triunfo de la Cruz.
En su última resolución publicada el viernes 18 de junio, la Corte IDH señaló que en relación con las medidas provisionales adoptadas por la violencia que enfrentan ambas poblaciones y las desapariciones forzadas de cuatro miembros de la comunidad del Triunfo de la Cruz, los avances presentados por el Estado de Honduras son escasos, resaltando que estas personas «siguen desaparecidas».
Sobre el progreso en el cumplimiento de las sentencias de los casos de Punta de Piedra y Triunfo de la Cruz resaltó que «los únicos avances que se han verificado han sido en reparaciones de más sencilla ejecución, no existiendo ningún avance sustancial en las medidas de reparación de restitución de tierras y cese de las violaciones constatadas en el Fallo y la investigación de las muertes de miembros de ambas Comunidades».
ESCASOS AVANCES EN IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES
El documento apuntó que el tribunal constató que las desapariciones de Milton Joel Martínez Álvarez, Suami Aparicio Mejía García, Gerardo Misael Trochez Calix y Albert Snaider Centeno Thomas ocurrieron en el marco de otros hechos de violencia e intimidaciones contra integrantes de las comunidades de Triunfo de la Cruz y Punta Piedra.
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La corte ordenó a Honduras la presentación de un informe sobre acciones ya implementadas y por implementar; así como un plan de búsqueda, donde se determine en qué etapa de ejecución se encuentra la investigación y que incluya un cronograma de acciones a realizar.
Además, resaltaron la importancia de que el Estado coordine con el Comité Garífuna de Investigación y Búsqueda de los Desaparecidos de Triunfo de la Cruz (SUNLA en lengua Garífuna), las diligencias de investigación que se están implementando para determinar el paradero de las personas desaparecidas.
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En lo referente a las medidas para la protección efectiva de los integrantes de las comunidades Garífunas de Triunfo de la Cruz y de Punta Piedra, el tribunal constató que las medidas adoptadas por el Estado se encuentran aún en sus fases iniciales sobre el análisis del riesgo, y subrayan que la situación de los beneficiarios reviste aún características de extrema gravedad y urgencia.
Finalmente ordenaron al Estado que realice evaluaciones periódicas del riesgo de los beneficiarios de forma coordinada y en consulta con los líderes de las comunidades; y que garanticen la integridad personal y la vida de los beneficiarios.
NO EXISTE AVANCE SUSTANCIAL EN CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS
En cuanto a la supervisión de cumplimiento de las sentencias de los casos de Triunfo de la Cruz y Punta Piedra contra el Estado de Honduras, la Corte IDH consideró que las acciones llevadas a cabo por Honduras para dar cumplimiento a las medidas de restitución de tierras son insuficientes. Asimismo, los mecanismos escogidos por el Estado para tal fin son demasiado lentos, alertando incluso de un retroceso debido a la desactualización de los avalúos realizados en 2018.
El tribunal recordó que ya en las resoluciones de 2019 se advirtió que «en tanto no se cumpla con las sentencias, los derechos territoriales de ambas comunidades continúan siendo violados y se generan nuevas afectaciones a los mismos». También, remarcó que «el paso del tiempo dificulta aún más el cumplimiento de la medida, en tanto permite la oportunidad de que se generen nuevas intrusiones, expansiones adicionales, interferencias o afectaciones de parte de terceros que puedan menoscabar la existencia, el valor, el uso o el goce del territorio», e incluso «pone en peligro a los miembros de la Comunidad y contribuye a un aumento de la conflictividad social en la zona».
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Esta situación, apuntó la Corte IDH se ha materializado en la muerte y desaparición de miembros de las comunidades, circunstancias que dieron lugar a la adopción de las medidas provisionales. Por lo que requiere al Estado de Honduras a que presente información actualizada y detallada sobre la adopción de medidas destinadas a demarcar las tierras sobre las cuales ha sido otorgada la propiedad colectiva a la Comunidad Triunfo de la Cruz, y la adopción de medidas destinadas a garantizar el uso y goce, a través del saneamiento de las tierras tituladas en favor de la comunidad de Punta Piedra.
MUERTES DE GARÍFUNAS CONTINÚAN EN IMPUNIDAD
Con respecto a las medidas de reparación relacionadas a investigar las muertes de Jesús Álvarez, Óscar Brega, Jorge Castillo Jiménez, Julio Alberto Morales y Félix Ordóñez Suazo, en las resoluciones emitidas en 2019, la Corte concluyó que en ambos casos no habían avances significativos en la investigación, y que el Estado se había limitado a realizar algunas diligencias mínimas básicas que no eran acordes con la debida diligencia que le correspondía.
En el caso de Ordóñez Suazo indicó que, pese a que han transcurrido 14 años desde los hechos y más de 5 desde la emisión de la Sentencia, no ha habido avances significativos en la investigación. Mientras que por las muertes de Jesús Álvarez, Óscar Brega, Jorge Castillo Jiménez y Julio Alberto Morales, el Tribunal observó que la única acción relevante realizada por el Estado fue la exhumación de los cuerpos de las víctimas sin que se brindarán más detalles.
«Resulta evidente para este Tribunal que la actuación del Estado, en ambos casos, de ninguna manera ha sido acorde a la debida diligencia que le corresponde, generando así un escenario de impunidad que no solo afecta el derecho de los familiares de las víctimas y de las Comunidades a conocer la verdad de los hechos y obtener justicia, sino que además impacta en la prevención de hechos similares, como los que han dado lugar a la adopción de las presentes medidas provisionales», por lo que consideran que ambas reparaciones continúan pendientes de cumplimiento.
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