«La reelección es cosa juzgada»: pleno de magistrados del Poder Judicial

Carlos Zelaya Herrera

Por: Carlos Zelaya Herrera

La estructura de poder del máximo tribunal de justicia del país, el pleno de magistrados de la corte suprema de justicia, no emitirá opinión alguna ante el fallo judicial que da pie a la reelección presidencial en Honduras.

La decisión de los togados tiene el significado que vacía el sustento jurídico que habría dado pie a la necesidad de realizar un plebiscito sobre la reelección presidencial y su reglamento, tal como rechaza la oposición y pretende el partido nacional.

También abre otro interesante capítulo de posibles negociaciones políticas debido a que el partido en el poder no cuenta con los 86 votos de la mayoría calificada que requiere un sufragio de tal naturaleza.

Para llegar a este momento el partido nacional ha hecho uso de todos los ardides y dilaciones posibles a fin de mantener dividida a la oposición, distanciar a facciones internas partidarias, acabar con la división de poderes del estado, desconocer el evidente rechazo del PAC, LIBRE, PINU-SD y liberales; así como de organizaciones sociales de todo tipo, ante la reelección presidencial.

Situación en la que el único medio de comunicación electrónico del país claramente opuesto a la reelección, como lo es radio globo, con su director al frente, David Romero, aseguran a pie juntillas que la reelección no se consumará debido a que estados unidos y la unión europea no ven con buenos ojos que se consume en este país una reelección indefinida, al estilo de Nicaragua, Venezuela o Bolivia. 

La instancia legislativa conoce  iniciativas de ley de la oposición que forman libre, PAC, liberales y una más del oficialista Partido Nacional, de llamar a un plebiscito ante el proyecto de reglamentar la reelección que impulsa el gobierno actual.

El proceso ha avanzado pese a criterios opositores reiterados de que el fallo judicial es ilegítimo e ilegal y que consultar dicho dictamen al mismo poder del estado que lo había emitido, se equipara a la crónica de una muerte anunciada.  

Tras dos días de sesiones la corte suprema esos temores cristalizaron con  la respuesta del pleno de magistrados de no pronunciarse ante una sentencia emitida con anterioridad.

A mediados de abril los recién electos magistrados, nombrados en reñidas votaciones legislativas de 2do grado, de las que incluso derivaron disensos partidarios en medio de acusaciones de millonarios sobornos, ratificaron la sentencia de la sala constitucional 

Horas después el titular de la corte suprema de justicia, Rolando Argueta, sostuvo que el poder judicial no debe tomar en cuenta aspectos de índole político, económico y religioso ni de otra naturaleza, respecto a la reelección.

Un fallo para el cual se tomaron como base dos elementos del derecho, la legitimación exigida por la ley y la cosa juzgada, declaró Argueta en ese momento.

Esto significa que una sentencia ya no puede por ningún motivo ser retomada para su anulación, modificación o revocación, apuntó la cabeza del poder judicial.

El 24 de abril bajo el decreto 33-713, el diario oficial La Gaceta publicó la sentencia que da pie a la reelección presidencial; la resolución de esta jornada abarca a los 15 miembros que conforman el pleno del máximo tribunal de justicia.

Desde tempranas horas del martes anterior hasta la tarde de este miércoles los magistrados debatieron el pedido del congreso nacional en torno a dicho tema

La parte resolutiva dice que basado en antecedentes, fundamentos constitucionales y legales el pleno de la corte suprema de justicia resuelve por unanimidad lo siguiente:

Esta corte suprema de justicia no  pronuncia opinando, dictaminando o interpretando situaciones de carácter fáctico-jurídico, que como ha establecido ya la instancia competente, la Sala de lo Constitucional, como intérprete último y definitivo de la constitución de la república, ha  decidido de ejecución inmediata y efectos generales, firmes e inmutables en dos fallos, tal y como o contemplan los artículos 6 y 94 de la ley sobre justicia constitucional.

Además, tener por presentado el extracto histórico-jurídico sobre el estado actual de todas las acciones realizadas en dos expedientes en los que la sala constitucional, en unanimidad de votos, emitió sentencia el 22 de abril de 2015 y una resolución sobre un recurso de nulidad contra la antes referida el 13 de abril de 2016.

Asimismo, remite la certificación y el fundamento histórico jurídico de lo resuelto al primer secretario del Congreso Nacional. Decisiones y actitudes del poder establecido que como una caja de pandora liberará otra etapa de la conflictividad política-social cuyo fin nadie puede predecir, aunque todo apunta a que ese lecho tiene las incomodidades de la cama de un faquir. 

  • Emy Padilla
    Me encanta desafiar el poder y escudriñar lo oculto para encender las luces en la oscuridad y mostrar la realidad. Desde ese escenario realizo el periodismo junto a un extraordinario equipo que conforma el medio de comunicación referente de Honduras para el mundo emypadilla@criterio.hn

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