Suavizan acusaciones a 14 ex directivos del IHSS

Suavizan acusaciones a 14 ex directivos del IHSS señalados de meter mano a fondos de pensiones

Por: Redacción CRITERIO.HN

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Tegucigalpa.- Este miércoles se modificó la acusación en contra 14 exdirectivos del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) ubicado en Tegucigalpa, capital de Honduras, en una acción interpuesta ante el Tribunal de Sentencia en Materia de Corrupción.

Los imputados son Óscar Manuel Galeano, Daniel Antonio Durón Romero, Luis Alonso Mayorga Gálvez, Leonardo Villeda Bermúdez, Carlos Montes Rodríguez, Javier Rodolfo Pastor Vásquez, José Manuel Espinal, Mario Roberto Zelaya Rojas, José Ramón Bertetty Osorio, José Hilario Espinosa Herrera, Arnoldo Gabriel Solís Córdova, José Humberto Lara Enamorado y Odessa Del Carmen Henríquez.

A estos exdirectivos se les recalificó el delito y ahora se acusó de prevaricato administrativo a 12 de ellos y a los restantes 2 se les señaló por violación de los deberes de los funcionarios. Anteriormente los 14 estaban imputados del delito contra la Administración de Fondos Públicos y Privados de Jubilaciones y Pensiones.

Los reportes del Ministerio Público a raíz de sus investigaciones apuntan a que los exdirectivos del IHSS hicieron transferencias irregulares de más de 600 millones de lempiras del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) al régimen de Enfermedad y Maternidad (EM).

El prevaricato administrativo (delito del que ahora acusan a estos exdirectivos), se da cuando un funcionario o empleado público que, a sabiendas de su injusticia, dicta resolución arbitraria en asunto administrativo, este debe ser castigado con la pena de inhabilitación especial para cargo u oficio público de cinco (5) a diez (10) años. Pero si la resolución arbitraria es manifiestamente injusta y se dicta por imprudencia grave, se castiga con la pena de inhabilitación especial para cargo u oficio público de tres (3) a cinco (5) años.

Mientras tanto,  el nuevo Código Penal castiga con mayor severidad que el fraude a la seguridad social o al sistema de pensiones se da cuando alguien defrauda, por acción u omisión, el pago de las correspondientes de cuotas u obteniendo indebidamente devoluciones o deducciones por cualquier concepto, en una cuantía igual o mayor a L.50,000.

Las penas por este delito son de seis a ocho años y multa equivalente al ciento veinte por ciento (120%) del valor de lo defraudado, si dicho valor no excede de L.250,000 y con las penas de prisión de ocho a diez años y multa igual al ciento cuarenta por ciento 140% del valor de lo defraudado, si dicho valor excede de L.250,000.

Por ahora las autoridades no informan del porqué de este cambio en cuanto a la calificación del delito contra estos exdirectivos del IHSS que, según el Ministerio Público, actuaron en contra de los derechohabientes que cotizan mes a mes en el instituto de previsión social.

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