Sin causal alguna, despiden a 17 docentes de la Universidad Nacional de Agricultura

Por: Redacción CRITERIO

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Tegucigalpa.-Sin causal alguna, las autoridades de la Universidad Nacional de Agricultura (UNAG) de Catacamas, Olancho despidieron este miércoles a 17 docentes.

La nota de despido se envío a los 17 profesores y consta en el oficio número R-UNAG-250-2016,  remitido por la Rectoría y argumenta que se hace con base al artículo 116 del Código del Trabajo, que estipula que “si el contrato es por tiempo indeterminado cualquiera de las partes puede hacerlo terminar dando a la otra un preaviso”.

“Por este medio y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 116 del Código del Trabajo, tengo a bien informarles que a partir de la fecha, la Universidad Nacional de Agricultura da por terminada su relación laboral con esta Universidad. La Universidad hará efectivo sus derechos laborales de conformidad con la legislación laboral vigente, una vez retomada las actividades normales”, dice la nota firmada por el vicerrector académico, Carlos Manuel Ulloa.

El despido masivo del personal docente se ha originado en medio del conflicto entre estudiantes y el rector de la UNAG, Marlon Escoto.

Lista de los docentes despedidos:

1.-Esmelyn Obed Padilla

2.-Dina Mallen Castro

3.-Romeo Uclides Guevara

4.-Francisco Barahona

5.-Benito Esaú Pereira

6.- Alba Julia Muñoz

7.- Mildred Eleazar Turcios

8.- José Andrés Paz

9.- Miguel Hernán SosaMirian

10.-Anabel Alvarado

11.-Francisco Jabier Mendoz

12.-Emilio Javier Fuentes

13.-José Bayardo Alemán

14.-Mario Edgardo Talavera

15.-Hylsi Lourdes Sanabria

16.-Héctor Antonio Díaz

17.-Víctor Javier Gonzales

La nota de despido emitida este miércoles por las autoridades de la UNAG.
La nota de despido emitida este miércoles por las autoridades de la UNAG.

Lo que estipula el artículo 116 del Código del Trabajo

Si el contrato es por tiempo indeterminado cualquiera de las partes puede hacerlo terminar dando a la otra un preaviso.

Durante el término de este el trabajador que va a ser despedido tiene derecho a licencia remunerada de un (1) día en cada semana a fin de que pueda buscar nueva colocación.

El preaviso será notificado con anticipación así:

  1. a) de veinticuatro (24) horas, cuando el trabajador ha servido a un mismo patrono de modo continuo menos de tres (3) meses;
  2. b) de una (1) semana, cuando le ha servido de tres (3) a seis (6) meses;
  3. c) de dos (2) semanas, cuando le ha servido de seis (6) meses a un (1) año;
  4. d) de un (1) mes, cuando le ha servido de uno (1) a dos (2) años ; y
  5. e) de dos (2) meses, cuando le ha servido por más de dos (2) años.

Dichos avisos pueden omitirse por cualquiera de las partes pagando a la otra la cantidad que le corresponda, según lo dispuesto en el artículo 118.

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