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Recomiendan a Honduras revisar o derogar leyes discriminatorias contra las mujeres

Por: Redacción CRITERIO.HN

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Tegucigalpa.-Para lograr el empoderamiento económico de las mujeres en Honduras, un informe de 2021 de ONU-Mujeres y la Secretaría General Iberoamericana (Segib) recomienda derogar o modificar artículos discriminatorios contenidos en cinco leyes vigentes, entre ellas la Constitución.

El documento titulado Avances y Retos Legislativos en Materia de Autonomía y Empoderamiento de las Mujeres de Iberoamérica menciona ocho áreas para alcanzar ese empoderamiento económico: La igualdad de género y no discriminación, libertad de elección de empleo, igualdad salarial, protección de la maternidad, la licencia de paternidad, seguridad social, cuidados y el trabajo doméstico remunerado.

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Con relación a la primera área, la recomendación es modificar el artículo 60 de la Constitución, “que continúa manteniendo que todos los hombres nacen libres e iguales en derechos” y no se menciona a la mujer. Además, realizar reformas a disposiciones discriminatorias para las mujeres sobre jefatura de hogar establecidas en el Código Civil.

Para el caso, el artículo 167 del Código Civil dice que: “El marido es el representante de la familia, y en su defecto la mujer”.

En lo relativo a la protección de la maternidad, recomienda aumentar a 14 semanas la licencia por maternidad, que es el piso mínimo establecido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuya remuneración debe ser asumido en su totalidad por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

En la actualidad, la ley establece una licencia por maternidad de diez semanas, cuatro antes y seis después del embarazo, durante la cual la mujer recibe su remuneración total, de la que el 66 % corre por cuenta del IHSS y el resto, por la empresa.

Si la licencia deja de suponer un coste para la empresa, se evita “que ello se convierta en una fuente de discriminación indirecta para las mujeres”, señala el informe realizado en 22 países.

La protección de la maternidad está regulada en la Constitución, en el Código del Trabajo, en la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer y en la Ley de Seguro Social, en las que deberán realizarse las modificaciones.

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En cuanto a la Libertad de elección de empleo, la recomendación es eliminar los artículos 127, 128 y 130 del Código del Trabajo, porque “limitan la libre elección de empleo a las mujeres no amparadas en la protección de la maternidad y lactancia, asimilándolas a los menores, en materia de protección laboral”.

Sobre la igualdad salarial, la sugerencia es la “ampliación del principio de igualdad de remuneración a trabajos de igual valor (y no solo a trabajos iguales)”, de acuerdo con lo que establece la OIT.

Otra de las recomendaciones tiene que ver con el trabajo doméstico remunerado, en el cual no hay derecho a un salario mínimo ni al pago de horas extras, tampoco la obligatoriedad del seguro social ni de un contrato escrito; además, el pago en especie (habitación y alimentos) está comprendido dentro de la remuneración y no hay una limitación de la jornada ni se especifica el descanso.

En ese sentido, recomienda la “asimilación plena de las condiciones de trabajadores/as domésticos/as remunerados/as con el resto de trabajadores/as”.

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Sobre la seguridad social, la recomendación es revisar “la densidad de cotización (haciéndola proporcional a las edades de retiro diferenciadas por sexo) en el derecho a la pensión por vejez”, ya que el artículo 116 del Reglamento General de la Ley del Seguro Social establece que el hombre debe tener una edad de 65 años y la mujer de 60, y ambos deben acreditar 180 cotizaciones mensuales.

En lo ateniente al área de cuidados, se recomienda el “reconocimiento del derecho a centros infantiles tanto a madres como a padres o, en su defecto, a las familias”.

La derogación o revisión de leyes discriminatorias, así como la formulación de nuevas, “es fundamental para el empoderamiento de las mujeres y las niñas y puede marcar una diferencia real en todos los ámbitos de sus vidas”, señala en una de sus conclusiones el informe de la ONU-Mujeres y Segib.

Alerta que la crisis por el Covid-19 ha supuesto para las mujeres un “alarmante aumento de violencia de género y un incremento en la carga de trabajo relacionada con el cuidado y la atención a las personas”.

Además, las mujeres están sintiendo de manera más aguda las consecuencias económicas de la pandemia debido a esa desigualdad y precarización laboral existentes desde antes que comenzara la emergencia.

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