Por: Redacción CRITERIO
Tegucigalpa. – “Permitir que el nuevo Código Penal entre en vigencia en contra de la voluntad de las mayorías sería temerario, y lo deslegitimaría frente a los ojos de propios y extraños”.
Esa es la conclusión básica del Centro de Documentación de Honduras (CEDOH) que este jueves presentó un estudio denominado: “El nuevo Código Penal y la actual situación de Honduras”.
Con los comentarios presentados en el estudio, que reflejan una profunda falta de consenso sobre el contenido del Código Penal de Honduras, es necesario que se abra un periodo de discusión que postergue su entrada en vigor, dice una de las conclusiones.
Victor Meza, director del Cedoh dijo que es necesario un nuevo Código Penal, pero que sea de verdad socializado con la ciudadanía no con organizaciones de la sociedad civil, porque a veces no se consulta sino que se convoca a unos cuantos auto llamados representantes de la sociedad civil y se dice que ya fue consensuado un documento.
Y apuntó categóricamente que la sociedad civil no tiene representantes, no puede tenerlos. Hay representantes de organizaciones de sociedad civil, pero no de sociedad civil como un ente abstracto, porque la sociedad civil somos todos; es todo lo privado frente a lo público.
El objetivo sería lograr una depuración de los artículos que por su carácter amplio o vago puedan ser instrumentalizados y derivar en una vulneración de las garantías judiciales y de debido proceso.
Permitir que el actual Código entre en Vigencia en contra de la voluntad de las mayorías sería temerario, y lo deslegitimaría frente a los ojos de propios y extraños, además de permitir que algunos se refugien en él para evitar recibir el castigo que se merecen por sus delitos contra los intereses de la sociedad hondureña.
Al analizar el contenido de este nuevo Código, a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, se considera que este es lesivo ya que tutela en mayor medida el bien jurídico de propiedad privada, más que a Ia persona humana.
Además, puede ser utilizado para criminalizar, a cualquier organización que apoya acciones de los movimientos sociales. En los debates desarrollados por el Congreso Nacional se ha escuchado diversos sectores de Ia sociedad civil, pero no se han tomado en cuenta sus propuestas. El proceso ha sido muy cerrado.
En el tema del aborto no se tomaron en cuenta los planteamientos de las organizaciones feministas, al momento de discutir y aprobar el delito de usurpación no hubo diálogo con las organizaciones campesinas, (violencia intrafamiliar) y en materia de delitos sexuales; violación, incesto, estupro, otras agresiones sexuales (actos de lujuria), representa grandes retrocesos en los avances que el movimiento feminista había logrado. Es desalentador saber que las penas serán disminuidas ya que naturaliza la violencia que enfrentan las mujeres y generará un impacto social negativo en las víctimas.
La imposición, sin duda, sería muy costosa en la aspiración de modernizar y democratizar a Honduras.
Tanto el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), corno otras organizaciones nacionales e internacionales, así come destacados analistas, han advertido que con un minuto que esté vigente el CPH a partir del 10 de noviembre, al existir la opción constitucional de la aplicación retroactiva de la Ley en materia penal cuando ésta beneficia al reo (Art. 86 CPH), debe preverse el volumen de solicitudes que presentarán para beneficiar a muchos que hoy guardan prisión.
Público participante en la presentación del estudio del CEDOH
“El nuevo Código Penal y la actual situación de Honduras”
En la práctica se puede consumar una especie de «amnistía» para delitos comunes. Como lo subraya un análisis que hizo público la Universidad Tecnológica Centroamericana (UNITEC), el Código Penal, como instrumento de política criminal del Estado de Honduras, tiene una relevancia indiscutible, y, en la coyuntura actual, una trascendencia critica. Así como esta, Ia normativa presenta vacíos, incoherencias y peligros, que, posiblemente, solo vendrán a inflamar Ia conflictividad que tiene confrontados a varios sectores de Ia población en Ia actualidad. ¿Dónde se pone el acento crítico? En resumen:
-La amplia discrecionalidad que at Código otorga a los jueces, cuando at actual sistema judicial, como se expuso en los primeros apartados de este documento, dista de alcanzar los estándares de autonomía, profesionalización a idoneidad requeridos. En las condiciones actuales se cargará excesivamente at sistema, rebasando su capacidad operativa.
-La inclusión de sanciones que conllevan violaciones a derechos, garantías y libertades ya adquiridas.
-La tipificación hecha de delitos tales como reuniones y manifestaciones ilícitas, perturbación del orden o terrorismo, al haberse incluido de manera muy amplia, por lo que pueden aplicarse arbitrariamente y a beneficio de los intereses de ciertos grupos y en detrimento de otros.
-La profundización de la capacidad estatal de intervenir en la vida de las personas por medio del Derecho Penal. Esta normativa exacerba innecesariamente la función tutelar del Estado al trasladar muchas materias que ya están siendo conocidas por el Derecho Administrativo y que son sancionadas por esa normativa, en caso de lesionar algún interés jurídicamente protegido. Con la adopción de esta posición se desconoce el principio de subsidiariedad en materia penal, el cual establece que el Estado debe procurar la utilización de sanciones menos lesivas a los intereses de los ciudadanos, siendo el Derecho Penal la Última ratio o último recurso, y de aplicación excepcional.
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–La falta de análisis operativo del efecto que tendrá para el actual sistema judicial la reducción de penas a muchos de los delitos para los que se regulan penas mayores en el Código Penal vigente.
-En el Proyecto de nuevo Código Penal se incluye la tutela de un bien jurídico denominado Orden Público, este no tiene categoría para ser tutelado porque no atañe directamente a las personas, sino que lo que busca es proteger un sistema político antidemocrático y los bienes. Con este tipo penal lo que hacen es olvidarse de la persona humana y proteger el sistema frente a quienes quieren oponerse a este.
Al analizar el contenido de este nuevo Código, a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, se considera que este es lesivo ya que tutela en mayor medida el bien jurídico de propiedad privada, más que a la persona humana.
Finalmente se señala que es importante definir acciones conjuntas que reduzcan la ya existente ruptura entre las instituciones del Estado y la población. Lo que se debate en el país no se reduce a un conjunto de penas: en realidad, su trasfondo es el futuro de la gobernabilidad hondureña, que o se hunde en el autoritarismo o emprende una nueva y efectiva transición a la democracia.
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Tengo algunos años de experiencia y me encanta practicar el periodismo incómodo que toque los tinglados del poder, buscando cambios en la forma de gobernar y procurar el combate a la corrupción, develando lo que el poder siempre quiere ocultar. Ver todas las entradas