Yani Rosenthal siente pesar por JOH

Juan Orlando Hernández, el hombre que intentará refutar la orden de extradición de la justicia estadounidense

 

Por: Viena Hernández

Tegucigalpa. – Muchas preguntas surgen en vísperas de la audiencia de evacuación de medios de prueba del proceso del proceso de extradición del expresidente Juan Orlando Hernández, donde tratan de descifrar qué escenarios vendrían si la defensa apela a la orden de extradición y qué medios de prueba podrían presentar para refutar ante la justicia de una de las potencias del mundo: Estados Unidos.

Mañana 16 de marzo se llevará a cabo esta segunda audiencia esperada por muchos y temida por otros, donde se decidirá si procede o no la solicitud de extradición contra el denominado por Estados Unidos “capo del narcotráfico”.

Uno de los representantes legales del extraditable, manifestó que la embajada de Estados Unidos hizo llegar ayer lunes 14 de marzo la documentación de pruebas para solicitar que Hernández comparezca ante la justicia estadounidense, al juez natural designado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para conocer el proceso de extradición, Edwin Francisco Ortez Cruz.

La defensa podrá rebatir los medios de prueba y dar su opinión y proponer los suyos, sin embargo, el abogado penalista, Raúl Suazo, expresó que, tal como suscitaron las otras 32 sentencias anteriores, este solo es un procedimiento de segundo grado.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) llama procedimiento de segundo grado cuando no están obligados a determinar la inocencia o culpabilidad del señalado, sino establecer si la solicitud de extradición cumple con los requisitos formales del tratado suscrito en 1909, ampliado en 1927 y el auto acordado de la Corte Suprema en el año 2013.

El auto acordado establece que la audiencia puede durar entre uno a varios días, en los que pueden desarrollarse varias sesiones. El tratado de extradición y el auto acordado indican que decidir entre la inocencia o culpabilidad sería entrometerse en la justicia de Estados Unidos.

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¿SE HA NEGADO SOLICITUDES DE EXTRADICIÓN?

En los años noventa, Honduras denegó la solicitud de extradición del exjefe de la policía de Haití, Michel Francois, acusado por Washington por vínculos con el narcotráfico.

El veredicto causó polémica, según el magistrado Marco Tulio Alvarado, los argumentos de la Embajada de Estados Unidos en Tegucigalpa, no eran suficientes para proceder a la extradición.

En ese entonces, resaltó que el tratado bilateral señala que la extradición procede si el acusado cometió delito en territorio bajo jurisdicción de Estados Unidos, sin embargo, los hechos ilícitos imputados a Francois ocurrieron en Haití.

Tras la caída del régimen militar haitiano de Raoul Cedras (1991-1994), Francois llegó a Honduras junto con Frank Romain, exalcalde de Puerto Príncipe, luego, el gobierno hondureño les concedió asilo político para ayudar a la restauración de la democracia en Haití.

Ahora, la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York acusa a Juan Orlando Hernández por al menos tres delitos. El primero, conspiración para poseer, importar, fabricar y distribuir una sustancia controlada a los Estados Unidos. Dos, usar o portar armas de fuego o ayudar e instigar al uso, el porte y la posesión de armas de fuego en apoyo de la conspiración de importación de narcóticos. Tercero, conspiración para usar o portar armas de fuego, incluyendo ametralladoras y dispositivos destructivos en apoyo a la conspiración de importación de narcóticos.

En ninguno de los 32 procesos de extradición anteriores estuvieron presentes algún apoderado legal designado por Estados Unidos, pues solo se presenta la documentación.

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ESCENARIOS POR APELACIÓN DE DEFENSA DE HERNÁNDEZ

En caso de declaran “no ha lugar” la solicitud de extradición se daría tres días a la otra parte para que conteste a la apelación ante los quince magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

El analista y abogado Oliver Erazo, explicó a Criterio.hn que en caso que la defensa de Hernández apele a la orden de extradición como ya lo han anunciado se deben considerar distintos panoramas.

Si el juez estima “con lugar” la petición de extradición, entonces el auto acordado a través de esta resolución es susceptible al recurso de apelación y, si la defensa de Hernández apela, entonces, el tribunal de apelación que sería nombrado por el pleno de magistrados puede denegarla o, en su defecto, estimar el recurso.

Pero, no es tan sencillo, porque se debe considerar que el juez natural haya violentado alguna disposición procedimental, algún derecho fundamental o convencional de Hernández, de suceder, uno de los escenarios es que se niegue la apelación, entonces queda la opción de presentar un recurso de amparo.

En tal caso, la defensa de Hernández tendría que alegar la violación de alguna garantía constitucional o algún derecho constitucional.

Hasta ahora se desconoce que la defensa pueda acreditar que Hernández tenga juicios pendientes en Honduras que generen órdenes de captura para que el juez natural dicte “no ha lugar” a la solicitud de extradición.

No obstante, si fuera el caso, Erazo expresó que sería lógico que Hernández quedaría en libertad, porque en el país no existe algún proceso en su contra.

Para evitar otorgar la petición de extradición, uno de los requisitos es que haya un procedimiento en Honduras, pero esos son posibles escenarios procesales que menciona el auto acordado. En realidad, el expediente y la información procesal de la “notitia criminis” es una cosa y lo que tiene el juez natural es distinto.

Se conoce como «notitia criminis», el término genérico que comprende las distintas vías por las cuales la autoridad encargada de adelantar las indagaciones iniciales tiene conocimiento acerca de la posible ocurrencia de hechos o situaciones que pueden configurar la comisión de delitos o dar a entender.

El togado razonó sobre el contexto actual en torno a Hernández y añadió a su análisis: “No creo que Estados Unidos haya extendido una solicitud de extradición sin tenerla plenamente fundamentada”.

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