liberar los defensores de Guapinol

Honduras excarcela a 2,700 privados, pero se ensaña con los ambientalistas de Guapinol

Por: Redacción CRITERIO.HN

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Tegucigalpa, Honduras.- “Entré en la Casa de la Justicia de mi país y comprobé que es un templo de encantadores de serpientes (…) Y todo se consuma bajo esa sensación de ternura que produce el dinero”, estas son estrofas, vigentes hoy en día, del poema La Casa de la Justicia del hondureño Roberto Sosa, fallecido el 2011. Esas rimas están más vigentes que nunca, cuando expertos en derecho penal manifiestan que la justicia de Honduras se ha vuelto selectiva y que no toca a los poderosos, enseñándose solamente contra los humildes hondureños.

Según registros de la Coordinación de los Juzgados de Ejecución del país, más de 2,700 privados de libertad han sido beneficiados con diferentes figuras que permiten su excarcelación, durante el período de emergencia ocasionado por la pandemia Covid-19 (marzo a septiembre de 2020), informó este martes el Poder Judicial de Honduras.

Aparte de las excarcelaciones por Covid-19, están las excarcelaciones por la aprobación del nuevo Código Penal, que benefició a uno de los implicados en el saqueo al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), Mario Rojas, quien obtuvo su liberación con la entrada en vigencia de la nueva normativa. Rojas, tío de Mario Zelaya, quien es uno de los cabecillas del escandaloso robo y que fue acusado por la Fiscalía por lavado de activos en uno de los sonados casos del Seguro Social. Mario Rojas se desempeñaba como presidente de la Federación de Béisbol de Honduras al momento de la captura el 1 de abril de 2016.

También están las excarcelaciones por las casaciones, como es el caso de la ex primera dama Rosa Elena Bonilla de Lobo (esposa del expresidente Porfirio Lobo Sosa 2010-2014) quien salió de prisión en julio de este año, después de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ), aceptará la casación, ordenará la repetición del juicio y le concediera el derecho para defenderse en libertad.

Pero la justicia de Honduras no ha actuado igual con los ambientalistas de Guapinol, quienes están presos por delitos que no ameritan la prisión preventiva, y que todavía peor, no han gozado de ningún beneficio ni por la pandemia ni por la entrada en vigencia del nuevo Código Penal. Contra ellos la justicia es implacable.

Justicia selectiva, dice Omar Menjívar

Hay que recordar que el sistema de justicia de Honduras revocó el sobreseimiento definitivo a favor de cinco defensores ambientales de Guapinol y ordenó el procesamiento formal de los imputados junto a otros ocho defensores que se encuentran en prisión preventiva desde hace un año, por los supuestos delitos de incendio agravado en perjuicio de la empresa minera Los Pinares y privación injusta de libertad contra Santos Corea, el jefe de una empresa de seguridad contratada por la minera.

Este es un asunto que ratifica el proceder de la justicia de Honduras que tiene una característica fundamental de ser selectiva, la justicia se aplica selectivamente y no con criterios objetivos que establece la ley y que se derivan de condiciones objetivas que presenta personalmente cada imputado, los hechos que lo vinculen al proceso, la naturaleza del hecho y, sobre todo, lo que dice la ley, dice el experto en derecho penal Omar Menjívar.

“Chabelo” Morales vs Rosa Elena de Lobo

“Hay varia gente que ha sido beneficiada y no es que cuestione yo si está fuera de la ley o no, por ejemplo en el caso de Rosa Elena Bonilla, no se le excarceló por la pandemia ni por la aplicación del nuevo Código Penal que salió, fue porque se le declaró con lugar un recurso de casación en el que se le dio la razón a la defensa pero no en el fondo, la casación no fue porque se le declaró inocente o culpable, de acuerdo con la sentencia que emitió la Corte correspondía dejarla en libertad porque nadie puede estar en una cárcel más de dos años sin una sentencia que le condene (…) pero por ejemplo, en el caso de José Isabel Morales, “Chabelo”, pasó que se le condenó por un homicidio en un primer juicio, interpusimos recurso de casación y fue declarado con lugar y no por vicios de forma sino por cuestión de fondo, en el sentido de que se cometió infracción de precepto constitucional, y nada más y nada menos que aquel que dice que ninguna persona puede ser tenida como culpable mientras no se le pruebe lo contrario, es decir, que la sentencia decía que a Chabelo se le condenó sin que la otra parte demostrara que era culpable. Es decir, se condenó a un inocente; ahí correspondía que la Corte anulara la sentencia y lo declara inocente, sin embargo, la ley no lo dejó en libertad, sino que ordenó que se repitiera el juicio. El Tribunal de sentencia tenía que poner en libertad a Chabelo, porque a esas alturas llevaba 4 años privado de libertad, sin una sentencia que lo condenara; pero qué pasó, estuvo 7 años en prisión preventiva, y fue hasta en un tercer juicio, porque en el segundo juicio lo volvieron a condenar cometiendo el mismo error, donde el Tribunal de Sentencia por fin le permitió defenderse en libertad. En conclusión, vemos cómo para unos la justicia sí funciona, como en el caso de Rosa Elena, que se le va a repetir el juicio, y para otros, que no tienen ninguna vinculación con el poder, como Chabelo, entonces para esos hay un ensañamiento”, explica el abogado Menjívar.

Caso Mario Rojas, tío de Mario Zelaya vs ambientalistas de Guapinol

Menjívar dice que en el otro caso, el señor Mario Rojas, a este sí le aplicaron lo que dice el nuevo Código Penal que a la persona que pase los 70 años, en el caso del señor, puede obtener la libertad condicional, pero esta no es una libertad definitiva y queda sometido a otras medidas de control de parte del Juzgado de Ejecución, pero yo, la experiencia que tengo, después del decreto del Congreso Nacional para que las personas que tuvieran una enfermedad de base por esto de la pandemia Covid-19, y que pudiera representar riesgo de muerte, diabéticos, hipertensos u otras enfermedades, se les aplicara el beneficio, pero yo he presentado al menos tres casos en los que las personas que están en prisión preventiva, casualmente las tres con hipertensión y diabetes, acreditados debidamente, y el juez simplemente ha denegado la suspensión de una manera arbitraria.

“Existe una cualidad que caracteriza al Poder Judicial nuestro, al sistema de justicia, actúa de manera selectiva y discriminatoria”, confiesa el abogado.

Concluye que en el caso de los defensores de Guapinol lo que hay es un uso abusivo del derecho penal, porque se les está acusando por hechos que no constituyen delito en primer lugar, en segundo, digamos que fuera cierto que habrían incurrido en esos hechos, de ser cierto, nadie por esos delitos está en prisión preventiva. Por ejemplo, por los delitos de usurpación y daños a nadie se le mete preso, ni siquiera cuando se le condena, antes con el Código Penal estaba la figura de la conmuta para pagar los días de cárcel con dinero, entonces para estos delitos nadie iba preso, y mucho menos durante el proceso. Entonces, sin embargo, a los defensores de Guapinol se les metió preso por usurpación y por daños. Pero no solo eso, se les acusó ante una jurisdicción que fue creada para enjuiciar a la criminalidad organizada, a sujetos que cometían delitos siendo parte de una organización criminal, que cometen delitos por cuenta y encargo de la organización criminal. Ese trato se les ha dado. Se les aplica las hipótesis de investigación criminal más severas a través de los medios más severos y en la jurisdicción más severa. Eso ratifica el carácter selectivo que tiene la justicia nuestra.

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