Con relación a las medidas de reparación en el ámbito económico, Honduras deberá pagar más de USD 2 millones [aproximadamente L 51,046,800.00], entre los tres exmagistrados y la exmagistrada, por concepto de compensación por la imposibilidad de retornar a sus funciones, daño material e inmaterial y gastos, entre otros
Tegucigalpa. – La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) condenó al Estado de Honduras por la destitución arbitraria de cuatro de los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional, en lo que fue denominado en 2012 como un golpe técnico al Poder Judicial.
El caso es denominado Gutiérrez Navas y otros vs. Honduras, y en el centro de la defenestración perpetrada la madrugada del 12 de diciembre de 2012 está el exmandatario Juan Orlando Hernández, JOH, entonces presidente del Congreso Nacional.
Meses previos a su destitución, cuatro de los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional declararon inconstitucionales las Redes Especiales de Desarrollo (RED) –antecesora a las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE)– y las pruebas de confianza realizadas a agentes policiales mediante la Ley de Depuración Policial, entre otras.
En ambas ocasiones, el voto en contra fue el del entonces magistrado Óscar Fernando Chinchilla, quien posteriormente fue designado como fiscal general del Ministerio Público, cumpliendo dos mandatos de cinco años cada uno, pese a que no podía reelegirse en el cargo.
Tras los fallos, el entonces presidente Porfirio Lobo Sosa reaccionó molesto, atacando verbalmente a los magistrados José Antonio Gutiérrez Navas, José Francisco Ruiz Gaekel, Gustavo Enrique Bustillo Palma y la magistrada Rosalinda Cruz Sequeira.
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Ante la embestida por parte del Poder Ejecutivo el 5 de diciembre de 2012, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia se pronunciaron pidiendo se respetase el principio de separación de poderes.
Siete días después de este pronunciamiento por parte del Poder Judicial, a la 1:31 de la madrugada del 12 de diciembre de 2012, el Congreso Nacional destituyó a los magistrados que impedían los proyectos de ley que finalmente fueron aprobados en 2013.
COOPTACIÓN DE ÓRGANOS JUDICIALES MENOSCABA CONTROLES SOBRE EL EJERCICIO ARBITRARIO DEL PODER: CORTE-IDH
La Corte-IDH “declaró la responsabilidad internacional del Estado de Honduras por la violación de las garantías judiciales, los principios de legalidad e independencia judicial, así como los derechos políticos, a la protección judicial, a la estabilidad laboral y a la integridad personal de los magistrados”.
Mediante un comunicado, el Tribunal regional recordó que previo a la destitución de los magistrados y la magistrada, el Congreso Nacional designó una comisión especial para investigar la conducta administrativa de estos. Dos días después “la comisión presentó un informe en el que recomendó́ al Congreso valorar los hechos y considerar la destitución de los magistrados”.
En el fallo, la Corte-IDH determino que la destitución de los magistrados y la magistrada fue realizada por una autoridad que carecía de competencia, lo que a su vez constituyó una violación de la garantía de independencia judicial.
Además, concluyó que la acción constituyó una desviación de poder dado que el Congreso Nacional utilizó la facultad de aprobar o desaprobar la conducta administrativa del Poder Judicial para castigar a los magistrados y a la magistrada por sus decisiones y ejercer presión externa sobre el Poder Judicial.
Entre otras resoluciones, la Corte determinó que Honduras violó las garantías judiciales, la protección judicial y la integridad personal de las víctimas debido a la falta de investigación, eventual juzgamiento y sanción de los responsables de los actos de hostigamiento y amenaza alegados por las víctimas.
Recordó que entre los objetivos principales de la separación de poderes públicos en el sistema republicano, esta garantizar la independencia de los jueces, por lo que los sistemas políticos han ideado procedimientos estrictos tanto para nombramientos como destituciones.
“La cooptación de los órganos judiciales por otros poderes públicos afecta transversalmente a toda la institucionalidad democrática, y en esa medida constituye un riesgo para el control del poder político y la garantía de los derechos humanos, pues menoscaba las garantías institucionales que permiten el control del ejercicio arbitrario del poder”, remarcó la Corte.
CORTE ORDENA INDEMNIZACIÓN DE MÁS DE USD 500 MIL A CADA MAGISTRADO
Entre las medidas de reparación, la Corte-IDH determinó la indemnización de los magistrados y la magistrada. Los montos ascienden a USD 515 mil [aproximadamente L 12,761,700.00] por persona, para un total de USD 2,060,000 [aproximadamente L 51,046,800.00] y se dividen de la siguiente forma:
- USD 80 mil en compensación por la imposibilidad de retornar a sus funciones como juez (cada uno).
- USD 400 mil por concepto de daño material en favor de cada una de las cuatro víctimas de este caso.
- USD 25 mil a favor de cada una de las víctimas, a título de indemnización por daño inmaterial.
- USD 10 mil por concepto de gastos en favor de cada una de las víctimas
La Corte también ordenó al Estado regularizar las aportaciones al régimen de jubilaciones de los cuatro magistrados desde el momento de su destitución hasta aquel en que habría culminado el periodo para el cual habían sido designadas como magistrados de la Corte Suprema de Justicia. En cuanto a costas en favor de los representantes de las víctimas esta asciende a USD 30,000 mil.
Otras reparaciones incluyen la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad por parte del Estado; la publicación, en el plazo de seis meses, del resumen oficial en el diario oficial La Gaceta y un medio de comunicación de amplia circulación nacional; y la disponibilidad en un sitio web oficial de la sentencia en su integridad por un período de un año.
De igual forma, la Corte-IDH ordena la adopción de medidas legislativas y de otro carácter necesarias para adecuar el ordenamiento jurídico interno a los estándares establecidos en la sentencia respecto a la estabilidad e inamovilidad en el cargo de quienes ejercen la función judicial.
Gutiérrez Navas y otros vs. Honduras no es el primer caso en conocer la Corte Interamericana de Derechos, que involucra la destitución de jueces del Poder Judicial. Anteriormente, falló en el caso López Lone y otros, que alude a la destitución de cuatro jueces a través de “procesos disciplinarios” iniciados por conductas de las víctimas en defensa de la democracia y el Estado de Derecho en el contexto del golpe de Estado de 2009.
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Amante de la historia y la lectura, en permanente búsqueda del ritmo en las narrativas. Soy una periodista incisiva, las contradicciones son una invitación a investigar y la normalidad está sobrevalorada. Me rehúso a sobrevivir dentro de los pensamientos erróneos de una sociedad asfixiante. Investigo y construyo reportajes sobre el modelo extractivista y su impacto en los derechos humanos de los pueblos ancestrales, grupos vulnerabilizados y sociedad en general. Ver todas las entradas