Daniel Esponda

¿Es Honduras realmente un Estado laico?

Las creencias religiosas han sido impuestas históricamente en Honduras desde las instituciones del Estado.

Tegucigalpa. – Laicidad, libertad de culto, Estado laico, educación laica, perspectiva de género, derechos, religión. Estas palabras, sencillas para algunos, escandalosas para otros, han causado controversia y división en la sociedad hondureña. Ante esta controversia surgen preguntas: ¿cómo garantizar la laicidad del Estado? ¿cómo garantizar la libertad de culto?, ¿cuáles son las diferencias entre estos dos conceptos y cómo se relacionan con el Estado?, pues bien, en esta oportunidad aclararemos algunos términos.

Pero antes de entrar en la materia y conocer el abordaje de analistas consultados por Criterio.hn, daremos un poco de contexto.

El pasado 21 de junio, se conoció a través de redes sociales y medios de comunicación una circular de la Dirección General de Modalidades Educativas (DGME), de la Secretaría de Educación Pública, mediante la cual se instruía al personal eliminar todo tipo de manifestaciones religiosas en procesos de capacitación, talleres, reuniones y actos oficiales.

Esta instrucción le costó el puesto al director general de Modalidades Educativas, Ilich Valladares.

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LA FRASE

“Quiero garantizar como católico y respetuoso de la Constitución de la República que, establece la libertad de culto, jamás desde esta Secretaría se promoverá prohibiciones al libre ejercicio de todas las religiones, ni dentro de la Secretaría y mucho menos en los centros escolares del país”: Daniel Esponda, secretario de Estado en el despacho de Educación

El tema, que generó controversia ante la opinión pública, fue considerado por analistas, políticos y personas defensoras de derechos humanos, como una cortina de humo para desviar la atención de la tragedia en la Penitenciaria Nacional Femenina de Adaptación Social (PNFAS) mediante la cual 46 privadas de libertad perdieron la vida en un escenario violento.

Esta situación ha abonado a la polarización religiosa y a la construcción de mensajes de odio.

En esta oportunidad Criterio.hn desarrolla una verificación sobre lo publicado por el ministro de educación, quien dice ser “católico y respetuoso de la Constitución de la República”.

El sábado 22 de julio las iglesias católica y evangélica protagonizaron una protesta en Tegucigalpa demandando a la presidenta Xiomara Castro vete la Ley de Educación Integral de Prevención al Embarazo Adolescente, al considerar que atenta contra los valores cristianos. (Foto: Horacio Lorca-Criterio.hn)

¿QUÉ ES LA LAICIDAD?

La injerencia histórica de los diversos grupos religiosos en la toma de decisiones es cada vez más evidente. Para algunos analistas, esta presencia religiosa limita el desarrollo de políticas públicas que beneficien a las poblaciones vulnerabilizadas.

El filósofo político, Michelangelo Bovero (2013), señala “la laicidad […] es definida en primer lugar por la independencia de juicio respecto a las afirmaciones o creencias avaladas por una autoridad. La laicidad es ausencia de dogmas, de lo que es impuesto, aceptado y creído como irrefutable. El principio teórico del pensamiento laico es, por tanto, antidogmático”.

Sin embargo, se ha hecho común en diferentes espacios, reuniones, presentaciones o actos oficiales, que, como primer punto desarrollan actividades religiosas, una práctica que han utilizado históricamente los gobiernos de Honduras y que se profundizó posterior al golpe de Estado de 2009.

El teólogo hondureño, Lorenzo Cáceres, dijo a Criterio.hn que la laicidad es el reconocimiento y respeto a la autonomía de los derechos o pensamientos en el ámbito político y civil respecto a lo religioso, es decir, la separación entre la esfera terrenal de aprendizajes, normas y garantías que todos debemos compartir y el ámbito íntimo del Estado y en forma individual de las personas.

Ante la marcada injerencia que tienen los grupos religiosos en la agenda estatal, el reverendo Jorge Joel Rodríguez, clérigo de la United Methodist Church, de la Conferencia del Pacífico Noroeste de Estados Unidos de América, señala que el problema de Honduras es que “vivimos en un Estado laico que no es laico, en realidad lo que se vive en Honduras, es la inexistencia de un Estado laico como tal”.

Uno de los principales debates que trae al cuestionamiento sobre si realmente somos un Estado laico, es por la controversia que ha generado la aprobación de la Ley Integral de Prevención de Embarazos en Adolescentes, ley que aún no ha sido sancionada por la presidenta Xiomara Castro y que los grupos fundamentalistas religiosos se han pronunciado en contra.

Además, la participación de representantes del gobierno en manifestaciones de los grupos religiosos en contra de esta política pública como el designado presidencial Salvador Nasralla, cuyos mensajes, según las organizaciones defensoras de derechos humanos generan discursos de odio en contra de mujeres y personas de la diversidad sexual. Dos poblaciones altamente vulnerabilizadas.

Para Griselda Gonzales, consultora en derechos humanos, Honduras es un claro ejemplo de como “el fundamentalismo religioso permea, tanto a la sociedad como a legisladores y servidores públicos”.

Ante este panorama, Gonzales advierte que es difícil para las instituciones públicas desarrollar sus funciones cuando se tiene titulares que orientan toda la actuación desde sus propias creencias.

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¿QUÉ ES LIBERTAD DE CULTO?

La Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 18 asegura que todas las personas tenemos derecho a nuestras propias creencias, a tener una religión, a no tener ninguna o a cambiarla.

En ese sentido, tal como lo explicó Lorenzo Cáceres, la libertad de culto o libertad religiosa es un derecho fundamental de todos los humanos en una sociedad legalmente constituida y en democracia, que prioriza el respeto a los derechos y deberes de sus ciudadanos.

La libertad de culto, se refiere a la opción de cada ser humano de elegir libremente su religión. Además, Lorenzo Cáceres explicó a Criterio.hn que podría ser, también, una opción al rechazo a pertenecer a una religión o secta determinada.

En Honduras, la Constitución de la república establece en el artículo 77 que “se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones y cultos sin preeminencia alguna, siempre que no contravengan las leyes y el orden público”.

Sin embargo, con las manifestaciones religiosas por parte de funcionarios, se estaría violentando este derecho, porque va en detrimento de las creencias de las personas, por ser una sociedad con una diversidad religiosa.

“Si vamos a hablar de respeto a las creencias religiosas de las personas, tenemos que conocer el corán, la biblia, el budismo y otras religiones” señaló Cristina Alvarado, del Movimiento de Mujeres por la Paz Visitación Padilla.

LA BIBLIA, BASE PARA LA POLARIZACIÓN DE LA SOCIEDAD:

Actualmente en Honduras pareciera que las religiones y los derechos humanos están en conflicto entre sí, lo que para algunos analistas se traduce en polarización de la sociedad, más allá de la polarización política por la que atraviesa el país.

Las discusiones sobre si en las escuelas se debe implementar la educación sexual para prevención de embarazos, están a la orden del día, y las autoridades han demostrado que lo primordial es no tener un conflicto religioso, dejando de lado la verdadera problemática: Los más de 142,000 embarazos de niñas entre ocho y 14 años que en su mayoría han sido víctimas de abuso sexual.

El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) señala “todo embarazo en una niña de menos de 14 años debe considerarse no consentido y, por tanto, producto de violencia sexual, excepto en los casos donde las relaciones sexuales son entre pares”.

Esta realidad, para la mayoría de niñas que se convierten en madres, supone dejar de lado su derecho a la educación y su derecho a gozar de una infancia plena, para enfrentarse a la normalización de la sociedad de ser madre a temprana edad.

Las funcionarias y funcionarios públicos, al poner de manifiesto su religión en el desarrollo de sus funciones –como el caso de Daniel Esponda—, para la consultora en derechos humanos, Griselda Gonzales, no tienen nada de laicidad, y “es estar dirigiendo un país o un Estado desde el fundamentalismo religioso. Pareciera que están legislando o tomando decisiones en materia de política pública con la biblia”.

Esas actuaciones complican aún más el desarrollo de políticas públicas porque, según Griselda Gonzales, hay una dicotomía y un dilema moral entre, si el Estado debe o no meterse en la formación de la familia, pero aclara “cuando se trata de derechos humanos el Estado debe ser el que lleve la batuta, el que lleve la guía”.

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El ministro de Educación, Daniel Esponda, ha impuesto su fe católica por encima de la laicidad del Estado, argumentando una falsa libertad de culto. (Foto: Horacio Lorca-Criterio.hn).

EDUCACIÓN LAICA VRS IGLESIAS

Una de las acciones que generó malestar en una parte de la sociedad, especialmente en las organizaciones defensoras de derechos humanos fue el momento cuando el Daniel Esponda rompió la Guía de inclusión de género en el aula, un material desarrollado para docentes. Una acción que fue repudiada por las organizaciones de mujeres y feministas.

Para Cristina Alvarado, esa acción del ministro de Educación es lamentable porque “deja sentado más ignorancia respecto a políticas que abordan los derechos de las mujeres, una mirada más inclusiva para las niñas y reconocimiento de los derechos de las niñas, tanto en los espacios públicos como privados”.

Además, el ministro de Educación, llamó a los diferentes grupos religiosos a participar el la creación del reglamento de la Ley Integral de Prevención de Embarazos en Adolescentes, dejando de lado que el Estado de Honduras y la educación son laicos.

Ante esto, el reverendo Jorge Joel Rodríguez es de la opinión que “las Iglesias –de cualquier denominación— no deben, ni pueden, ni tan siquiera deberían participar en procesos de formulación, creación, presentación y modificación de leyes que le competen estrictamente al Estado”.

El reverendo además advirtió “si la Iglesias se toman la ley por las manos o desde el púlpito, es un grave atentado contra la democracia. En Honduras desafortunadamente existe una polarización mediática y política que toma de base la biblia y la religión”.

Desde las organizaciones de mujeres, quienes han trabajado en las propuestas de políticas públicas para contrarrestar las diferentes violencias que sufren las mujeres y niñas en el país que registra la segunda tasa de embarazos en adolescentes de América Latina, han hecho hincapié que no están en contra de la existencia de las religiones, sino en las múltiples violaciones a los derechos humanos.

“No estamos de acuerdo que intervengan instituciones religiosas en el establecimiento de políticas públicas y particularmente en materia de educación sexual Integral para la prevención de embarazos en adolescentes, cuando han tergiversado toda la información”, señaló Cristina Alvarado.

Además, la Ley Fundamental de Educación establece en su artículo 13 que la educación se fundamenta en la Constitución de la República e instrumentos internacionales de derechos humanos, teniendo la laicidad como uno de sus principios.

La Campaña Latinoamericana por el Derecho a la Educación (CLADE), establece que la laicidad se encuentra estrechamente interrelacionada con la agenda de los derechos humanos y consecuentemente también con la agenda educativa.

En ese sentido, la CLADE recomienda a los Estados Latinoamericanos a resaltar la importancia de la laicidad en el pleno reconocimiento de la libertad de conciencia, la autonomía, y muy especialmente de los derechos humanos de las mujeres, de la perspectiva de género, del enfoque de la diversidad sexual y la identidad de género, en -y a través- del ámbito educativo.

Criterio.hn concluye que Daniel Esponda al referir que garantiza “como católico y respetuoso de la Constitución de la República”, el respeto a la libertad de culto es engañoso ya que, pese a que la Constitución de la República de Honduras garantiza la libertad de culto, también enfatiza en que el Estado es laico, es decir, no se puede desde la institucionalidad del Estado, promover o parcializarse hacia una creencia religiosa y las políticas estatales deben ir encaminadas libremente, sin atadura de ninguna influencia política o religiosa teniendo como eje central a la persona humana, que es el fin supremo de la sociedad y del Estado, mandato establecido en el artículo 59 de la Constitución de la República.

  • Breidy Hernández
    Amante de la lectura y la naturaleza, una mujer con la convicción firme que todos podemos hacer cambios significativos en la sociedad, por eso mi objetivo es exponer las injusticias que adolece la ciudadanía. Busco incidir, a través del periodismo, en la defensa y promoción de los derechos humanos, evitando caer en la complicidad de callar ante las injusticias y la corrupción. breidyhernandez@criterio.hn

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