El derecho a la salud frente a la pandemia

El derecho a la salud frente a la pandemia del coronavirus

 

Por: Ana A. Pineda, Edy Tábora, Claudia Hermannsdorfer y Joaquín A. Mejía Rivera*

Frente a la crisis que ha generado la propagación del Coronavirus, el régimen de Juan Orlando Hernández ha realizado un importante esfuerzo financiero que hasta el momento no se ha reflejado en el mejoramiento del sistema nacional de salud. En este sentido, el Estado ha sido incapaz de responder debidamente a las exigencias de la emergencia provocada por la pandemia del COVID-19. La pregunta que esta situación genera es: ¿dónde están los millones de lempiras aprobados para garantizar el fortalecimiento de la provisión de servicios con recurso humano, equipamiento médico, adquisición de insumos, materiales y equipos de protección personal para responder adecuadamente ante esta emergencia?

Sin duda alguna, la respuesta puede encontrarse en un hecho incontestable: la corrupción generalizada que azota al país, la debilidad institucional para enfrentarla y para luchar firmemente contra ella, contra los flujos de capitales y contra el fraude fiscal. En este orden de ideas, el Consejo Nacional Anticorrupción nos alerta del avanzado cáncer de la corrupción al denunciar que, en promedio, Honduras pierde cada año 50 mil millones de lempiras del Presupuesto General de la República por diferentes actos de corrupción, lo cual equivale a que cada día se dilapiden 137 millones de lempiras. Así las cosas, la población y el personal sanitario no solamente se enfrentan a la crisis generada por el COVID-19, sino también a la provocada por el virus de la corrupción y la impunidad.

Frente a esta situación, es preciso recordar que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha establecido que la salud es un derecho fundamental y un servicio público, por lo que todas las personas deben acceder a él y al Estado le corresponde (a) organizar, dirigir, reglamentar y garantizar su prestación atendiendo los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad; (b) proporcionar un medio ambiente adecuado; (c) suministrar las condiciones ambientales adecuadas, tales como atención de salud oportuna y apropiada, nutrición, vivienda y agua potable; y (d) abordar el derecho a la salud desde tres perspectivas: el derecho a la salud de cada persona en particular, el derecho a la salud familiar y el derecho a la salud comunitaria.

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De esta manera, no debe existir excusa alguna para que a un ser humano no se le reconozca su derecho inalienable a la salud, el cual es una extensión directa del derecho primario a la vida, así como al derecho a la dignidad. Por tanto, el Estado tiene la responsabilidad de ejercitar las acciones precisas, eficaces y eficientes para estar al frente de una acción preventiva que se adelante al acaecimiento de hechos que produzcan daños a la salud física y mental de la población, y en caso de haberlos, proporcionar los tratamientos, medicamentos y la facilidad de acceso y realización de todo tipo de exámenes médicos y atención, y tratamientos que se requieran.

En consecuencia, cualquier omisión o acción estatal que niegue el suministro de tratamientos, dispositivos, aparatos, medicamento y otros, para prevenir, curar, rehabilitar o proporcionar una mejor calidad de vida en aquellos casos en que la prevención, curación o rehabilitación hayan fracasado, constituye una vulneración directa al derecho a la salud y al derecho fundamental a la vida, y una afectación a la dignidad humana.

En el contexto de la pandemia del COVID-19, el Estado está obligado a utilizar de forma eficaz y equitativa todos los recursos disponibles, particularmente los que se han puesto a disposición de COPECO y la Secretaría de Salud, con transparencia y asegurando la igualdad de oportunidades para acceder a ellos. Dicha utilización debe traducirse en el suministro de los insumos, equipo y demás implementos necesarios para la atención del COVID-19, y en la adopción de las medidas de bioseguridad para todo el personal sanitario y la población.

Por ello, la omisión que hoy estamos presenciando por parte de las autoridades públicas representa una violación flagrante de los derechos a la salud, a la vida y a la integridad física, psíquica y moral de la ciudadanía, y del personal sanitario, ya que no se están adoptando las medidas adecuadas a pesar de contar con los recursos financieros necesarios.

Los recursos de amparo presentados recientemente ante la Sala de lo Constitucional con el fin de revertir dicha omisión, representa una oportunidad histórica para que el Poder Judicial cumpla con su obligación de controlar la legalidad de las acciones y omisiones de los poderes públicos, y envíe un mensaje a la sociedad en el sentido que esta vez se pondrán al lado de la dignidad humana.

*Ana Pineda docente universitaria y ex ministra de derechos humanos

*Edy Tàbora director del Bufete Justicia para los Pueblos

*Claudia Hermannsdorfer coordinadora del Equipo Jurídico por los Derechos Humanos (EJDH)

*Joaquìn Mejìa Rivera miembro del ERIC-SJ y del EJDH.

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