Mientras el presidente del Congreso Nacional afirma que la derogación del decreto 4-2022 daría al traste con la instalación de la CICIH, analistas entrevistados por Criterio.hn y un análisis a la normativa concluyen que no existe riesgo alguno sobre la instalación del ente porque su firma depende de acciones del Poder Ejecutivo y de la aprobación del convenio en el Congreso Nacional.
Tegucigalpa, Honduras. – La instalación de la Comisión Internacional Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (CICIH) está siendo condicionada al perdón de delitos cometidos por funcionarios del gobierno de Manuel Zelaya Rosales (2006-2009).
LA FRASE
“Cualquiera que, bajo el argumento de derogar la amnistía u otra cosa, quiera derogar este decreto [4-2022], quiere derogar la ley que ya es ley para que los hondureños tengamos la garantía de que tengamos una CICIH”, expuso, el 29 de julio de 2022, el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo.
Redondo hizo referencia al Decreto 4-2022, más conocido como «Ley de Amnistía Política», que se concibió con el propósito de otorgar una amnistía política a los presos políticos del golpe de Estado de 2009, sin embargo, su aplicación ha beneficiado a exfuncionarios del gobierno de Manuel Zelaya Rosales (2006-2009) sentenciados por delitos de corrupción, porque así lo establece la misma normativa.
Lo expuesto por Redondo podría considerarse un tropiezo para avanzar en las negociaciones de la instancia anticorrupción para lo cual el canciller hondureño Enrique Reina firmó, el 15 de diciembre de 2022, un memorando de entendimiento con el subsecretario general de Naciones Unidas para Europa, Asia Central y América del Departamento de Asuntos Políticos, Miroslav Jenča y la presidenta Xiomara Castro y el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) António Guterres y, en calidad de testigos de honor.
Aunque, en el memorando de entendimiento no se establezca de manera literal la derogación del Decreto 4-2022, debería entenderse que forma parte de los “pactos de impunidad” que podrían frenar la lucha contra la corrupción y, por ende, parte de la demanda de las Naciones Unidas para establecer la misión internacional.
La amnistía política está comprendida en el mismo decreto que establece la creación de la Comisión Internacional Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (CICIH), hecho que, de acuerdo con analistas, fue una jugada estratégica del gobierno de Xiomara Castro para blindar la derogatoria de la amnistía.
“Esos que quieren que esto se derogue son enemigos del pueblo y enemigos de la CICIH”, dijo Redondo el 22 de julio de 2022, adelantándose a cualquier presión para que el Congreso derogue la normativa que ha sido el talón de Aquiles de la administración Castro.
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PERO, ¿QUÉ ES EL DECRETO 4-2022?
La amnistía política fue una promesa de campaña de la presidenta para liberar judicialmente a los presos políticos y los presos de conciencia que fueron imputados por delitos de orden político en el marco del golpe de Estado e incluyó a defensores de la tierra y territorios criminalizados por su lucha hasta la entrada en vigor del decreto legislativo 4-2022 –Ley para la Reconstrucción del Estado constitucional de derecho y para que los hechos no se repitan— , es decir, hasta el 4 de febrero de 2022.
El decreto derogó el Decreto 141-2009, aprobado el domingo 28 de junio de 2009, que separó del poder de manera ilegal al entonces presidente Manuel Zelaya Rosales, “por constituir un hecho ilícito internacional de conformidad con la sentencia dictada el 5 de Octubre del 2015 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por el cual la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en aplicación del Artículo 21 de la Carta Democrática y 9 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) suspendió el derecho de Honduras a participar en dicha organización”, reza el texto del decreto Legislativo.
Para el abogado y catedrático universitario, Alex Navas, este decreto venía a darle justicia transicional a algunos sectores que fueron vulnerados durante y después del golpe de Estado, como las organizaciones campesinas, defensores de derechos humanos, entre otros que fueron criminalizados en las protestas en el marco del rompimiento constitucional.
Sin embargo, en una jugada estratégica se incluyó en el Capítulo IV del decreto la “creación de la Comisión Anticorrupción con plenos poderes de investigación e independencia absoluta. Acciones inmediatas contra la impunidad y la corrupción de los titulares de los poderes del Estado”.
De acuerdo con el abogado y doctor en derechos humanos, Joaquín Mejía, la lucha contra la impunidad, que se aborda en capitulo IV del decreto 4-2022, “es el reconocimiento del Estado que con las instituciones nacionales es imposible reconstruir el Estado”.
AMNISTÍA CUESTIONADA
La amnistía política también figura en el Plan de Gobierno de Xiomara Castro que literalmente establece: «Decretaré una amnistía en favor de las personas en contra de quienes se ha ejercido acción penal por razones políticas, por delitos supuestos relacionados con el derecho a la protesta pública»,
Sin embargo, pese a significar una restitución de derechos, con la aprobación del decreto 4-2022 se dio carta blanca para que personas que permanecían en prisión, señaladas por actos de corrupción,salieran en libertad, debido a que llenaban el requisito de ser funcionarios públicos en el periodo del gobierno de Manuel Zelaya.
Entre los cuestionados casos se encuentra el de Marcelo Chimirri, exgerente de la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (Hondutel) y el exsecretario de la Presidencia, Enrique Flores Lanza, acusado de delitos de abuso de autoridad y malversación de caudales públicos, es decir, la extracción de alrededor de 40 millones de lempiras de las bóvedas del Banco Central de Honduras (BCH), que serían utilizados en la instalación de la consulta popular conocida como “Cuarta Urna”.
Luego que se beneficiara a Marcelo Chimirri, –condenado a nueve años de reclusión y al pago de una multa de 16,686,790.36 lempiras por tres delitos de corrupción— y a Enrique Flores Lanza, el Decreto 4-2022 fue bautizado como un nuevo “pacto de impunidad” generado en la administración de Castro para favorecer a exfuncionarios acusados de corrupción. Similar a lo ocurrido durante los dos gobiernos de Juan Orlando Hernández (2014-2018 y 2018-2022) cuando se aprobaron varias leyes que han blindado la corrupción de los funcionarios públicos, en especial la ejercida por los diputados del Congreso Nacional.
“Se ha hecho mucho ruido con casos puntuales que deberán ser revisados”, señaló el abogado Alex Navas, al tiempo que ilustró que, pese a que los casos sean revisados, las personas que han sido beneficiadas por medio de la amnistía política, no podrán ser juzgadas nuevamente por los mismos delitos.
El Código Procesal Penal de Honduras, en su artículo 7 hace referencia al Principio Non Bis In Ídem, es decir, un mismo hecho o circunstancia no debe ser utilizado más de una vez para la calificación jurídica de la conducta de un sujeto, siempre que responda a un mismo fundamento.
Navas, recalcó que en el golpe de Estado tanto el Ministerio Público como los jueces tuvieron una acción parcializada en contra de los funcionarios que pertenecieron al gobierno de Zelaya, por lo tanto, había un temor de someterse a una justicia que respondía a intereses.
“Si bien, es cierto, deben ser revisados y someterse a un proceso de justicia efectivo transparente, también debemos entender que, en el contexto del golpe de Estado todas las fuerzas –-incluyendo los operadores de justicia— se pusieron de lado de los que produjeron el golpe de Estado y esto produjo que ellos no se pudieran, defender con todas las garantías que la Constitución merece”, expresó.
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¿DEROGACIÓN AFECTARÁ INSTALACIÓN DE LA CICIH?
Si bien Honduras ya tiene un compromiso adquirido para la instalación de la CICIH y ya se está preparando el terreno para dicho propósito, varios sectores han solicitado la derogación del decreto 4-2022, debido a la cuestionada amnistía política al considerar que podría afectar tanto instalación de la comisión anticorrupción como para que esta se desempeñe de manera independiente.
Sobre los beneficiarios de la amnistía, el numeral 4A expresa: “a las personas que se desempeñaron como funcionarios, empleados o autoridades electas durante la administración gubernamental del período comprendido del 27 de enero 2006 al 28 de junio 2009 y que fueron víctimas del golpe de Estado, requeridos, acusados o procesados criminalmente por oponerse y protestar contra el golpe de Estado y por actos propios del ejercicio de su función pública, procesos que fueron calificados como políticamente motivados”.
Sin embargo, la amnistía es tan amplia que incluyó varios delitos establecidos en el Código Penal contentivos a actos de corrupción como: abuso de autoridad, violación de los deberes de los funcionarios, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de sus funciones públicas, fraude en perjuicio de la administración pública.
De igual manera, el enriquecimiento ilícito, falsificación de documentos públicos y privados, terrorismo, sedición, atentado, posesión ilegal de armas de guerra, tenencia y almacenamiento de munición de uso no comercial, usurpación, daños, robo, incendio, privación injusta de la libertad, tráfico ilegal de productos y subproductos forestales, apropiación de áreas forestales.
También, delitos contra el patrimonio o propiedad, contra la seguridad interior del Estado de Honduras, es decir, que se otorga amnistía a los actos de corrupción que ocurrieron en el ejercicio de sus funciones y no a raíz del golpe de Estado. Aunque su aplicación queda a criterio de los jueces, quienes en algunos casos, han actuado motivados por otras razones, menos la justicia.
Human Rights Watch en el Informe sobre Honduras: La lucha contra la corrupción requiere medidas urgentes considera que hay varias leyes aprobadas por el Congreso Nacional que han obstaculizado la lucha contra la corrupción y han reducido la transparencia y la rendición de cuentas, entre ellas el decreto 4-2022.
El organismo internacional de derechos humanos, señaló que “el lenguaje excesivamente amplio de la ley podría beneficiar a exfuncionarios que hayan cometido actos de corrupción”.
De igual Manera el Departamento de Estado, en los Informes nacionales sobre prácticas de derechos humanos 2022: Honduras, indicó que la Amnistía Política, que se aplica de manera retroactiva, “absolvió a los funcionarios públicos que trabajaron durante el gobierno de Zelaya (2006-09) de diversos delitos presuntamente motivados políticamente. Hasta octubre [ 2022], al menos 24 acusados utilizaron la ley para desestimar casos de corrupción y otros”, apuntó el informe del Departamento de Estado.
Ante la aseveración del oficialismo, en cuanto a que la derogación del Decreto 4-2022 afectaría la instalación de la CICIH, Criterio.hn consultó a los abogados Alex Navas y Joaquín Mejía y ambos coincidieron que no, pero sugirieron que lo ideal sería hacer una reforma al Capítulo 4A.
“No podemos pedir la derogación de toda una ley que beneficia a muchas personas sólo porque hay personas que están aprovechando la coyuntura para derogar todo y no reconocer que hubo un golpe de Estado y aprovechar sus cuotas de interés”, valoró Joaquín Mejía.
De igual manera, el exintegrante de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), Alex Navas, dijo: “hay algunas cosas buenas de la ley y otras que deben ser revisadas a profundidad para que esto no sea un valladar que pueda dañar la instalación de la CICIH”.
Por su Parte, el asesor del gobierno y exmisnistro de Transparencia y Anticorrupción, Edmundo Orellana, consideró que el decreto 4 –2022 no representa ningún conflicto en la instalación de la CICIH, caso contrario la misión de expertos hubiera solicitado la reforma o derogatoria en su defecto.
“Ellos [misión de expertos de la ONU] lo vieron y no lo cuestionaron, no sé si la misión lo va a pedir en su momento, por ahora no ha habido ningún señalamiento concreto sobre ese decreto”, refirió el exministro de transparencia.
Durante su primera visita exploratoria [del 9 al 23 de julio] la misión de expertos de la ONU solicitó al Congreso Nacional, entre otras cosas, la indicación sobre si existía proyectos de reforma o derogación de varios decretos que fomentan la impunidad entre los que se incluyó el 4-2022, siendo esto un indicativo que si hay preocupación del organismo mundial sobre los alcances de la llamada «Ley de Amnistía Política».
Luego de la aprobación de la Ley para la Reconstrucción del Estado constitucional de derecho y para que los hechos no se repitan, Edmundo Orellana calificó dicha normativa como “un nuevo pacto de impunidad”.
Otro punto que hay que tomar en cuenta, de acuerdo con Alex Navas es que la instalación de la CICIH no se vería afectada si se llegará a derogar la normativa, debido a que el decreto 4-2022, habla sobre un hecho declarativo y no un hecho concreto u objetivo, es decir, no se ha hecho ningún convenio todavía, sino que se está en la primera etapa del proceso de exploración.
En ese sentido, Navas explicó que de acuerdo con la Constitución sobre los tratados internacionales ya sea con otros países u organismos, serán firmados y ratificados por el Poder Ejecutivo y aprobados por el Congreso Nacional.
Además, señaló que el convenio de la CICIH, trae otras condicionantes, otros elementos, que tendrán que ser tratados, en primer lugar, por el Ejecutivo y luego en el seno del Congreso Nacional.
En consecuencia, Alex Navas enfatizó “no podemos decir que por una ley que se derogue, no va a venir la CICIH”.
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REFORMA AL 4-2022
En este contexto de cuestionamientos sobre quienes han sido los beneficiados, para Joaquín Mejía el problema radica en la interpretación de los jueces.
“No es culpa del Legislativo, el problema son los jueces, o no estudian o de manera intencionada la están aplicando (amnistía política) a ciertos casos”, dijo el abogado y doctor en derechos humanos.
En ese sentido, Mejía instó a los jueces que, al momento de aplicar dicho beneficio, analicen si el caso está o no dentro de las causales que señala la ley. Es decir, si la persona fue criminalizada por desarrollar acciones de protesta ejerciendo su derecho o si la persona fue servidora pública, y por su función fue acusada.
Lo más lógico, sugiere Joaquín Mejía, es que el Congreso Nacional dialogue para hacer una reforma si se considera que la parte de la interpretación sobre a quién se beneficia o no, queda muy abierta. De igual manera, sugirió que otra de las medidas es presentar un recurso de inconstitucionalidad.
Hasta octubre de 2022, según informó a medios de comunicación, Melvin Duarte, portavoz de la Poder Judicial, la Corte Suprema de Justicia había admitido 14 recursos de inconstitucionalidad contra el decreto 4-22, específicamente por la amnistía política.
Otra de las recomendaciones de Mejía es, en definitiva, exigir a los jueces que hagan una interpretación correcta y se aplique la ley.
Para el abogado penalista, Raúl Paniagua, la referida ley es inconstitucional de manera parcial porque ha beneficiado a personas vinculadas con la corrupción. “La amnistía no está pensada para ese tipo de delitos”, señaló a Criterio.hn.
A criterio de Paniagua lo que procede es una derogatoria parcial para que no se incluyan los delitos de corrupción, “lastimosamente hay intereses que proteger, prácticamente eso fue con dedicatoria para ciertas personas que ya salieron de los centros penitenciarios”, destacó el togado.
Enfatizó que la ONU, al momento de la instalación de la CICIH, pedirá total independencia para desarrollar las investigaciones en torno a actos de corrupción, dejando entrever que el decreto es un obstáculo para el trabajo que deberá emprender el mecanismo internacional.
Criterio.hn concluye, luego del análisis de los entrevistados y revisar la normativa nacional, que lo declarado por el diputado Luis Redondo es FALSO, porque se puede hacer una reforma parcial del Decreto 4-2022 y sacar del catálogo de delitos políticos lo relativo a la corrupción. Con ello no se afectaría el propósito de la ley de beneficiar los presos políticos y los presos de conciencia, que fue la propuesta inicial de la presidenta Xiomara Castro, como lo argumenta el presidente del Poder Legislativo.
Asimismo, porque la firma del convenio entre el Gobierno de Honduras y la Organización de las Naciones Unidas, primero pasa por una deliberación del Poder Ejecutivo y luego por la aprobación de los diputados en el Congreso Nacional, en pocas palabras, que el Decreto 4-2022 establezca, en el Capítulo 4”, la creación de una “comisión anticorrupción con plenos poderes de investigación e independencia absoluta”, no afectaría en lo absoluto el establecimiento de la CICIH, aun que dicho decreto se derogue o se reforme.
En consecuencia, el mecanismo de combate a la corrupción podría ser referente a nivel regional como lo señaló Juanita Goebertus, directora para las Américas de HRW, en entrevista con Criterio.hn, durante su visita al país, en junio pasado. “Si Honduras establece las condiciones adecuadas, la comisión internacional podría convertirse en un modelo regional en el combate a un flagelo que vulnera los derechos de las personas y su posibilidad de vivir con dignidad a lo largo y ancho de América Latina y el Caribe”, apuntó.
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Amante de la lectura y la naturaleza, una mujer con la convicción firme que todos podemos hacer cambios significativos en la sociedad, por eso mi objetivo es exponer las injusticias que adolece la ciudadanía. Busco incidir, a través del periodismo, en la defensa y promoción de los derechos humanos, evitando caer en la complicidad de callar ante las injusticias y la corrupción. Ver todas las entradas