Denuncias por violencia doméstica

Denuncias por violencia doméstica serán conocidas hasta que el Poder Judicial «normalice» actividades

A 88 asciende las denuncias por violencia doméstica durante confinamiento

 Por: Redacción CRITERIO.HN

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Tegucigalpa. A 88 asciende el número de denuncias por violencia doméstica presentadas en Honduras durante el periodo de confinamiento, pero éstas serán atendidas hasta que el Poder Judicial regularice sus actividades, informó el Juzgado Contra la Violencia Doméstica.

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Las denuncias fueron presentadas a partir del 16 de marzo, un día siguiente de la declaratorio del estado de excepción, según precisó en un comunicado el Juzgado Contra la Violencia Domestica.

De las 88 denuncias, 84 fueron presentadas a través del Ministerio Público (MP) y la Dirección de Policía de Investigación (DPI). No obstante, la justicia hondureña ha informado que hasta que el Poder Judicial normalice las actividades serán efectuadas las audiencias correspondientes.  

Las actividades en el Poder Judicial se encuentran suspendidas a raíz del estado de excepción declarado para evitar la propagación del coronavirus (Covid-19). Este domingo el gobierno extendió la medida del confinamiento por una semana más, es decir que su vigencia se ha extendido hasta el domingo 26 de abril.

“Una vez se normalice la situación en este Poder del Estado se les comunicará a los denunciantes las fechas para sus respectivas audiencias”, especifica el boletín.

Mientras que las cuatro denuncias restantes fueron presentadas por las víctimas, quienes “se apersonaron hasta este despacho judicial a presentar las denuncias de violencia en su contra por parte de sus compañeros de hogar”, amplió el Juzgado Contra la Violencia Domestica que precisó que en este caso se les precisó las fechas tentativas para la audiencia.

En el comunicado también se informó que hasta la fecha “ya suman 27 los casos de detenidos en flagrancia por agredir física o psicológicamente a sus compañeras de hogar o sus parejas”. Y “a todos los casos se les ha aplicado medidas de seguridad a las que refiere la Ley Contra la Violencia Domestica en su artículo 6”, concluye.

El artículo al que se hace referencia reza lo siguiente: “Para tutelar o restituir los derechos de las mujeres que sufran de violencia doméstica se establecerán mecanismos de protección que consiste en: medidas de seguridad, precautorias y cautelares”.

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