Es el segundo fallo de la Sala de lo Constitucional en la lluvia de amparos de los directivos de los periodistas, que se niegan a entregar información
Por: Redacción CRITERIO
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Tegucigalpa.-La Corte Suprema de Justicia (CSJ) denegó un segundo recurso de amparo que los directivos del Instituto de Previsión Social del Periodista (IPP) presentaron para evitar entregar información financiera y administrativa sobre las operaciones del ente.
Los también directivos del Colegio de Periodistas de Honduras (CPH), se niegan a entregar información pública sobre la administración del instituto de previsión, que ha operado casi 400 millones de lempiras, y rechazan también el ser auditados por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).
Los dirigentes del ente de pensiones de los periodistas han presentado ocho Recursos de Amparo ante la Sala de lo Constitucional oponiéndose a resoluciones del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), que ordenan la entrega de información sobre sus operaciones financieras y administrativas.
El IAIP declaró al IPP sujeto obligado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública ya que, de acuerdo a la ley de creación del instituto de previsión de los periodistas, el Estado es aportante del sistema.
La apoderada legal del IPP, Emy Claudet Asfura, en su argumentación en el Recurso de Amparo dirigido a evitar la entrega de información a la periodista Emy Padilla, directora de criterio.hh, dice que el IAIP es un “órgano absolutamente incompetente”, y alega que el ente de pensiones de los comunicadores no recibe fondos públicos, aunque el Estado le ha transferido casi 54 millones de lempiras en cumplimiento de la ley.
Sin embargo, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en el segundo fallo de los amparos presentados por el presidente de la junta directiva del IPP y del CPH, Dagoberto Rodríguez, afirma que al comprobarse que el ente capta fondos públicos “por consiguiente ello lo convierte en una institución pública obligada, al encontrarse el Instituto de Previsión Social del Periodista, en la categoría de persona jurídica que a cualquier título reciban o administren fondos públicos”.
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En un considerando del fallo se sostiene: “Que la Sala de lo Constitucional vista y analizada que ha sido la resolución impugnada, (la resolución del IAIP ordenando entregar información al ente de pensiones de los periodistas) encuentra que la misma se encuentra ajustada a derecho pues se ha respetado el debido proceso, pues el trámite se ha desarrollado ante la instancia correspondiente que señala la Ley de Acceso a la Información Pública”.
Los directivos de los periodistas se resisten a rendir cuentas, escudados también en un inconstitucional decreto legislativo que les aprobó el Congreso Nacional en el año 2000, el cual pretendía eximir al IPP de la fiscalización y control de sus operaciones administrativas y financieras por parte de los organismos contralores estatales como la CNBS.
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El decreto anti transparencia de los periodistas, Número 59-2000 establece: “ARTÍCULO 1. Interpretar los artículos del del 30 de noviembre de 1985, conocida como “Ley del Instituto de Previsión Social del Periodista”, en el sentido de que siendo un organismo de derecho público no estatal gremial sin fines de lucro, dedicado a la prestación de beneficios sociales de conformidad a su Ley, no le son aplicables las normas contenidas en las leyes de la República en cuanto a control, supervisión y vigilancia de sus operaciones financieras y administrativas”.
Este decreto fue aprobado por los diputados, pese a que abiertamente viola el artículo 60 de la Constitución de la República que establece: “Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas. Todos los hondureños son iguales ante la Ley”.
“Es escandaloso que los directivos del gremio periodístico para mantenerse alejados del alcance de la ley se amparen en decretos de secretividad e impunidad para administrar un instituto de pensiones. Los periodistas debemos ser transparentes y los más obligados a rendir cuentas”, dijo a criterio.hn el periodista Gustavo Palencia, que desde el año 2015 solicita información de las operaciones del IPP, sin mucho éxito.
El ente de pensiones de los periodistas, es el único en Honduras que nunca ha sido fiscalizado por la CNBS, en violación a lo que establece la legislación nacional.
En el instituto de pensiones de los periodistas, cuyos directivos eluden ser auditados por la CNBS, se incumplen las normativas de administración aprobadas para este tipo de instituciones, y los jubilados reciben míseras pensiones, además de que los afiliados activos son embaucados para firmar un contrato con un fondo privado de pensiones en el que se establece que se retirarían únicamente con sus aportaciones personales.
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El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) declaró al ente de pensiones de los periodistas como sujeto obligado de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, debido a que el ministerio de Finanzas le confirmó con documentación que el IPP capta transferencias estatales.
Los directivos de los periodistas han desacatado resoluciones de la IAIP ordenándoles entregar información a solicitantes, por lo que han sido sancionados con multas acumuladas que suman casi 35.000 lempiras, y se prevé se les impondrá nuevas sanciones pecuniarias por violar la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dicen funcionarios.
El IAIP ha emitido casi una decena de resoluciones en la que le ha ordenado a los directivos del Colegio de Periodistas de Honduras entregar información o colocar información sobre sus operaciones administrativas y financieras en el Portal Unico de Transparencia, pero se niegan a cumplir con tal obligación.
Los periodistas directivos ante las resoluciones ordenándoles entregar información, se han colocado en abierto desacato a la autoridad, y últimamente han presentado unos 8 recursos de Amparo ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que representan un gasto de más de 250.000 lempiras, cuya finalidad es incumplir la ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica.
Los periodistas que integran la junta directiva del IPP, en su desesperado afán de eludir la entrega de información de sus operaciones financieras y ser auditados por la CNBS, han desistido también de requerir las transferencias estatales desde el año 2014, causando una pérdida al ente de casi 5 millones de lempiras, en detrimento de los afiliados.
Pero esta artimaña de los directivos del IPP que golpea las finanzas del ente de pensiones, no les sirve para eludir someterse a la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pues la ley de creación del IPP establece claramente entre las fuentes de recursos una contribución del Estado.
“La obligatoriedad del Instituto de Previsión Social del Periodista, como una institución obligada a la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, está sustentada en su propia ley orgánica del ente”, coinciden calificados abogados que conocen el asunto.
Dagoberto Rodríguez, actual presidente del Colegio de Periodistas de Honduras, fue sancionado por el IAIP con una multa de tres salarios mínimos, unos 26.000 lempiras debido a que ha desacatado reiteradamente la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública al no publicar la información administrativa y financiera del ente, en el Portal Unico de Transparencia.
El directivo de los periodistas, que es jefe de la corresponsalía del diario La Prensa en Tegucigalpa, asegura que en el ente se han manejado los fondos con “las manos limpias” pero se resiste a publicar la información del IPP en el Portal Unico de Transparencia y a que la CNBS audite ese sistema de previsión.
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Me encanta desafiar el poder y escudriñar lo oculto para encender las luces en la oscuridad y mostrar la realidad. Desde ese escenario realizo el periodismo junto a un extraordinario equipo que conforma el medio de comunicación referente de Honduras para el mundo Ver todas las entradas
2 respuestas
Sino hay nada que ocultar en el IPP porque que tanto obstáculo ?
QUE PASARA CON ESTE CASO? LOS DIRECTIVOS SE NIEGAN A SER TRANSPARENTES Y SIEMBRAN LA IDEA DE QUE, O SON PARTICIPES DEL DELITO O SE CONFABULAN CON LOS DELINCUENTES QUE SAQUEARON AL INSTITUTO. ESO SE CONSTITUYE EN UN MAL PRECEDENTE PARA TODOS LOS AFILIADOS A INSTITUTOS DE PREVISIÓN, PUES PUEDEN SAQUEAR SUS FONDOS Y EL MANTO DE LA IMPUNIDAD LOS COBIJARA.