Tegucigalpa. –En la avalancha de reformas aprobadas ayer por el Congreso Nacional se le quitó la facultad al Ministerio Público para investigar los delitos financieros, imponiéndose el secreto bancario, en las reformas a la Ley Especial Contra el Lavado de Activos.
En la reforma al artículo 47 se determina que “el secreto bancario debe ser suspendido únicamente en las investigaciones por los delitos tipificados en los Títulos XXV y XXXII del Código Penal y supuestos de privación definitiva de dominio de bienes de origen ilícito, mediante siempre orden emitida por el Órgano Jurisdiccional competente”.
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En una entrevista en un medio televisivo, el coordinador de la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (Uferco), Luis Javier Santos, explicó que la suspensión del secreto bancario se aplicará únicamente en los casos de los delitos de lavado de activos y extorsión y será aplicado solo por orden judicial.
“Eso quiere decir que, ese artículo, así como está, así como fue aprobado, cualquier juez le va a negar una solicitud de información bancaria cuando se trate de delitos de corrupción”, expresó Santos, quien aclaró que su postura es a título de la Uferco y no del Ministerio Público, ya que quien tiene que salir al frente a manifestarse es el fiscal general de la República, Óscar Chinchilla.
“Quieren que los fiscales nos limitemos a investigar abusos de autoridad”, dijo el jueves Santos en una publicación de Twitter en la que también escribió: “lo que hoy pasó, aprovechando el feriado y previo al partido de la selección, no es el Congreso Nacional legislando a favor de las mayorías, son personas investigadas e involucradas en actos de corrupción buscando como auto protegerse y proteger sus allegados”.
Luis Javier Santos dijo además que en el Congreso Nacional ha habido reformas sistemáticas al Código Procesal Penal gestadas por muchos diputados que quieren evitar ser investigados o para autoprotegerse porque saben que muchos de ellos están siendo investigados, por lo que están haciendo cosas que atentan contra lo que significa un estado de derecho.
El proyecto de decreto orientado a establecer reformas a la “Ley Especial contra el Lavado de Activos”, contenida en Decreto No. 144-2014, aprobado el 13 de enero del 2015 y publicado en el diario oficial La Gaceta el 30 de abril de ese mismo año, fue presentado a consideración del pleno por el diputado del Partido Nacional, Óscar René Canales Ortiz.
El jueves la bancada del Partido Nacional con el respaldo de diputados del Partido Liberal y partidos minoritarios, aprobó varias reformas al Código Penal, entre las que destaca la reclusión de hasta por diez años para aquellas personas que evoquen el derecho a la protesta.
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La reforma tipifica como delito de usurpación cualquier acción de protesta ejercida por dos o más personas y especifica la oposición a cualquier proyecto aprobado por el Estado y que se ejecute y desarrolle en cualquier zona del país.
Varios abogados han interpretado las reformas como un atentando al derecho a la protesta para contener la indignación de la gente en un probable escenario de fraude durante las elecciones de noviembre y por las acciones de protesta contra las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).
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