CIDH preocupada por muerte de dos niños migrantes en custodia de migración de EE. UU

Por: Redacción CRITERIO

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su profunda preocupación por la muerte de dos niños migrantes guatemaltecos que se encontraban bajo la custodia de las autoridades de la Patrulla Fronteriza de los Estados Unidos de América. La CIDH insta al Gobierno de los Estados Unidos a investigar las circunstancias que llevaron a estas muertes y le urge a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar los derechos a la vida, la integridad y la salud de las personas migrantes que se encuentran bajo su jurisdicción, en particular de niños, niñas y adolescentes, así como otras personas en situación de vulnerabilidad como mujeres embarazadas, personas mayores y personas con discapacidad.

De acuerdo con información de público conocimiento, el pasado 8 de diciembre, falleció la niña guatemalteca Jakelin Caal Maquin, de 7 años de edad. La niña había sido aprehendida junto con su padre por autoridades de la Patrulla Fronteriza de Estados Unidos, mientras se desplazaban por una zona desértica en Nuevo México. La niña fue recibida inicialmente para registro en el puesto de Antelope Wells de la Patrulla Fronteriza. Según su padre y el oficial consular de Guatemala que acompaña el caso, durante el trayecto hasta Estados Unidos y al momento de su aprehensión, la niña no presentaba síntomas de enfermedad. De acuerdo con informaciones oficiales, en el trayecto entre el puesto de registro y el puesto de Lordsburg, el padre informó a los agentes que la niña se estaba sintiendo mal y que estaba vomitando. Luego de ser trasladada en ambulancia aérea al Hospital Infantil Providence en El Paso, la niña sufrió un paro cardíaco alrededor de las 11 horas de la mañana del día 7 de diciembre y fue reanimada por el equipo médico. De acuerdo con informaciones oficiales, al momento de su muerte, la niña presentaba hinchazón del cerebro e insuficiencia renal y falleció a las 12:35 de la madrugada del día 8 de diciembre.

La CIDH también ha recibido información sobre la muerte del niño guatemalteco Felipe Gómez Alonzo, de 8 años de edad, el pasado 24 de diciembre; siendo éste el segundo caso de muertes de niños migrantes bajo custodia de las autoridades de la Patrulla Fronteriza de los Estados Unidos en menos de tres semanas. De acuerdo con información de público conocimiento, el niño habría sido aprehendido el 18 de diciembre y llevado el jueves 20 de diciembre al puesto de El Paso. El lunes 24 de diciembre, el niño habría comenzado a presentar síntomas de enfermedad. Al ser llevado al Hospital Gerald Champion, el niño habría sido diagnosticado con una gripe común. El niño habría permanecido en observación por menos de un par de horas y posteriormente habría sido dado de alta con una prescripción de medicamentos. Ese mismo día en horas de la tarde, el niño habría sido reingresado al hospital y falleció poco antes de la medianoche.

La Comisión reitera que, de acuerdo con las normas y estándares internacionales de derechos humanos, los Estados Unidos de América tienen la obligación de prevenir violaciones de derechos humanos y estima necesario señalar que las autoridades de los Estados Unidos deben considerar las circunstancias individuales de las personas migrantes y solicitantes de asilo que se encuentran en sus fronteras internacionales y zonas aledañas, prestando atención apropiada a aquellos que puedan estar en una situación de particular riesgo, tal como es el caso de niños, niñas y adolescentes, mujeres embarazadas, personas mayores, personas con discapacidad, entre otras, respecto de quienes se deben adoptar medidas especiales de protección y de asistencia individualizada, las cuales tomen en cuentan sus derechos y necesidades. 

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A su vez, la CIDH considera que en zonas fronterizas las autoridades estatales tienen el deber de suministrar asistencia inmediata a las personas migrantes y solicitantes de asilo y que dicha asistencia debe incluir, en particular, asistencia médica, agua y alimentación adecuada, vestido, mantas, utensilios sanitarios y la oportunidad de descansar. En el contexto de operativos de interceptación y control migratorio en fronteras internacionales, las autoridades estatales tienen el deber de realizar exámenes médicos y de salud a las personas migrantes y solicitantes de asilo como una cuestión prioritaria. Esto requiere que haya personal médico competente presente en los lugares donde las personas migrantes y solicitantes de asilo son interceptadas o aprehendidas, a efectos de que puedan examinar a estas personas y referirlas para atención médica adicional, incluyendo salud mental, siempre que sea necesario.

La Comisión toma nota de las siguientes medidas anunciadas el 26 de diciembre por la Patrulla Fronteriza de los Estados Unidos, tras la ocurrencia de los dos casos mencionados anteriormente: realización de exámenes médicos a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren actualmente en detención migratoria, búsqueda de alojamiento fuera de los centros de detención y revisión general de los protocolos de atención a niños, niñas y adolescentes en la frontera. En cuanto a la revisión de los protocolos de atención de niños, niñas y adolescentes en la frontera, la CIDH insta al Estado a tener en cuenta lo establecido en su informe sobre “Movilidad Humana: Estándares Interamericanos” (2016), el informe “Refugiados y migrantes en Estados Unidos: familias y niños no acompañados” (2015), la Opinión Consultiva nº 21/14 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre derechos y garantías de niños y niñas en el contexto de la migración, así como en los “Principios y Directrices Recomendadas por las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos en Fronteras Internacionales” (2014).

La CIDH también recuerda que los Estados no pueden recurrir a la privación de libertad de niñas o niños que se encuentran junto a sus padres, así como de aquellos que se encuentran no acompañados o separados de sus padres, para cautelar los fines de un proceso migratorio ni tampoco pueden fundamentar tal medida en el incumplimiento de los requisitos para ingresar y permanecer en un país, en el hecho de que la niña o el niño se encuentre solo o separado de su familia, o en la finalidad de asegurar la unidad familiar. Los Estados pueden y deben disponer de alternativas menos lesivas y, al mismo tiempo, proteger de forma prioritaria e integral los derechos de la niña o del niño.

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Al respecto, la Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, Relatora sobre los Derechos de la Niñez, expresó que: “La trágica muerte de Jakelin y Felipe son un llamado urgente a la acción para poner fin a la detención de niños, niñas y adolescentes por razones migratorias. La detención migratoria de niñas y niños nunca responde al principio del interés superior del niño y es contraria a las normas del derecho internacional. Estos dos casos demuestran porque es necesario que acabemos con la detención migratoria de niños”. El Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, Relator sobre los Derechos de los Migrantes, sostuvo que: “La muerte de estos dos niños ponen de manifiesto, una vez más, los riesgos que tiene para el bienestar de los niños el uso de la detención migratoria. Es importante que seamos conscientes que muchas de las niñas y niños que llegan a la frontera de los Estados Unidos vienen huyendo de situaciones de violencia, desigualdad y discriminación en sus países, así como de enfrentar otras múltiples formas de violencia y trauma en su recorrido migratorio. Esto necesariamente implica que los Estados deben adoptar medidas especiales de protección y de asistencia individualizada, lo cual en la práctica se traduce en medidas tales como garantizar asistencia médica inmediata a niños y niñas que son aprehendidos en fronteras”.

Por su parte, la Comisionada Margarette May Macaulay, Relatora de país para los Estados Unidos y Presidenta de la CIDH, añadió que: “Es necesario que el Estado lleve a cabo una investigación independiente e imparcial que permita esclarecer las circunstancias en las que ocurrieron las muertes de estos pequeños niños y que se determinen las responsabilidades correspondientes. A su vez, el Estado debe proporcionar las reparaciones apropiadas que exija la justicia a los padres y familiares de estos dos niños fallecidos. Se trata de la vida de dos pequeños niños que estaban bajo custodia de autoridades de los Estados Unidos. Es necesario que esto no quede simplemente como dos muertes más y que el Estado tome las medidas necesarias para reformar protocolos, prácticas y todo lo que sea necesario de forma de prevenir la repetición de estos hechos”.

La CIDH exhorta al gobierno de los Estados Unidos a realizar una investigación independiente sobre la muerte de los niños Jakelin Caal Maquin y Felipe Gómez Alonzo y también a buscar alternativas para poner fin a la detención de niños, niñas y adolescentes en razón de su situación migratoria.

  • Jorge Burgos
    Tengo algunos años de experiencia y me encanta practicar el periodismo incómodo que toque los tinglados del poder, buscando cambios en la forma de gobernar y procurar el combate a la corrupción, develando lo que el poder siempre quiere ocultar. jorgeburgos@criterio.hn

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