Tegucigalpa. –En una hermética sesión virtual en la que se desconoce la votación de los diputados, el Congreso Nacional de Honduras aprobó este jueves, en un único debate, varias reformas al Código Penal con el propósito deliberado de criminalizar la protesta social en la antesala de las elecciones generales, convocadas para el 28 de noviembre próximo.
El centro de las reformas se dirigió al delito de usurpación para castigar hasta con diez años de cárcel a los hondureños que ejerzan el derecho a la protesta por cualquier circunstancia.
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El delito de usurpación está consignado en el artículo 378 del Código Penal que inicialmente estipulaba una pena de prisión de dos a cuatro años, sin embargo, con la reforma aprobada hoy la pena pasó de cuatro a seis años y con la adición del artículo 378-A, que establece como agravante cualquier acción de protesta ejercida por dos o más personas, incrementa la pena de prisión de seis a diez años e inhabilitación absoluta.
ATAQUE CRIMINAL
“Es un criminal y cobarde ataque contra las dignas luchas de resistencia y ejercicios de soberanía comunitaria. Es la más burda subyugación del Estado por parte de las mafias de criminales disfrazados de empresarios y banqueros que han obtenido, mediante corrupción y violencia, concesiones de nuestro territorio”, dijo a Criterio.hn el abogado penalista y coordinador del Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia (MADJ), Víctor Fernández, al conocer lo que había hecho el Congreso este día, aprovechando el llamado “Feriado Morazánico” y en la antesala de un partido de fútbol de la Selección Nacional.
Una de las reformas y que reza en el artículo 224-A sobre la figura de desalojo preventivo, establece que, para ejecutar la acción penal, en el caso de bienes privados, la víctima deberá presentar la denuncia y acompañarla con la documentación que acredite la propiedad del inmueble y cuando se trate de un bien público bastará la simple denuncia sin necesidad de acompañar documentación alguna, pudiendo la autoridad proceder de oficio.
También señala que la acción penal deberá presentarse en un plazo máximo de 48 horas luego de la recepción de la denuncia.
Otra de las deliberaciones preocupantes es que, si el fiscal considera que si la demora en el desalojo puede generar daños irreparables, queda en la facultad de ordenar el desalojo, sin necesidad de orden judicial.
La sesión presidida por el diputado Mario Pérez, fue convocada para la 1:00 de la tarde, pero comenzó después de las 2:40 y hasta el momento no se sabe cuántos o quiénes son los diputados que participaron o cómo votaron.
El secretario del Congreso, Tomás Zambrano, aseguró que la sesión comenzó con 65 diputados, número mínimo del quorum y que culminó con 71. Entre tanto, el diputado opositor del Partido Innovación y Unidad-Social Demócrata (PINU-SD), Luis Redondo, denunció que lo dejaron ingresar a la reunión casi una hora después y que pese a que pidió la palabra no se la dieron.
Para el abogado constitucionalista y exfiscal general de Honduras, Edmundo Orellana, la reforma sobre la figura de usurpación tiene un objetivo muy claro y es “la estrategia del gobierno de establecer un sistema de represión en contra de todo movimiento popular que se manifieste en las calles por cualquier razón”.
En la sesión se derogó también el artículo 613 del Código Penal que exceptuaba del delito de usurpación lo relativo a la ocupación de tierras, cuando estas hayan sido reclamadas previamente por la vía civil y administrativa sobre títulos ancestrales o asentamientos humanos.
Lo anterior implica la pronta e inminente criminalización de los lideres de las comunidades indígenas y negras que, en los últimos años han iniciado con protestas en diversas zonas del país por su oposición a proyectos mineros, hidroeléctricos, energía solar y, ahora en los últimos meses, por la ejecución de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).
El código vigente garantiza “el ejercicio legítimo del derecho de las comunidades y pueblos indígenas a la conservación y uso de fuentes naturales de agua”, por lo que “no se considera desvío, obstaculización o impedimento a los efectos del delito de usurpación de aguas. Los conflictos que puedan surgir con el uso de las aguas deben encauzarse por la vía civil”, señala el artículo 613 que hoy fue derogado.
La reforma “es un claro caso de uso abusivo y criminal del derecho penal para perseguir a defensores del territorio y de la dignidad nacional”, manifestó Víctor Fernández, quien en el 2008 formó parte de un grupo de fiscales que protagonizó una huelga de hambre para exigir un cese a la corrupción en el Ministerio Público.
Actualmente, Fernández coordinada un movimiento ciudadano por la lucha territorial en comunidades donde se registran violaciones a derechos humanos producto de la oposición a proyectos extractivistas.
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A juicio de Orellana Mercado las reformas van encaminadas a contener un reclamo de la población y criminalizar a cualquiera ante un escenario de fraude durante las elecciones de noviembre o para imputar criminalmente a aquellas personas que se oponen a la instalación de las ZEDE.
Previo a la aprobación de las reformas, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) hizo un llamado en sus redes sociales para evitar que el hecho se cristalizara. “La Oficina hace un llamado respetuoso para que estos proyectos sean sometidos previamente a un debate público con la participación de todos los sectores concernidos y a que se reflexione sobre sus posibles consecuencias en el contexto electoral que vive el país”.
Durante la sesión de este jueves se reformó además los artículos 219, 248, 312, 325, 328, 373, 374, 379, 386, 439 y se derogó los artículos 296, 353 y 613 del Decreto 130-2017, que contiene el Nuevo Código Penal de Honduras.
También se reformó el Código Procesal Penal contenido en Decreto No. 99-9-E, de fecha 19 de diciembre 1999 y sus reformas, mediante la modificación del artículo 54 y la adición de los artículos 26-B y 224-A.
Las reformas al Código Penal fueron presentadas ante el pleno por los diputados nacionalistas, Erick Alvarado, Tania Gabriela Pinto Pacheco, Edward Samir Molina Fúnez, Marcos Antonio Velásquez y Waleska Zelaya.
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2 respuestas
Excelente análisis, triste realidad en Honduras, ojalá en noviembre la gente se acuerde de todas estas decisiones malévolas de nuestros diputados y no voten por ellos, son una plaga maligna
Si que no queda duda que son delincuentes esos diputados.
Logran dos cosas, esos «cachos». 1. Quieren provocar al pueblo a la insurrección antes de las elecciones y justificar la acción armada de las FAH y por ende que no haya espacio de calma y tranquilidad previo a las elecciones y por ende se suspendan las mismas y JOH siga en en el poder. ó 2. En caso que no pase nada, quedan ya blindados los corruptos diputados que anoche aprovechándose de un feriado y de un partido de la decepción nacional hicieron todos esos cambios de nuestra legislación anoche para protegerse de lo que viene si gana un partido que de verdad no esté ligado a los círculos de poder y que tenga un pensamiento anticorrupción. CT