Congreso

Libre presentará ante el Parlamento proyecto de ley tránsfuga

Por: Redacción CRITERIO

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La medida fue aprobada hoy en la Asamblea y pretende que los diputados, alcaldes  y otras figuras de elección popular, que se vayan del partido por el cual salieron electos no se lleven las curules, corporaciones municipales  u otros cargos, para  otro instituto político.

Tegucigalpa.-El Partido Libertad y Refundación (Libre) acordó este domingo que presentará ante el Parlamento hondureño una ley orientada a evitar el transfuguismo de los diputados, alcaldes y otros cargos de elección popular.

El contenido del proyecto de ley es parte de las resoluciones aprobadas hoy en el marco de la asamblea “Berta Cáceres”, que el partido opositor celebró en la capital hondureña.

Con la  normativa, Libre planteará que aquellos diputados o alcaldes que salgan electos por un determinado partido y decidan renunciar a sus filas o sean expulsados, no puedan llevarse sus puestos al nuevo instituto político al que decidan acogerse, como ha ocurrido en el presente con varios de sus diputados y otros del Partido Anticorrupción (PAC).

La propuesta del transfuguismo fue presentada ante la asamblea por la precandidata, Xiomara Castro de Zelaya, en el marco de un paquete de reformas a los estatutos partidarios.

La precadidata de Libre, Xioamara Castro de Zelaya, al momento de leer la propuesta de la ley tránsfuga.

Lo planteado por Castro y posteriormente aprobado por la asamblea, reformó por adición el título sexto de los estatutos de Libre, creando el capítulo tres y los artículos 121 A, 121 B y 121 C.

El artículo 121 A, establece que “la investidura a cargo de elección popular en cualquiera de los niveles electivos, obtenidos bajo la bandera y el emblema del Partido Libre, corresponde al partido  y podrá revocar por violación grave de los estatutos o de la plataforma ideológica o política del partido, calificada por el Tribunal de Honor”.

Artículo 121 B “El Tribunal de Honor de manera oficiosa o a petición de cualquier miembro militante, autoridades, instancias partidarias, municipales, departamentales o nacionales, es el organismo responsable de declarar la revocatoria de la investidura a cargos de elección popular, siguiendo el procedimiento establecido en el estatuto reglamento especial. Contra la decisión del Tribunal de Honor, procederá el recurso de reposición ante la Coordinación Nacional, que podrá implementar, previo a su decisión, una consulta popular partidaria municipal o departamental, según la pertenencia de la investidura”.

Artículo 121 C: “El Partido, a través de la Coordinación General, comunicará al Tribunal Supremo Electoral y en su caso al Congreso de la República, la revocatoria del mandato, una vez que éste se encuentre firme y nominará a su vez, el miembro o el suplente o la suplente electo que ocupará su luga”.

EL TRANSFUGUISMO EN GUATEMALA

La práctica del transfuguismo ha ocurrido en Guatemala, donde en febrero de 2016 se aprobó una reforma a la Ley Orgánica del Congreso que establece que el  congresista que deje su bancada no podrá sumarse a ninguna otra hasta el último año de la legislatura.

La normativa en el vecino país determina que si el legislador preside alguna comisión de trabajo u ocupaba algún puesto directivo en ella y se traslada, deberá dejar el cargo, y la bancada a la que pertenecía podrá nombrar a otro. Lo mismo sucede con los puestos en la Junta Directiva del Congreso.

La normativa conocida en Guatemala como “ley tránsfuga” se aprobó ante el transfuguismo masivo de los diputados a las filas de la bancada oficialista. El transfuguismo en Guatemala es del  44%.

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