CIDH expresa preocupación por efectos del cambio climático en los DDHH

Por: Redacción CRITERIO

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa preocupación por los graves daños que implica el cambio climático en el goce universal de los derechos humanos. Ante la Conferencia de Estados Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP 21) a realizarse en París, la CIDH insta a los Estados Miembros de la OEA a trabajar para que el acuerdo climático que allí se alcance incorpore los derechos humanos de manera integral.

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La Resolución de la Asamblea General de la OEA No 2429 (XXXVIII-O/08) “Derechos Humanos y Cambio Climático en las Américas”, aprobada el 3 de junio de 2008, indica que el desarrollo económico y social y la protección del medio ambiente son pilares interdependientes del desarrollo sostenible y que la erradicación de la pobreza es una meta fundamental. Reconoce igualmente que el cambio climático es una preocupación común de toda la humanidad, que sus efectos repercuten en el desarrollo sostenible, y que podría tener consecuencias en el pleno goce de los derechos humanos.

El cambio climático afecta los derechos humanos en diversas formas. Las consecuencias del cambio climático ocasionan muertes, lesiones, desplazamiento de personas y comunidades por desastres y eventos tales como ciclones tropicales, terremotos, tornados, olas de calor y sequías. La Comisión Interamericana ha recibido cientos de casos relacionados con conflictos de tierras, agua y amenazas a la soberanía alimentaria que evidencian que el cambio climático es una realidad que está afectando el disfrute de los derechos humanos en la región.

La CIDH expresa preocupación por la evidencia existente de que el cambio climático aumentará los niveles de pobreza. Este impacto sería particularmente grave en América Latina y el Caribe, y está relacionado con el impacto que los aumentos de la temperatura tendrán en la salud y en la productividad, de acuerdo a un estudio del Banco Mundial. También constituye una amenaza para la estabilidad internacional, lo cual implica que podría aumentar significativamente los conflictos, en particular en América Latina, que está atravesando circunstancias sociales y ambientales difíciles.

El Quinto Informe del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC),  estableció que las consecuencias previsibles del aumento de la temperatura en 2 grados centígrados incluirá la probabilidad del “descenso de la productividad laboral, morbilidad (por ejemplo deshidratación, ataque de calor, y agotamiento por calor) y mortalidad a causa de la exposición a olas de calor. Los trabajadores de la agricultura y de la construcción, las personas en situación de calle, los adultos mayores y las mujeres que deben caminar largas horas para obtener agua se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad.” Del mismo modo, el cambio climático exacerbará el estrés hídrico y agravará el problema del acceso al agua saludable para el consumo, lo que a su vez pone en riesgo la seguridad alimentaria: el acceso a la alimentación, su utilización y la estabilidad de precios.

El cambio climático afectará más gravemente las vidas de quienes que ya están en mayor situación de vulnerabilidad y de afectación en el goce de sus derechos humanos, incluyendo las mujeres, los niños y niñas, las comunidades rurales, los adultos mayores y las personas en situación de pobreza. Asimismo, el cambio climático tiene un impacto especial sobre los pueblos indígenas, cuyas tierras, territorios y recursos naturales quedarán bajo riesgo directo. Algunas personas y comunidades se verán forzadas a migrar y aquellos que no tengan las oportunidades para lograrlo pueden resultar atrapados en situaciones de peligro ambiental.

La Comisión hace eco de los pronunciamientos de los mandatos especiales de la Organización de las Naciones Unidas. Asimismo, la CIDH recuerda que en la decisión adoptada en la COP16 en Cancún, México, los Estados parte de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático acordaron que “las Partes en todas las actividades relacionadas con el cambio climático, deberían respetar plenamente los derechos humanos”. Asimismo, toma nota que el Consejo de Derechos Humanos, en una resolución adoptada en 2009, observó que las repercusiones del cambio climático tienen una serie de consecuencias, tanto directas como indirectas, en el disfrute efectivo de los derechos humano.

La CIDH destaca también en una Resolución adoptada en 2015, el Consejo de Derechos Humanos señaló la importancia de facilitar una interacción significativa entre las comunidades de derechos humanos y de cambio climático para construir capacidades hacia alcanzar respuestas. En este sentido, la Comisión hace también un llamado a los Estados Miembros de la OEA que no lo han hecho, a que firmen el Compromiso de Ginebra por los Derechos Humanos en la Acción Climática. A través de este acuerdo, muchos países se han comprometido voluntariamente a facilitar el intercambio de mejores prácticas e información entre los expertos/as en derechos humanos y cambio climático a nivel nacional.

 Abordar el cambio climático con una perspectiva de derechos humanos permite identificar los graves derechos que están en riesgo frente a este problema. Asimismo, ayuda a asegurar que las respuestas sean coherentes, efectivas y receptivas a las preocupaciones de aquellos más afectados.

 La CIDH confía que en la Conferencia de Estados Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP 21), se logre un nuevo acuerdo climático que entrará en vigor en 2020. En este sentido, la CIDH insta a los Estados Parte a cumplir su responsabilidad histórica con la humanidad y alcanzar el nivel de ambición que se necesita para asegurar que el planeta no sufra mayores impactos por el cambio climático. Para asegurar un verdadero impacto, el nuevo acuerdo climático debe incluir la referencia al respeto, garantía, promoción y cumplimiento de los derechos humanos tanto en el Preámbulo como en la parte operativa.

En este sentido, la CIDH hace un llamado a que los Estados miembros de la OEA aboguen para que la perspectiva de derechos humanos sea incorporada en el acuerdo que se adopte en la conferencia de París. Respetar los derechos humanos en la implementación de toda acción relacionada con cambio climático implica asegurar que las políticas y acciones se harán de forma transparente y participativa.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

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