Por: Redacción CRITERIO
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TEGUCIGALPA.- El Instituto de Previsión Social del Periodista (IPP) languidece debido a la gran disminución de su membresía con el consiguiente impacto en la sostenibilidad del sistema que ya evidencia la incapacidad para otorgar los beneficios establecidos en su ley de creación.
El Colegio de Periodistas tiene 1,565 afiliados, de los cuales solamente 152 son miembros del IPP, no obstante, cuando comenzó a operar el Instituto en 1987, se proyectó crecería incorporando a todos los periodistas profesionales de Honduras.
Pero más bien el número de afiliados al IPP ha ido disminuyendo.
“Este es un sistema pequeño al que lograron ingresar unas 600 personas de las cuales hoy apenas tenemos 152”, confesó el presidente de la junta directiva del IPP y del Colegio de Periodistas de Honduras (CPH), Eduin Natividad Romero.
Romero hizo la revelación en una audiencia en el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), que sancionó a la junta directiva del IPP por violar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al negarse a entregar al periodista Gustavo Palencia información vital para conocer la situación financiera del ente de previsión.
Un experto en sistemas de previsión aseguró que “es insostenible un instituto de previsión que tiene una exigua membresía porque será incapaz de atender los beneficios en un futuro muy cercano”.
Las finanzas del IPP también son debilitadas por la decisión de los miembros de la junta directiva, en principio por la presidida por Juan Ramón Mairena y después por Eduin Natividad Romero, a partir de 2014, de desistir de requerir las aportaciones estatales anuales establecidas en la ley de creación del organismo.
El IPP ha perdido de ingresar 2.8 millones de lempiras por la decisión adoptada por Mairena y Romero, en busca de evadir la supervisión y fiscalización por parte de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) y del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y ser sujeto de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Las operaciones financieras del IPP nunca han sido fiscalizadas ni auditadas por la CNBS y TSC, pese a que en sus leyes se establece que deben supervisarlas porque es un Instituto de previsión y capta fondos estatales.
Los directivos del IPP al no cumplir con el requerimiento de las transferencias estatales, establecidas en el decreto de creación del ente 190-85, además de atentar contra los intereses de los afiliados, incurren en el delito de abuso de autoridad, dicen abogados.
INCUMPLEN BENEFICIOS
Los directivos del IPP tratando de evadir el cumplir con el beneficio de pensión por invalidez con los afiliados aprobaron que sea cubierto con un seguro de vida y no por un pago mensual vitalicio como establece la ley de creación del IPP.
La ley del IPP consigna en el artículo 46 que “la jubilación por invalidez, es la renta vitalicia pagada con periodicidad mensual a que los miembros tienen derecho cuando a consecuencia de enfermedad o de accidente les sobreviene una incapacidad total y permanente”.
Los directivos del IPP, que adoptaron esta medida sin basarse en estudios actuariales, dispusieron que si un afiliado tiene que pensionarse por invalidez recibirá un máximo de 437.000 lempiras, que es el seguro de vida, según se consigna en el estado financiero del 2014.
Pero no solo escamotean la pensión vitalicia, también imponen como condición que por lo menos haya aportado 20 años al sistema para poder recibir ese seguro de vida por invalidez. De manera que si un afiliado desgraciadamente resulta inválido antes de los 20 años de aportación no recibirá ni el monto del seguro.
“Es evidente que no quieren cumplir la ley del Instituto que ordena el pago de una renta mensual, es inhumano que cuando un afiliado más necesita, porque está invalido, se le salga con un pobre seguro de vida que no le va permitir vivir con dignidad a él y su familia”, dijo Palencia.
Explicó que en el caso que un afiliado desgraciadamente quede inválido y se cumpla con darle su pensión por invalidez por 20 años, el sistema tendría que erogar –si la pensión fuera de 10.000 lempiras mensuales—un monto acumulado de 2,8 millones de lempiras y no los 437.000 lempiras de seguro de vida.
“El IPP debe tener esos fondos para pagar las pensiones por invalidez, pues desde que se creó en 1987, se partió de que el sistema se capitalizaba para atenderlo, al igual que la pensión voluntaria o forzada por la edad y otros beneficios”.
“Si no pueden cumplir con el pago de la pensión por invalidez, quién sabe por qué oscuros manejos financieros, cómo es posible que hayan renunciado a las aportaciones del Estado desde 2014”, cuestionó Palencia.
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