De acuerdo a la Ley de Transparencia, las sanciones económicas oscilan entre medio y 50 salarios mínimos mensuales, dependiendo de la gravedad de la infracción cometida por el titular de la institución.
Tegucigalpa, Honduras. -El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) informó que 141 instituciones obligadas incumplieron los estándares establecidos por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública durante el primer semestre de 2025, comprendido entre enero y junio.
Entre las instituciones reprobadas están: el Sistema Nacional de Emergencia 911, Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA), Secretaría de Planificación Estratégica (SEP), la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua, y Saneamiento (Sedecoas), la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), el Instituto Nacional Agrario (INA), entre otros.
De acuerdo con el comisionado presidente del IAIP, Hermes Moncada, detalló que supervisa 449 sujetos obligados, entre alcaldías municipales, instituciones centralizadas y descentralizadas, así como los distintos poderes del Estado, que deben publicar información de oficio y atender solicitudes ciudadanas en los plazos establecidos por la ley.
Ante este panorama, el ente garante anunció la apertura de procesos sancionatorios contra los titulares de las instituciones que incumplieron, respetando el debido proceso y el derecho a la defensa. Moncada explicó que se les citará a audiencias para que puedan justificar las omisiones antes de emitir una resolución motivada conforme a la normativa nacional e internacional.
El funcionario detalló que las sanciones económicas contempladas en la ley oscilan entre uno y 50 salarios mínimos mensuales, dependiendo de la gravedad de la infracción. “La ley establece una gradualidad en el reglamento de sanciones. Podemos imponer cinco o más salarios mínimos a un titular que incumpla con la normativa”, precisó.
Entre las infracciones más comunes se encuentran la omisión en la publicación de información en los portales de transparencia, la negativa a entregar información solicitada por las y los ciudadanos y el incumplimiento de los plazos establecidos para responder a estas solicitudes. Estas violaciones a la ley impiden que los hondureños tengan acceso a información pública.
Los artículos 13 y 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, obliga a todas las instituciones del sector público a proporcionar y actualizar regularmente datos relevantes sobre su gestión y actividades en el portal de datos abiertos del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).
Esta misma normativa impone sanciones a las instituciones obligadas que incumplan con la normativa.
Los artículos del 26 al 29 señalan los procedimientos y motivos de sanciones que serán impuestas a las instituciones.
Estas sanciones pueden variar desde una amonestación por escrito hasta la imposición de multas que oscilan entre medio salario y 50 salarios mínimos mensuales, dependiendo de la gravedad de la infracción, debiendo ser entregados dichos valores a la Tesorería General de la República.
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IAIP ENVIARÁ AL CONGRESO PROYECTO DE REFORMA A LEY DE TRANSPARENCIA
Hermes Moncada, comisionado presidente del IAIP, adelantó que el pleno de comisionados trabaja en un anteproyecto de reforma que será presentado ante el Congreso Nacional, con el propósito de incorporar medidas adicionales a las sanciones pecuniarias.
La propuesta contempla que el IAIP pueda emitir constancias que acrediten si un funcionario incumplió la Ley de Transparencia durante su gestión, lo que podría convertirse en un requisito para optar a un nuevo cargo público o buscar la reelección en esos puestos.

De igual manera, subrayó que la responsabilidad por el incumplimiento es “personalísima”, es decir, recae directamente sobre el titular de la institución y no sobre la entidad como persona jurídica.
En cuanto a la aplicación de las multas, explicó que las responsabilidades correspondientes al periodo evaluado en 2025 recaerán en los funcionarios que estaban en funciones durante ese tiempo. Sin embargo, advirtió que las nuevas autoridades que asuman en 2026 también estarán sujetas a evaluación y eventuales procesos sancionatorios si incumplen la normativa.
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Por otro lado, anunció que a partir de 2026 el IAIP ampliará los criterios de evaluación, es decir, que ya no sólo se verificará la publicación de información de oficio en el Portal Único de Transparencia, sino también el cumplimiento en la atención de solicitudes ciudadanas.
La ley establece un plazo de 10 días hábiles para que las instituciones respondan las solicitudes de información pública. El incumplimiento de este término constituye una infracción.
En los casos en que los ciudadanos no estén conformes con la respuesta —ya sea por negativa, entrega incompleta o falta de contestación— pueden interponer un recurso de revisión ante el IAIP a través del Sistema Electrónico de Honduras (SIEHLO), herramienta que permite al instituto revisar las actuaciones de los titulares de las instituciones.





