Sala de lo Constitucional fortalece el pacto de impunidad: CNA

Por: Redacción CRITERIO

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Tegucigalpa.- A criterio de los personeros del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), la Sala de lo Constitucional fortalece el pacto de impunidad al rechazar el recurso de inconstitucionalidad  contra la reforma a la Ley Orgánica del Presupuesto y su Fe de Errata, presentado por ellos ante el Poder Judicial.

La Sala de lo Constitucional inadmitió el recurso presentado, por considerar que el CNA no tiene un interés legítimo para alegar la inconstitucionalidad de las cuestionadas reformas.

Esta posición de los magistrados del Poder Judicial, genera un alto grado de preocupación, la postura del máximo órgano nacional de justicia, en vista que el CNA es una instancia de sociedad civil dedicada a prevenir y combatir la corrupción, reza el comunicado emitido este jueves por el CNA.

POSTURA INSTITUCIONAL FRENTE AL PACTO DE IMPUNIDAD

En fecha 31 de enero del presente año, el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) presentó una acción de inconstitucionalidad contra la reforma a la Ley Orgánica del Presupuesto y su Fe de Errata, por considerar que ésta lesiona derechos constitucionales como ser los de igualdad ante la ley, legalidad y el debido proceso; ante estos hechos, el 13 de febrero la Sala de lo Constitucional inadmitió el recurso presentado, por considerar que el CNA no tiene un interés legítimo para alegar la inconstitucionalidad de las cuestionadas reformas.

En consecuencia, de esta negativa y haciendo uso del derecho recursivo que permite la ley, el CNA el 07 de marzo presentó un recurso de reposición para que la Sala de lo Constitucional reconsiderara la resolución emitida anteriormente. Sin embargo, el ente no presentó nuevos argumentos que determinen las razones por las cuales esta organización no tiene un interés legítimo.

Evidentemente, genera un alto grado de preocupación, la postura del máximo órgano nacional de justicia, en vista que el CNA es una instancia de sociedad civil dedicada a prevenir y combatir la corrupción, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 de nuestra ley, se consigna la obligación de apoyar las políticas y acciones que en el combate a la corrupción emprenda el Gobierno de la República y considerándose como un órgano de colaboración según diferentes normativas; por lo que, no es entendible determinar que el Consejo no tiene interés legítimo, razón que permite preguntarnos, entonces, ¿quién en este rol será el legitimado, para impulsar una causa en donde se solicite la inaplicabilidad de normas que tienen como único fin, limitar y cercenar los mecanismos e instituciones para combatir la corrupción?

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Es indudable que, con la inadmisibilidad de este recurso, se fortalece aún más el pacto de impunidad, permitiendo que los astros de la corrupción se alineen, para debilitar los frentes que luchan incansablemente contra la corrupción como lo son: el CNA, la UFECIC y la MACCIH. Expresamos a la opinión pública que el CNA ha emprendido estas acciones por considerar que su interés es legítimo, ya que estamos actuando en representación de la sociedad hondureña, que adversa a los corruptos y sobre todo sus artificios desde los diferentes poderes del Estado para limitar y vulnerar el frontal combate a la corrupción.

Queremos dejar muy en claro que, ante la falta de operatividad de justicia en el país, damos por agotado el trámite administrativo y queda expedito el camino para recurrir a las instancias internacionales.

Tegucigalpa, MDC, 19 de abril de 2018

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