A diferencia de la Ley Especial del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad que si puede ser reformada o derogada, el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, como órgano, no puede ser derogado, ya que su creación está contemplada en en el artículo 287 de la Constitución de la República
Tegucigalpa, Honduras. -Después de las determinaciones tomadas por la presidenta Xiomara Castro en el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), ha surgido el debate sobre la reforma o derogación de este órgano integrado por los tres poderes del Estado, Ministerio Público y los entes de seguridad.
El 17 de agosto de 2022, el Poder Ejecutivo envió al Congreso Nacional la propuesta de Ley del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), misma que fue rechazada por las bancadas opositoras. Meses después el proyecto de decreto fue sometido a discusión en primer y segundo debate, pero hasta la fecha no se ha sometido a su tercer y último debate.
Este proyecto de ley, que deroga la vigente normativa del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad y crea un nuevo estamento regulador del mecanismo, es considerado como un avance democrático que retorna la independencia de poderes, pero versados señalan que requiere enmiendas para generar confianza en los sectores sociales.
Para el abogado constitucionalista y especialista en derechos humanos, Joaquín Mejía este proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo era una buena opción, ya que pretendía eliminar el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad y crear uno nuevo, constituidos por las instituciones del Poder Ejecutivo.
El jurista recordó que, la Constitución de la República es clara las políticas públicas en materia de defensa y seguridad le corresponden al Poder Ejecutivo.
Mejía lamentó que, muchos sectores sociales incluido el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) hayan cuestionado el proyecto de ley diciendo que buscaba la concentración de poderes, sin leer la Constitución de la República que claramente señala que la política pública materia de seguridad de defensa le corresponde el Poder Ejecutivo.
“Creo que antes de rechazar y oponerse a los proyectos de ley es necesario, leer y analizar con madurez y honestidad para decir esto no conviene y nos oponemos por tales razones”, sugirió el también defensor de derechos humanos.
Asimismo, dijo que la continuación del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad es por culpa de la oposición que hizo muy mal su papel, porque, aunque evidentemente había cosas que reformar de la propuesta de la presidenta Castro, pero en términos generales era quitar el CNDS tal y como está ahora que representa un riesgo para la independencia de los poderes.
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Para el director ejecutivo del Centro de Estudio para la Democracia (Cespad), Gustavo Irías, la prioridad debería ser la derogación de órgano que en su momento fue utilizado de manera autoritaria por el exmandatario, Juan Orando Hernández , durante sus dos mandatos.
“Este Consejo de Defensa despoja el carácter republicano de la independencia de poderes que corresponde a un Estado democrático, y equivale a una concentración de los poderes del Estado en el Ejecutivo, entonces prácticamente no hay independencia de poderes”, precisó.
Irías señaló que, por su naturaleza autoritaria el Consejo Nacional de Defensa fue el corazón del modelo de la narcodictadura, es por ello que este debe ser derogado.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh), también ha recomendado en reiteradas ocasiones la revisión de la normativa interna del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad para delimitar su mandato y ajustarla a las obligaciones internacionales de los derechos humanos, respetando la independencia del poder judicial y el Ministerio Público.
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CREACIÓN DEL CNDS
El Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS) fue creado con base al artículo 287 de la Constitución de la República, la cual dice de manera textual “créase el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad; una ley especial regulará su organización y funcionamiento”.
La Ley Especial del Consejo Nacional de Defensa fue aprobado en el 2011 cuando Juan Orlando Hernández -extraditado en Estados Unidos por delitos relacionados a la narcoactividad- presidia el Congreso Nacional.
Con este decreto legislativo 239-2011 y posteriormente su publicación en el diario Oficial La Gaceta, entro en vigencia el CNDS el cual rige y otorga control absoluto al presidente o presidenta de la nación y está integrado por los titulares del Poder Legislativo, del Poder Judicial, el fiscal general, el secretario de Seguridad y también de la Secretaría de Defensa y Seguridad.
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Amante de la naturaleza, la lectura y la vida, soy una periodista que busca orientar a las personas y contarle de manera sencilla la realidad política y económica del país. El periodismo es la puerta que tiene la sociedad para conocer a los diferentes actores y tomadores de decisiones, es por ello que desde mis escritos le relato a las y los hondureños cuáles son los acontecimientos que marcan la ruta del país. Ver todas las entradas