Tegucigalpa. – El coordinador partido Libertad y Refundación (Libre), José Manuel Zelaya Rosales, manifestó que por ahora no hay ambiente para realizar una Asamblea Nacional Constituyente (ANC), aunque aclaró que este es el proyecto principal de la institución gobernante y se mantiene en sus estatutos.
“Es el proyecto por el cual nació Libre, luego de la destrucción de la Cuarta Urna, el 28 de junio de 2009, hace 12 años, con el fin de detener la consulta popular”, recordó Zelaya, quien ha señalado en numerosas oportunidades que muchos sectores apoyaban el proyecto de hacer una nueva Constitución a través de la Asamblea Nacional Constituyente.
Para ejemplificar, destacó que, en todos los estados del mundo, incluso en Estados Unidos, los consensos se logran mediante Asamblea Nacional Constituyente, es decir, a través de un pacto social.
Zelaya apuntó que se podrían esperar varios años para cumplir con el proyecto de la constituyente, pero antes se deben lograr consensos con la sociedad. El expresidente recordó que la última ANC en Honduras se realizó hace 40 años, es decir, en 1982. Asimismo, apuntó que la anterior se organizó en 1965, después de la constituyente de 1957 y la de 1933.
Por su parte el abogado constitucional Waldo Rivera manifestó que la Constitución no tiene un mecanismo de convocatoria para el tema de la constituyente, por lo que debe tomarse en cuenta la opinión de las fuerzas vivas del país: sociedad civil, partidos políticos, entre otras representaciones de la sociedad.
Sin embargo, explicó que en la Constitución se mencionan las consultas populares, pero debido a presiones se necesita la mayoría calificada del Congreso Nacional, lo que dificulta la participación del pueblo.
Para poner en contexto, Rivera desglosó la mala interpretación, pésima aplicación e inaplicación de las reformas de la Constitución, haciendo énfasis en el problema de la reelección (de Juan Orlando Hernández en 2017) y el fallo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) cuando no era su potestad.
Cabe mencionar que, la presidenta Xiomara Castro anunció, durante el lanzamiento de su plan de gobierno y en su discurso de asunción a la presidencia, que las consultas populares predominarán y serán fundamentales durante su periodo de gobierno.
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CONSULTAR AL PUEBLO
Entre tanto, la secretaria de Finanzas (SEFIN), Rixi Moncada, argumentó que ante las preocupaciones que hay en algunos sectores ante la convocatoria a una ANC, este es un proyecto permanente y, que, aunque el expresidente Zelaya manifieste que no será ahora para evitar generar alguna crisis, por ahora, avanzarán al proceso de la reconciliación de Honduras.
“No hay proceso de reconciliación al vacío, este proceso debe iniciarse con aplicación de la justicia y reconocimiento del hecho histórico”, dijo Moncada, quien apuntó que sí debe haber condiciones siempre para consultar al pueblo.
La exconsejera del Consejo Nacional Electoral (CNE) destacó que las decisiones no pueden quedar atadas a 86 votos de “mayoría calificada” porque se imposibilita hacer una consulta al titular de la soberanía, siendo el dueño permanente del poder, por lo que en ese punto es donde deben buscarse alternativas para volver al soberano y consultarle a la población qué es lo que quiere.
Lo anterior, lo mencionó la abogada al hacer referencia del Artículo 5 de la Constitución de la República el que, dijo, nunca ha sido ejecutado como es debido.
Artículo 5
El gobierno debe sustentarse en el principio de la democracia participativa del cual se deriva la integración nacional, que implica participación de todos los sectores políticos en la administración pública, a fin de asegurar y fortalecer el progreso de Honduras basado en la estabilidad política y en la conciliación nacional. A efecto de fortalecer y hacer funcionar la democracia participativa se instituyen como mecanismos de consulta a los ciudadanos el referéndum y el plebiscito para asuntos de importancia fundamental en la vida nacional. Una ley especial aprobada por (2/3) dos terceras partes de la totalidad de los diputados del Congreso Nacional, determinará los procedimientos, requisitos y demás aspectos necesarios para el ejercicio de las consultas populares.
El referéndum se convocará sobre una Ley ordinaria o una norma constitucional o su reforma aprobadas para su ratificación o desaprobación por la ciudadanía, el plebiscito se convocará solicitando de los ciudadanos un pronunciamiento sobre aspectos constitucionales, legislativos o administrativos, sobre los cuales los Poderes Constituidos no han tomado ninguna decisión previa. Por iniciativa de por los menos diez (10) Diputados del Congreso Nacional, del Presidente de la República en resolución del Consejo de Secretarios de Estado o del seis por ciento (6%) de los ciudadanos, inscritos en el Censo Nacional Electoral, el Congreso Nacional conocerá y discutirá dichas peticiones, y si las aprobara con el voto afirmativo de las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de sus miembros; aprobará un Decreto que determinará los extremos de la consulta, ordenando al Tribunal Supremo Electoral, la convocatoria a la ciudadanía para el referéndum o plebiscito.
Corresponde únicamente al Tribunal Supremo Electoral, convocar, organizar y dirigir las consultas a los ciudadanos señalados en los párrafos anteriores El ejercicio del sufragio en las consultas ciudadanas es obligatoria. No será objeto de referéndum o plebiscito los proyectos orientados a reformar el Artículo 374 de esta Constitución. Asimismo, no podrán utilizarse las referidas consultas para asuntos relacionados con cuestiones tributarias, crédito público, amnistías, moneda nacional, presupuestos, tratados y convenciones internacionales y conquistas sociales.
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EXISTE MAYOR CONCIENCIA CIUDADANA
Por otro lado, el delegado presidencial para la derogación de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), Fernando García, expresó que en 1982 las condiciones geoestratégicas o geopolíticas eran distintas, comparando que ahora existe mayor conciencia ciudadana sobre los derechos de la población y la ciudadanía. Asimismo, de los derechos humanos de primera, segunda y tercera generación, derechos civiles, políticos y económicos.
La constitución de 1982 ha sido reformada muchas veces e interpretada incorrectamente por el Congreso, pese a existir una sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que dice que no corresponde interpretar yendo más allá de los límites de los tres poderes del Estado.
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