Por: redacción CRITERIO
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Tegucigalpa.- La Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras de la Organización de los Estados Americanos (MACCIHOEA), en conjunto con la Unidad Especial de la Fiscalía de Honduras Contra la Corrupción y la Impunidad (UFECICMP), solicitaron ante el Juzgado de Letras de Privación de Dominio la privación definitiva de los bienes que los acusados en el “Caso Pandora” compraron o mezclaron con el dinero supuestamente sustraído al Estado hondureño y en aquellos casos en donde no ha sido posible recuperar dichos fondos, se inició acción sobre bienes por valor equivalente. La solicitud comprende bienes y cuentas corrientes cuyo valor total asciende a más de 42 millones de Lempiras (más de 1,7 millones de dólares).
El Juzgado de Letras de Privación de Dominio emitió ya resolución admitiendo a trámite la solicitud presentada por el equipo MACCIHUFECIC. Inicialmente el Juzgado de Privación de Dominio había decretado medidas cautelares sobre varios bienes inmuebles, vehículos, sociedades mercantiles, certificados a plazo fijo y cuentas bancarias, los cuales pasaron a la administración de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI), hasta que se tome una decisión final en el proceso de privación de dominio. Estos son los bienes que MACCIH y UFECIC ahora solicitan sean privados definitivamente.
La solicitud de MACCIH y UFECIC tiene el objeto de recuperar a favor del Estado de Honduras los caudales que en su momento fueron sustraídos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.
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Este dinero originalmente estaba destinado a proyectos agropecuarios, agroindustriales y hortícolas a favor de madres jóvenes, para fortalecer políticas agroalimentarias en Olancho, Intibucá y Colon, mejoramiento en la capacidad para la siembra de granos básicos en las comunidades de Yorito, Victoria y Sulaco, escuela de campo para agricultores del departamento de Francisco Morazán, La Paz, Choluteca, el Paraíso, Ocotepeque, Valle, Intibucá, Gracias a Dios, Comayagua.
Según la investigación elaborada por el equipo integrado MACCIH-UFECIC, esos caudales habrían sido destinados, entre otras cosas, a financiar campañas políticas. En virtud de los artículos 11 ‐numeral 2‐ y 12 de la Ley de Privación de Dominio, MACCIH y UFECIC solicitan la privación definitiva de los bienes, los cuales se encuentran a nombre de personas individuales y jurídicas, en virtud que los mismos:
a) Fueron comprados directamente con dinero proveniente de la Secretaría de Agricultura.
b)Fueron utilizados como medio o instrumento para desviar dichos caudales públicos.
c)Fueron mezclados con otros bienes de origen lícito.
d) Ante la imposibilidad de recuperar el dinero que fuera sustraído, se solicitó que se aseguraran bienes de origen lícito por valor equivalente, que sirva para cubrir el monto de lo sustraído.
Los bienes que fueron requeridos ante el juzgado de Privación de Dominio para que pasen a nombre del Estado de Honduras, así como sus titulares son los siguientes:
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