Jueces destituidos, CIDH

Las lecciones de una sentencia internacional en materia de independencia judicial

 Por: Joaquín A. Mejía Rivera*

Las características de competencia, independencia e imparcialidad del Poder Judicial son fundamentales para garantizar que los recursos judiciales sean idóneos y efectivos para tutelar los derechos de la población, pues su ausencia puede provocar su inutilidad y que resulten ilusorios, particularmente en escenarios políticos de emergencia. Esto quedó demostrado en el contexto del golpe de Estado de 2009 cuando el Poder Judicial hondureño se puso al servicio del gobierno de facto, profundizó el estado general de impunidad, colaboró en la existencia de una grave inhibición de los mecanismos teóricamente adecuados para tutelar los derechos humanos, propició la abstención y desidia judicial para atender los recursos introducidos ante diversos tribunales, incluyendo la propia Sala de lo Constitucional, y dejó a las víctimas en una situación de absoluta indefensión y vulnerabilidad.

En este sentido, las actuaciones de la Corte Suprema de Justicia reflejaron un claro contraste entre la celeridad y diligencia con la que ampararon, por ejemplo, al general golpista Romeo Vásquez Velásquez y, como lo señala la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, “las múltiples dificultades y dilaciones que impusieron sobre los recursos de amparo de otros ciudadanos hondureños”, cuyos derechos fundamentales se encontraban en riesgo. Como muestra, de los 81 recursos para garantizar derechos que recibió la Sala de lo Constitucional en el marco del golpe de Estado, únicamente 2 fueron resueltos favorablemente, los cuales, curiosamente, fueron los presentados por el general golpista Romeo Vásquez Velásquez tras su destitución como jefe de las Fuerzas Armadas. Los restantes 79 recursos presentados por la ciudadanía simplemente resultaron ineficaces.

No cabe duda que existió un sesgo discriminatorio con el que el Poder Judicial decidió, por un lado, proteger rápida y eficazmente a personas vinculadas con la consumación del golpe de Estado frente a supuestas violaciones a sus derechos, y por el otro, dispuso rechazar, evitar u obstaculizar las acciones de otros ciudadanos y ciudadanas cuyos derechos humanos, incluido el derecho a la democracia, sí se encontraban en una evidente situación de grave peligro y vulnerabilidad. Por ello es que se puede concluir con la Comisión de la Verdad y la Reconciliación que “[e]l día que el Poder Judicial ampare a todos los ciudadanos con la misma eficacia que lo hizo con el general, se alcanzará a ver el fin de la impunidad en Honduras”.

Si bien es cierto el Poder Judicial perdió una oportunidad histórica de situarse del lado de la defensa de los derechos, de la legalidad constitucional y de la democracia, y muchos jueces y juezas toleraron por acción u omisión las acciones del gobierno de facto fundadas sobre el desprecio a la dignidad humana, hubo también otros jueces y juezas que denunciaron la ilegalidad del régimen y las consecuentes violaciones a derechos humanos, a pesar de las represalias que sufrieron. Es el caso de la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza y de los jueces Adán Guillermo López Lone, Ramón Enrique Barrios y Luis Chévez de la Rocha, todos miembros de la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD), quienes fueron separados ilegalmente de sus cargos por oponerse al golpe de Estado, mediante procesos disciplinarios plagados de múltiples irregularidades que afectaron gravemente sus derechos.

Ante la imposibilidad de obtener justicia ante las instancias nacionales, junto con el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, y la AJD, la magistrada y los jueces presentaron una denuncia internacional ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que culminó con una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con fecha 5 de octubre de 2015, la cual constató la violación de sus derechos a las garantías judiciales, al principio de legalidad, a la libertad de expresión, a la libertad de asociación, a los derechos políticos, a la protección judicial y de reunión. Esta sentencia contiene 4 mensajes contundentes en materia de justicia y reparación. Primero, que lo sucedido el 28 de junio de 2009 fue un golpe de Estado y no una “sucesión constitucional” como pretendieron argumentar los golpistas.

Segundo, que el pleno de la Corte Suprema de Justicia cometió un hecho ilícito internacional al apoyar el golpe de Estado y como lo señala el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, por primera vez una corte internacional establece en una sentencia que en Honduras hubo una ruptura del estado democrático. Esta resolución constituye una prueba contundente para que el Ministerio Público inicie sin más dilaciones las investigaciones penales pertinentes en contra de quienes participaron en el gobierno de facto y contra los magistrados y magistradas de la Corte Suprema de Justicia que apoyaron el rompimiento del orden constitucional. Sin embargo, ¿se puede esperar alguna reacción de una institución en la que el Fiscal General, ¿Óscar Chichilla, fue uno de los magistrados que participó en el mismo y en la destitución ilegal de los jueces y la magistrada?

Tercero, que, al oponerse al golpe de Estado, los jueces y la magistrada realizaron acciones legítimas a favor de los valores democráticos y el Estado de derecho; y cuarto, que, al hacerlo, cumplieron con su deber de defender la democracia en un momento histórico en el que todas y todos los funcionarios valientes debían asumir una posición similar. Indudablemente, esta sentencia representa una victoria moral y jurídica no solo para la magistrada Flores Lanza y los jueces López Lone, Barrios y Chévez de la Rocha, sino también para la AJD y todos aquellos funcionarios y funcionarias judiciales que valientemente cumplieron con su deber de defender la Constitución y los derechos de la ciudadanía. Y al mismo tiempo representa una bofetada ética para aquellos y aquellas que se plegaron al poder de facto, guardaron silencio y se convirtieron en cómplices y victimarios de los crímenes cometidos. Mínimamente deberían sentir vergüenza.

Gracias a esta sentencia, la magistrada Tirza del Carmen Flores y el juez Adán Guillermo López Lone han sido reincorporados en sus puestos como magistrada de la Corte de Apelaciones del Trabajo y como juez del tribunal de sentencia de San Pedro Sula, respectivamente. Los jueces Ramón Barrios y Luis Chévez de la Rocha dejaron el Poder Judicial por otras razones distintas. De cualquier manera, la reincorporación de la magistrada Flores Lanza y del juez López Lone es un reconocimiento por parte del Poder Judicial de que la destitución de estos funcionarios fue arbitraria y constituyó una represalia contra ellos por defender la democracia. Como lo señala la magistrada Tirza Flores, su reincorporación “a la judicatura es un mensaje de respaldo para aquellas juezas y jueces que creemos en la democracia y que estamos dispuestos a defenderla a toda costa”.

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Esta sentencia refleja que, sin jueces y juezas independientes, imparciales y competentes, las denuncias ciudadanas no podrán tomar su correcto cauce institucional y las violaciones a derechos humanos no podrán ser investigadas efectivamente, ni sus responsables sancionados, y las víctimas no podrán ser reparadas ni sus intereses y voces visibilizadas y escuchadas. Por ello es fundamental que la ciudadanía haga suya dicha sentencia internacional para utilizarla como una herramienta política y jurídica con el fin de lograr algún día que el Poder Judicial deje de ser un “servicio judicial” –parafraseando a la periodista chilena Alejandra Matus- que favorece solo a quienes tienen poder y se convierta en un elemento central para la construcción, preservación y fortalecimiento del Estado de derecho y el sistema democrático.

* Doctor en Estudios Avanzados en Derechos Humanos; abogado e investigador del ERIC-SJ.

  • Emy Padilla
    Me encanta desafiar el poder y escudriñar lo oculto para encender las luces en la oscuridad y mostrar la realidad. Desde ese escenario realizo el periodismo junto a un extraordinario equipo que conforma el medio de comunicación referente de Honduras para el mundo emypadilla@criterio.hn

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Un comentario

  1. Siempre eres muy atinado amigo Jaime. Una simple consulta… no se incluye una valoración hacia aquellos organismos internacionales que de manera solapada fueron actores activos del golpe de Estado en el 2009. No serían también llamados a reponer los graves daños materiales y humanos causados a un país empobrecido.

    un saludo caluroso