La propuesta de hacer obligatoria la lectura de la Biblia en escuelas públicas genera críticas porque, además de ir en contra de la Constitución, impone un contenido religioso y desplaza temas urgentes del sistema educativo y de la sociedad.
Por: Doris Sánchez
Tegucigalpa, Honduras—. El debate sobre la incorporación obligatoria de la Biblia en escuelas y colegios públicos de Honduras ha vuelto a tomar fuerza. Esta iniciativa, impulsada por sectores religiosos y respaldada por políticos, ha generado cuestionamientos por considerarse inconstitucional y contraria a la educación laica. Expertos advierten que, además de afectar la libertad de pensamiento de los estudiantes, la medida termina desplazando problemas estructurales que afectan a la sociedad, como la violencia, la desigualdad y las carencias del sistema educativo, cuestiones que requieren soluciones urgentes y concretas.
La propuesta de incorporar la lectura de la Biblia en escuelas y colegios de Honduras ha ido ganando espacio en el debate público, especialmente en un contexto marcado por la preocupación constante por la violencia. Desde instancias oficiales y educativas, la iniciativa se ha presentado como una medida preventiva, asociando la formación moral y espiritual de niños y jóvenes con la posibilidad de una convivencia más segura.
No obstante, este enfoque ha tendido a reorientar la discusión hacia el rol de la educación y la religión, mientras cuestiones ampliamente documentadas como la desigualdad social, la escasez de oportunidades y las debilidades del sistema de justicia quedan relegadas, pese a ser señaladas de forma recurrente en diagnósticos técnicos como factores clave en la persistencia de la violencia.
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La Constitución de la República es clara al definir al Estado como laico. Esto significa que no le corresponde promover ni intervenir en la esperanza de una fe específica. Ese mismo principio se aplica a la educación pública. Volver obligatoria la lectura de la Biblia coloca al Estado en un rol que la ley no le asigna y rompe con el marco legal que regula el sistema educativo.
La propuesta de incorporar la lectura bíblica en las escuelas públicas fue impulsada durante el periodo de gobierno de Juan Orlando Hernández y se puso en marcha a pesar que la Constitución de la República establece que la educación debe ser laica. La medida avanzó aún cuando la enseñanza religiosa no forma parte de las responsabilidades del sistema educativo público, sino que corresponde al ámbito privado y a la formación que niños y jóvenes reciben en sus hogares.
La imposición de esta iniciativa generó cuestionamientos sobre el respeto a la Constitución y a las normas que rigen la educación pública. Incluso entre quienes respaldaron la propuesta se reconoció esta contradicción, como lo señaló el diputado Tomas Zambrano, al admitir que, aunque la educación es laica, consideraba necesaria la lectura de la Biblia en los centros educativos.

Sin embargo, en Honduras cualquiera que sea declarado presidente de la República, sea Salvador Nasralla o Nasry Asfura. Ellos en sus propuestas de campaña y en sus declaraciones a diferentes medios de comunicación han dejado ver su disposición a respaldar la propuesta de promover la lectura de la Biblia en escuelas y colegios públicos, una iniciativa que no surge del sistema educativo, sino de sectores religiosos con influencia directa en la política nacional.
La Confraternidad Evangélica y algunos grupos de la iglesia católica defienden esta idea asegurando que puede contribuir a la formación moral de los estudiantes. El problema aparece cuando esta propuesta se traslada a las aulas públicas, espacios donde conviven niños y jóvenes con distintas creencias y que están regulados por normas pensadas para garantizar neutralidad, no para difundir una doctrina religiosa.
A esto se suma una falta de claridad básica: no se explica qué religión se pretende introducir en las aulas. Aunque las religiones que predominan en Honduras son la católica y la evangélica. En este contexto, no se ha dicho cómo se protegería a los estudiantes que practican otras religiones o a quienes no se identifican con ninguna.
Se cuestiona el trasfondo de la propuesta, señalando que no responde a un enfoque plural ni inclusivo, sino que parece alinearse con intereses confesionales específicos. Para muchos sectores, la iniciativa favorece la presencia institucional de determinadas iglesias dentro del sistema educativo público, lo que contradice el principio de neutralidad estatal.
El Artículo 77 de la Constitución de la República es claro al garantizar el libre ejercicio de todas las religiones y cultos, y al establecer que ninguna confesión puede tener carácter oficial. Esta norma existe precisamente para evitar que el gobierno sea utilizado como un medio para promover creencias religiosas particulares.
El Artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho no solo incluye la posibilidad de practicar una religión, sino también la libertad de pertenecer a ninguna.
El principio de Estado laico se basa en la separación entre las instituciones del Estado y las iglesias. Esta separación busca que las decisiones públicas se fundamenten en creencias religiosas y, al mismo tiempo, proteger el derecho de todas las personas a ejercer o no, una religión sin presiones ni privilegios otorgados desde el poder estatal.
La educación laica existe para que todos los alumnos compartan un espacio común de aprendizaje, basado en conocimientos académicos y no en creencias personales. Imponer una lectura religiosa obligatoria no es un detalle menor: afecta la libertad de pensamiento y puede hacer que algunos estudiantes se sientan fuera de lugar dentro de su propio centro educativo.
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IMPONER LA BIBLIA EN ESCUELAS PÚBLICAS VULNERA LA LIBERTAD DE CONCIENCIA

Joaquín Mejía consultado sobre ¿Qué implicaciones tiene introducir la lectura obligatoria de un texto religioso en un sistema de educación pública laica?, respondió que, sería una violación clara de la Constitución de la República, porque esta establece de manera imperativa que la educación debe ser laica.
Y la educación debe ser laica porque hay un derecho fundamental, que es el de la libertad de conciencia y religión. Esto implica que las personas tenemos la libertad de decidir en qué creer o en qué no creer. En ese sentido, el Estado tiene la obligación de presentarse como un ente neutral.
El Estado, por tanto, debe generar unas condiciones, incluido el sistema educativo, donde todas esas creencias pueden desarrollarse libremente, con el único límite de que no atente contra la dignidad de otras personas o de otras creencias. En ese sentido, el Estado debe mantenerse laico.
Mejía puntualizó “si el Estado asume, por ejemplo, la religión católica o el cristianismo como una política de Estado, entonces obviamente genera unas condiciones negativas para aquellas familias que son ateas, para aquellas familias que son judías, para aquellas familias que puedan ser musulmanas o hindúes, etc.
Por tanto, “para permitir la lectura de la Biblia, se tendría que reformar la Constitución, aunque fue el pueblo hondureño quien decidió que la educación fuera laica. En ese sentido, si realmente tenemos un poder judicial independiente, se podría presentar cualquier recurso para revertir una decisión de este tipo, porque violaría abiertamente la Constitución de la República”.
Afirma que la formación religiosa corresponde al ámbito familiar y privado, donde cada persona puede decidir según sus convicciones. Defender la educación pública laica no es un ataque a la fe, sino una forma de proteger un espacio educativo justo y compartido. Insistir en imponer contenidos religiosos, desde el poder político termina desplazando las discusiones urgentes sobre cómo mejorar realmente la educación en Honduras.
Desde los ámbitos jurídico y educativo, esta propuesta ha generado fuertes cuestionamientos, porque es inconstitucional. El principal argumento es que el Estado no tiene la facultad de imponer prácticas religiosas a través de políticas públicas. La neutralidad religiosa no es una postura ideológica opcional, sino una obligación legal que existe precisamente para garantizar la convivencia pacífica en una sociedad diversa y plural.

La independencia entre Estado y educación implica que los contenidos curriculares, las actividades escolares y los métodos pedagógicos no pueden estar guiados por creencias religiosas. Este enfoque busca asegurar que las escuelas públicas sean espacios de formación plural, respetuosos de la diversidad y libres de imposiciones ideológicas.
Por esta razón, la legislación vigente no contempla la enseñanza de religión ni la participación obligatoria en actos confesionales dentro de las escuelas públicas. Cualquier práctica religiosa impuesta resulta incompatible con el marco legal que regula la educación en Honduras.
Al mismo tiempo, el ordenamiento jurídico sí reconoce el derecho de los padres y madres a orientar la educación religiosa y moral de sus hijos conforme a sus propias convicciones, sin embargo, este derecho se ejerce en el ámbito privado y familiar, no a través de la imposición desde el Estado.
En los centros educativos privados con afiliación religiosa, la participación en actividades confesionales puede ser obligatoria como parte de su proyecto educativo institucional. Esta condición es conocida de antemano y aceptada por las familias al momento de inscribir a sus hijos.





