Gremios profesionales no son transparentes con manejo de fondos públicos: IAIP

Por: Redacción CRITERIO

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Tegucigalpa. Pese a que la Ley de Acceso a la Información Pública obliga a todos los gremios profesionales a rendir cuentas sobre los recursos que reciben del erario público, estos no están cumpliendo con tal obligación.

De momento no existe ningún portal de transparencia por parte de los colegios profesionales u otro gremio organizado, aseguró a CRITERIO, el comisionado Gustavo Adolfo Manzanares.

El funcionario informó que por ahora la única agrupación con intención de cumplir la ley es el Colegio de Abogado de Honduras (CAH), a cuyos miembros se les ha comenzado a brindar jornadas de capacitación para que conozcan los parámetros de la rendición de cuentas.

La construcción del portal de Transparencia surgió a raíz de que un grupo de abogados presentara a finales de abril una solicitud ante el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), para que obligue al CAH a rendir cuentas.

La rendición de cuentas se fundamenta en el artículo tres de la Ley de Acceso a la Información Pública que estipula la obligatoriedad “para todas aquellas personas naturales o jurídicas que a cualquier título reciban o administren fondos públicos, cualquiera que sea su origen, sea nacional o extranjero o sea por sí misma o a nombre del Estado o donde éste haya sido garante, y todas aquellas organizaciones gremiales que reciban ingresos por la emisión de timbres, por la retención de bienes o que estén exentos del pago de impuestos”.

El incumplimiento de la ley es inobjetable, pese a su vigencia de ocho años, por lo que el Colegio de Abogados sería el primer gremio en cumplir con la ley y lo hará sobre los fondos que estos profesionales reciben por concepto de timbres.

El comisionado del IAIP, dijo que al igual que el CAH, se encuentra el Colegio Hondureño de Economistas (CHE), el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH) que por la venta de timbres reciben fondos públicos en cantidades muy importantes, las que no cuantificó.

En la lista de los beneficiados, también se encuentra el Colegio de Periodistas de Honduras (CPH) que recibe el cinco por ciento del total de la pauta publicitaria del gobierno, pero tampoco rinde cuentas e incluso esta organización presenta una página Web inaccesible.

El artículo 28 de la Ley de Acceso a la Información Pública establece que “sin perjuicio de la responsabilidad civil, las infracciones no constitutivas de delito, serán sancionadas con amonestación por escrito, suspensión, multa, cesantía o despido”.

Asimismo que las multas de entre medio salario hasta cincuenta (50) salarios mínimos mensuales, serán impuestos por IAIP, dependiendo de la gravedad de la infracción, debiendo ser enterados dichos valores en la Tesorería General de la República.

El artículo 29 señala que “cuando la infracción a esta Ley sea constitutiva de delito, será sancionada conforme a los establecido en los delitos contra la administración Pública del Código Penal”.

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