Extorsión se expande en Honduras bajo estado de excepción por más de dos años

 Tegucigalpa, Honduras.- La extorsión, en los últimos años, no solo ha afectado al comercio formal e informal, sino que sus tentáculos se han extendido hacia familias vulnerables, muchas de las cuales han sido desplazadas por el crimen organizado. Este flagelo se desarrolla en el contexto de más de dos años de estado de excepción parcial en Honduras, una medida que no ha logrado frenar la proliferación de este delito.

De acuerdo con el Comisionado Nacional de Derechos Humanos de Honduras, en 2023 atendió 258 quejas de desplazamiento forzado por extorsión.

La ineficacia del estado de excepción se refleja no solo en la versatilidad, libertad y el poderío con que actúan los extorsionadores, sino también en datos que Criterio.hn ha expuesto. Entre estos, destacan la reducción de denuncias debido a la desconfianza, las escasas capturas de extorsionadores y, como resultado, los pocos procesos judiciales que han culminado en condenas, a pesar de los anuncios de las autoridades sobre los avances de esta estrategia en la lucha contra el crimen organizado.

Por ejemplo, entre el 6 de diciembre de 2022, cuando se implementó el estado de excepción, y mayo de 2024, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, a través de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), capturaron a 35,271 personas. Este dato es promocionado por los cuerpos de seguridad. Sin embargo, de manera paradójica, solo el 1.4% (513) de esos arrestos están relacionados con extorsión, el delito que impulsó la declaración de este estado de excepción, pero que sigue sin ser mitigado de manera efectiva.

De acuerdo con investigaciones de este medio, 8 de cada 10 arrestados durante el estado de excepción fueron puestos en libertad, lo que ha seguido alimentando la impunidad. Esto pone en evidencia cómo el sistema de investigación y judicial de Honduras no ha logrado realizar una lucha eficaz contra la criminalidad organizada. El factor común detrás de la liberación de estos detenidos es la falta de pruebas contundentes que vinculen a los procesados con actos delictivos, evidenciando las deficiencias en los procesos de recolección de evidencias.

Este problema se agudiza por una particularidad: la suspensión de seis garantías constitucionales (69, 78, 81, 84, 93 y 99), que limitan la libre circulación y la inviolabilidad del domicilio. En términos sencillos, esto permite que las fuerzas de seguridad arresten y allanen viviendas basándose únicamente en sospechas de que las personas pertenecen a grupos criminales y han cometido delitos, lo que ha propiciado arrestos masivos sin justificación, muchos de los cuales no llegan a juicio debido a la falta de evidencia.

Además, la ampliación de los poderes de las fuerzas de seguridad ha puesto al descubierto cómo operan redes de criminalidad dentro de las propias instituciones. Un claro ejemplo de esto es que, en 2024, el Ministerio Público presentó 10 requerimientos fiscales contra policías y militares por cometer diversos delitos durante las capturas y allanamientos. Entre estos delitos se encuentran la falsificación de documentos, la implantación de pruebas, el abuso de autoridad, la tortura y la violación.

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«EL ESTADO DE EXCEPCIÓN OPERA AL MARGEN DE LA CONSTITUCIÓN Y SIN EFICACIA«

Nelson Castañeda, de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), destaca tres puntos clave respecto al estado de excepción. En primer lugar, afirma que “se ha manejado más como un modelo de seguridad que como una medida constitucional para resolver un problema grave de seguridad nacional”.

Nelson Castañeda mencionó que los resultados que presumen las autoridades son cotidianos, no son los esperados de un estado de excepción que se ha prolongado por más de dos años.

A pesar de su implementación, señala que la extorsión sigue afectando a más de 300,000 hogares, sin que se logren resultados tangibles en su combate. “La ampliación desmedida de esta medida es preocupante porque no ha dado los resultados esperados en materia de extorsión, que fue la razón de su aplicación”.

En segundo lugar, Castañeda pone de manifiesto el aumento de las denuncias por violaciones a derechos humanos. Según menciona, tanto el Conadeh como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas (OACNUDH) han mostrado preocupación por el uso excesivo de la fuerza y los abusos cometidos por las autoridades al implementar el estado de excepción.

“Se ha disparado la cantidad de quejas y denuncias por violaciones a derechos humanos. Abusos de poder, uso desmedido de la fuerza y mal manejo de esta medida por parte de las autoridades”, mencionó el abogado en pláticas con este medio de comunicación.

Además, resalta la ilegalidad en la aplicación de la medida. En sus palabras, “el Congreso Nacional no ha cumplido con su rol. Solo dos de las 17 ampliaciones se han hecho correctamente”. Esto demuestra un incumplimiento de los plazos constitucionales para la ratificación de la medida, lo que pone en duda su legitimidad. “El artículo 187 de la Constitución establece de manera clara cómo se aplica y ratifica esta medida, pero el Congreso Nacional no ha cumplido con su rol”.

Lo expuesto tiene sentido. El artículo 187 de la Constitución de la República de Honduras regula el estado de excepción. Este artículo establece que, en caso de guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia o cualquier otra calamidad general, o grave perturbación del orden público, el Poder Ejecutivo, con la aprobación del Consejo de Ministros, puede suspender garantías constitucionales en todo el territorio nacional o en parte del mismo.

Además, señala que la suspensión de garantías debe ser ratificada por el Congreso Nacional en un plazo máximo de 30 días. Si el Congreso no estuviera reunido, se deberá convocar inmediatamente para conocer y decidir sobre la medida. Las garantías que pueden ser suspendidas están explícitamente mencionadas en el artículo, como la inviolabilidad de la libertad personal, el derecho a la libre circulación, entre otras.

Castañeda también advierte que la medida podría ser usada con fines políticos en un año electoral. “El Ejecutivo pretende obviar la ratificación del Congreso, lo cual es preocupante en un año electoral con una sociedad convulsionada y altamente politizada”. Este riesgo, agrega, podría tener implicaciones para los derechos y garantías constitucionales de los ciudadanos, pues se podría utilizar el estado de excepción para perseguir a opositores, líderes políticos y periodistas.

En palabras sencillas, el oficialismo podría utilizar esta herramienta constitucional para ir en contras de políticos y militantes opositores, para así abrir brechas y, de igual forma, en caso de perder en las contiendas generales de noviembre de este año, también podría ser usado a su favor.

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