Por: Redacción CRITERIO.HN
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Tegucigalpa.- Edy Tábora, abogado defensor de Marianela y Jenifer Mejía Solórzano, integrantes de la Organización Fraternal Negra Hondureña (Ofraneh), denunció este domingo que en todos los casos relacionados con el tema de las tierras garífunas, el Ministerio Público, siempre está enfocado en beneficiar a las empresas.
Edy Tábora
Este día se celebró la audiencia en los juzgados de Trujillo, departamento de Colón, zona norte de Honduras, de las defensoras acusadas de usurpación, daños y amenazas contra la empresa Sociedad de Responsabilidad y Bienes Raíces (JUCA).
El juez de Letras Camilo Peralta dictó auto de formal procesamiento contra las dos imputadas y les dictó medidas sustitutivas.
Durante el juicio, el Ministerio Público dio a entender que el pueblo garífuna abandonó sus tierras ancestrales y que había provocado desplazamientos forzados de los miembros de la empresa “sobre tierras que original y ancestralmente le pertenecen” a esa comunidad, dijo Tábora.
A su juicio se trata de un enfoque arbitrario, racista y a favor de las empresas, sin antes hacer una investigación sobre el derecho que tiene el pueblo garífuna en sus tierras ancestrales.
“Creemos que hay un enfoque de criminalización totalmente racista, sobre todo de la Fiscalía”, denunció.
También mencionó que el caso no debería estarse dilucidando a través de la vía penal, ya que según el artículo 613 del nuevo Código Penal todos aquellos conflictos relacionados con las tierras indígenas y el acceso a la tierra de los grupos campesinos deben resolverse por la civil.
La normativa, a petición de organizaciones defensoras, se estableció para que se respete el derecho que tienen las comunidades haya o no haya título, “pero la diferencia es que, en este caso hay dos títulos que garantizan el derecho a la propiedad, uno de 1901 y otro del año 2005”. El juez, sin embargo, no aplicó ese artículo.
Para Tábora, no cabe duda de que hay alguien más que está reclamando esas tierras, aunque, como quedó establecido, hay títulos ancestrales y el derecho al uso de la tierra debe garantizarse al pueblo garífuna.
Por tanto, el juez debió aplicar el artículo 613, cerrar la audiencia y dictar un sobreseimiento definitivo, pero no lo hizo.
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